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Boletín N°. 5620 Fortalecer programa de registro de proyectos de inversión pública federal, estatal y municipal

20-07-2018.- Con el fin de establecer un nuevo esquema de asignación de recursos presupuestales para inversión en entidades, municipios y alcaldías de la Ciudad de México, y permitir que su ejercicio se concrete en mejores condiciones de vida para la población, los diputados Alicia Barrientos Pantoja y Juan Romero Tenorio (Morena) plantearon reformas a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

 

La iniciativa presentada en la Comisión Permanente, propone también fortalecer el programa de registro de proyectos de inversión pública federal, estatal y municipal, con el objetivo de contar con un registro de las necesidades de inversión por sectores a nivel gobierno y en términos de prioridades.

 

Este registro, agrega el documento que se encuentra en la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, deberá aportar información que permita realizar una mejor planeación del uso de recursos en el área del petróleo, electricidad, agua, infraestructura carretera, portuaria, aeroportuaria y de riego.

 

“La idea es mejorar la información y los criterios de decisión en proyectos urbanos y desarrollo regional en estados, municipios y alcaldías, además de terminar con las prácticas de los últimos años, en donde los recursos se distribuyen en medio de una rebatinga por ver quién lleva más obras a sus estados y municipios, en un ejercicio que solo busca presencia e imagen política y no resolver problemasâ€.

 

La proyecto que agrega el inciso B al artículo 34 de la ley, plantea que para programar los recursos destinados a proyectos de inversión, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público organizará el Padrón Nacional de Proyectos de Inversión Estatal, Municipal y de las Alcaldías de la Ciudad de México.

 

Éste deberá ser un instrumento de información que permita planificar las inversiones que se realicen con respaldo de recursos federales y tendrá que contener el costo total y monto de recursos a ejercer cada año; sector y ramo administrativo correspondiente; dependencia, institución, persona física o moral responsable de desarrollarlo; ubicación de cada proyecto, situación e impacto social y económico, así como costo-beneficio.

 

También, el resultado del proyecto, eficacia de sus objetivos directos y evaluación respecto del impacto esperado; la vida útil previsible de las inversiones, señalando las necesidades de la población que serán atendidas con dicha inversión, así como el esquema de financiamiento, participación presupuestal, y en su caso, distribución de la participación entre público y privado; sector o ramo administrativo al que corresponde el proyecto de inversión, y opinión del área correspondiente.

 

De igual manera el documento señala datos como los criterios de prioridades, con información sobre población beneficiada, condiciones de vida, entorno, vinculación con otras inversiones, e importancia estatal o regional.

 

Se plantea que en el proceso de registro, la Secretaría de Hacienda contará con el apoyo de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública de la Cámara de Diputados; además, el registro definitivo en el Padrón es condición sin la cual no se les podrán asignar recursos presupuestales de carácter federal. Los proyectos que no tengan el registro definitivo antes del 30 de junio no se considerarán para el Presupuesto de Egresos de la Federación del año siguiente.

 

El documento publicado en la Gaceta Parlamentaria también modifica el artículo 109 para establecer que la información de la cartera de programas y proyectos de inversión de las dependencias, entidades federales y del Padrón Nacional de Proyectos de Inversión estatales, municipales y alcaldías de la Ciudad de México, así como la relativa a los análisis costo y beneficio, se pondrá a disposición del público en general a través de medios electrónicos, con excepción de aquélla que, por su naturaleza, la dependencia o entidad considere como reservada.

 

En todo caso, añade, se observarán las disposiciones contenidas en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

 

Asimismo, la Secretaría incorporará evaluaciones costo-beneficio en el corto y largo plazo, tomando en cuenta el impacto que tiene la falta o la insuficiencia de servicios o el uso de esquemas con participación privada, el costo social contra el costo financiero de atender esas necesidades.

 

Para sustentar la reforma, menciona que los demandantes de recursos presentan proyectos de manera aislada, sin considerar la integralidad de su problemática, y acompañan sus proyectos con una estimación del impacto socioeconómico, que fundamentalmente explica que la obra va a proporcionar beneficios a un grupo de la población, pero los eventuales beneficios de estos proyectos no trascienden el corto plazo, además no explican si forma parte de un programa progresivo de desarrollo integral.

 

En esas circunstancias, agrega, hay casos en que la solicitud de recursos no considera la necesidad de construir primero el drenaje y sus conexiones, así como la red de agua potable y otros servicios que requieran estar instalados antes de poner banquetas, el tendido del asfalto o el concreto hidráulico. En consecuencia, muchas veces las inversiones no alcanzan a cumplir sus objetivos cabalmente.

 

Observa que el esquema de administrar el presupuesto para inversión no garantiza el mejor uso de los recursos. “Con ese esquema siempre quedaba la posibilidad de condicionar la asignación de recursos a la obtención de votos de legisladores a favor de iniciativas del Ejecutivoâ€.

 

Por ello, la propuesta de reforma a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria contribuirá a elevar la competitividad de la economía nacional; permitirá una mejor relación de los gobiernos con ciudadanos y empresarios del sector social y privado, como usuarios, contratistas o proveedores e incluso consultores para respaldar y ofertar transparentemente servicios de diseño de proyectos.

 

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