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Boletín N°. 5003 Se armoniza Ley General de Desarrollo Social con el interés superior de la niñez

27- 02- 2018.- La Comisión de Desarrollo Social aprobó, con modificaciones, el dictamen a la minuta enviada por el Senado de la República, para incorporar en la Ley General de Desarrollo Social (LGDS) el interés superior de la niñez como un principio de la política social, a fin de armonizar el marco jurídico nacional.

 

Asimismo, para establecer expresamente dicho principio en atención a los compromisos suscritos por México en materia de derechos humanos de los menores de edad.

 

La instancia legislativa, presidida por el diputado Víctor Manuel Silva Tejeda (PRI), avaló por mayoría, adicionar la fracción XI al artículo tercero de la LGDS, para establecer que la política de desarrollo social se sujetará al interés superior de la niñez de conformidad a lo que precisan la Constitución Política, la Ley General de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes y los tratados internacionales aplicables de los que el Estado mexicano es parte.

 

Con este enfoque, se ofrecerá atención prioritaria a niñas, niños y adolescentes en situación de pobreza extrema u otra causa de vulnerabilidad, para recibir apoyos tendentes a disminuir su desventaja, en particular los infantes indígenas y los que trabajan y no asisten a la escuela.

 

Lo anterior es apremiante para México, porque los apoyos económicos o programas sociales no pueden ser vistos únicamente desde la óptica de los adultos, señala el documento.

 

La propuesta refiere que el informe de Unicef, realizado en colaboración con el Coneval señala que en 2014 en México, 21.2 millones de niñas, niños y adolescentes (53.8 por ciento) se encontraban en condición de pobreza y 4.7 millones (11.9 por ciento) en pobreza extrema.

 

Además, que en el sureste del país más del 60 por ciento de la niñez y adolescencia viven en condiciones de pobreza y 1.5 millones de niñas y niños menores de cinco años sufre desnutrición crónica.

 

El dictamen resalta que incluir estos principios en la Ley General de Desarrollo Social, es fundamental para llenar el vacío institucional prevaleciente en el país, para garantizar el pleno goce de los derechos de la infancia y, sobre todo, para las niñas, niños y adolescentes que viven en condiciones más vulnerables.

 

Es primordial establecer en la Ley General de Desarrollo Social que los programas dirigidos a los menores en pobreza extrema y en cualquier otra situación de vulnerabilidad, sean prioritarios, ya que de acuerdo con el Coneval, la pobreza extrema de los niñas, niños y adolescentes disminuyó de 14 a 11.5 por ciento, entre 2010 y 2014; sin embargo, su pobreza general aumentó, en el mismo periodo, de 53.7 a 53.9 por ciento.

 

Por otra parte, los integrantes de la instancia legislativa aprobaron por mayoría el Informe de Desempeño de septiembre a diciembre del 2017, y el Informe Financiero del segundo semestre del año anterior.

 

Avalaron la opinión al Cuarto Informe Trimestral 2017 sobre el presupuesto ejercido y el cumplimiento de metas y objetivos, con base en indicadores de desempeño previstos en las reglas de operación del Ramo 20 de Desarrollo Social, del Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF), y la cobertura de 16 programas.

 

Las conclusiones indican que del análisis al presupuesto modificado en ese periodo, respecto al monto autorizado, se observa una reducción de 6 mil 416 millones 912 mil 706 pesos, respecto al gasto original.

 

La disminución al presupuesto recayó en todos los programas, excepto en los de Fomento a la Economía Social, Abasto Social de Leche a cargo de Liconsa y Empleo Temporal. La mayor baja en términos absolutos se presentó en los programas: Prospera, Programa de Inclusión Social y Pensión para Adultos Mayores; en tanto, la disminución en términos relativos se registró en el Seguro de Vida para Jefas de Familia y Coinversión Social.

 

“Esta Comisión estima que el recorte presupuestal a los programas sociales no cumple con lo establecido en el artículo 20 de la Ley General de Desarrollo Social, toda vez que la reducción del PIB en términos reales fue de 0.3 por ciento al tercer trimestre, en tanto que la reducción real de los programas sociales fue de 9.2 por ciento; en ese sentido, se exhorta a la SHCP a que cumpla con lo establecido en la leyâ€, destaca el documento.

 

Del análisis al presupuesto calendarizado y ejercido se obtuvo el avance financiero de los 16 programas, los cuales muestran que en general se presenta un avance cercano a la meta de cien por ciento, excepto en Empleo Temporal y Comedores Comunitarios, que tienen un subejercicio de 24.1 y 14.1 por ciento, respectivamente.

 

La Comisión consideró que a fin de no afectar a los beneficiarios de los programas, la Secretaría de Desarrollo Social debe contemplar medidas que permitan subsanar los subejercicios mostrados, para mejorar eficiencia y eficacia.

 

Además, establecer desde el primer trimestre los indicadores que se tomarán en cuenta para todo el ejercicio fiscal, que deben corresponder con los objetivos y metas para resultados de los programas presupuestarios contenidos en el PEF para el ejercicio fiscal correspondiente.

 

Resalta que el Programa de Abasto Rural no cuenta con un Padrón de Beneficiarios, porque el apoyo es otorgado a la población abierta. La Comisión sugirió incluir la distribución de la población objetivo por entidad federativa, a fin de realizar un análisis de la cobertura.

 

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