- Las devuelve al Senado de la República para sus efectos constitucionales
12-12-2019.- La Cámara de Diputados aprobó, en lo general y particular, el proyecto de decreto que reforma la denominación del Título Quinto y se adiciona un Capítulo V al Título Quinto de la Ley de Instituciones de Crédito, en materia de bloqueo de cuentas bancarias relacionadas con recursos de procedencia ilícita. El documento, devuelto al Senado de la República para los efectos de la fracción e) del artículo 72 constitucional, fue aprobado en lo particular, por 353 votos a favor, 101 en contra y seis abstenciones. La Presidenta de la Mesa Directiva, diputada Laura Angélica Rojas Hernández, precisó que esta votación no se había tenido, por lo que únicamente “será sobre los artículos reservados en términos del dictamen y con la modificación aceptada por la Asamblea, el pasado 6 de noviembre”. Con este trámite se aceptó la reserva de la diputada Lidia García Anaya (Morena) al artículo 116 Bis 2, párrafo segundo, fracciones I y III, para que la Unidad de Inteligencia Financiera de la Secretaría de Hacienda, junto con la institución bancaria, notifiquen por escrito a las personas que han sido incluidas en la lista de cuentas bloqueadas. También, la diputada propuso eliminar la fracción III del artículo 116 Bis 2, referente a la promoción de la extinción de dominio de los recursos bloqueados, en términos de la Ley Reglamentaria del Artículo 22 Constitucional. Es necesario precisar que ayer miércoles 11 de diciembre se aprobó un acuerdo emitido por los Órganos de Gobierno de la Cámara de Diputados, con el objetivo de concluir la votación en lo particular del dictamen de la Comisión de Hacienda y Crédito Público con proyecto de decreto que reforma la Ley de Instituciones de Crédito, suspendida en la sesión ordinaria del pasado 6 de noviembre. El acuerdo relata que la discusión de este dictamen quedó pendiente, toda vez que existió un disenso entre los grupos parlamentarios respecto del procesamiento de esta última etapa de la votación del dictamen. Entre lo que la Cámara de Diputados aprobó está lo relativo a establecer las adecuaciones legales que incrementan las capacidades de las instituciones encargadas de los delitos de financiamiento al terrorismo y operaciones con recursos de procedencia ilícita, para lo cual adiciona un Capítulo denominado -De la garantía de audiencia de las personas incluidas en la lista de personas bloqueadas- artículo 116 Bis 2. Para ello, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público podrá incluir a una persona a la lista de personas bloqueadas cuando tenga indicios suficientes de que está relacionada con delitos de financiamiento al terrorismo, operaciones con recursos de procedencia ilícita o los asociados a los delitos señalados. Desde su curul, la diputada García Anaya externó su beneplácito por haber respetado la votación de la sesión del día 6 de noviembre de este año y, sobre todo, por la congruencia de la Junta de Coordinación Política y de la Mesa Directiva a la legalidad, a la transparencia y a respetar el Reglamento de la Cámara de Diputados. “Estas reservas son en favor de los ciudadanos, de los empresarios, de los migrantes y si hay algún ilícito en las cuentas bloqueadas, es facultad de la Fiscalía General de la República perseguir el delito, porque solamente corresponde al Ministerio Público su seguimiento y su sanción”, añadió. --ooOoo-- |