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Boletín N°. 4916 Piden sancionar a empresas y patrones que expongan la vida de sus trabajadores por falta de seguridad en minas

12-02-2018.- Con el propósito de castigar a concesionarios mineros o contratistas que arriesguen la salud y vida de los trabajadores por falta de seguridad y equipo de trabajo, la diputada María Victoria Mercado Sánchez (MC) impulsa una iniciativa para adicionar el artículo 58 de la Ley Minera.

En la iniciativa, publicada en la Gaceta Parlamentaria, refiere que en esos centros de trabajo pueden presentarse incendios, explosiones, derrumbes de túneles y accidentes que afectan a trabajadores y pobladores de comunidades cercanas a las minas. Incluso, donde la minería se desarrolló en el pasado, la gente sigue expuesta a riesgos por los desechos y sustancias químicas que permanecen en la tierra y el agua.

Debido a una “extrema deficiencia de las medidas de seguridad”, el Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros Metalúrgicos Siderúrgicos y Similares de la República Mexicana informó ante la Organización Internacional del Trabajo sobre la degradación de las condiciones de trabajo en las minas del país, indica el documento.

Refiere que el sector aporta el 4 por ciento del Producto Interno Bruto nacional. Además, México tiene el primer lugar mundial en producción de plata; figura entre los 10 principales productores de 16 diferentes minerales; es el primer destino en inversión en exploración minera en América Latina y el cuarto a nivel mundial, y es el quinto con mejor ambiente para hacer negocios mineros.

Sin embargo, subraya, presenta derrames químicos, humos tóxicos y radiación que dañan a los trabajadores y causan problemas de salud crónicos, así como reacciones alérgicas y accidentes que requieren atención inmediata.

Asimismo, continúa, los mineros sufren lesiones en brazos, piernas y espalda por levantar cosas pesadas y trabajar con malas posturas corporales; se lastiman sus sistemas nervioso y circulatorio por el uso de martillos neumáticos y maquinaria vibratoria, provocando la pérdida de sensaciones, infecciones y la muerte.

Los problemas de audición, e incluso sordera, son ocasionados por el ruido constante y alto de la maquinaria; las jornadas bajo la tierra con poca luz dañan la visión y las condiciones de mucho calor sin tomar suficiente agua provocan mareos, debilidad, latidos acelerados del corazón, extrema sed y desmayos.

Respecto al daño ambiental, además de usar excesivos recursos hídricos, la minería contamina el agua y la tierra, y ocasiona escasez de alimentos. El aire proveniente de las centrales eléctricas y las fundiciones construidas cerca de las minas ocasiona enfermedades graves.

La legisladora de MC asegura que los trabajadores mineros en otros países han mejorado su calidad de vida, seguridad y salud, con el apoyo de organizaciones, sindicatos y cooperativas para presionar a las compañías a que obedezcan las leyes, normas y reglamentos de seguridad, así como a sus gobiernos, para que las obliguen a cumplir.

Por ello, propone adicionar el artículo 58 a la Ley Minera –recorriendo los subsecuentes—para sancionar con multa de entre 100 y 10 mil días de salario mínimo, a los titulares de concesiones mineras o quienes lleven a cabo obras mediante contrato o al ingeniero legalmente autorizado, cuando se ponga en peligro la vida o integridad física de los trabajadores o los integrantes de la comunidad, o bien, no tomar las medidas procedentes para evitar un accidente.

Esa sanción también podrá aplicarse cuando el responsable no verifique el cumplimiento de las medidas para prevenir accidentes, o no notifique de inmediato al titular de la concesión de explotación o a quien lleve a cabo estos trabajos, las que no se hayan adoptado, al igual que si no le informa sobre las anomalías en las minas

Además, establece que se indemnizará al minero que por alguna de las razones anteriores sufra un accidente incapacitante que le impida seguir trabajando o fallezca.

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