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Boletín N°. 1144 Aprueba Comisión de Justicia prohibir el matrimonio infantil y elimina dispensas
  • Se declara en sesión permanente para analizar reformas sobre desplazamiento interno

 

27-02-2019.- La Comisión de Justicia aprobó el dictamen que prohíbe el matrimonio infantil y elimina las dispensas para reducir la edad de contraerlo, toda vez que la Organización de las Naciones Unidas (ONU) alertó que estas uniones son las principales causas de violencia y discriminación institucionalizada a niñas, niños y adolescentes.

 

Además, ha manifestado que se reducen las oportunidades y el término de los estudios escolares, obstaculiza la interacción social con personas de su misma edad, pone en riesgo su salud reproductiva, promueve la desigualdad y potencia la vulnerabilidad económica.

 

El documento que reforma diversas disposiciones del Código Civil Federal y el artículo 45 de la Ley General de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, establece que para contraer matrimonio se debe haber cumplido 18 años y no se podrán otorgar dispensas que reduzcan la edad mínima.

 

Para ello, se derogan los artículos 149, 150, 151, 152, 153, 154 y 155 del Código Civil Federal, relativos a las dispensas, en las que se encuentran el consentimiento de los padres o de los tutores y el permiso de las autoridades y de los tribunales superiores, entre otras.

 

La presidenta de la instancia legislativa, diputada María del Pilar Ortega Martínez (PAN), calificó esta reforma como importante, ya que prohíbe el matrimonio infantil, pues “hoy aunque está previsto que para llevar a cabo estas uniones se requiere la mayoría de edad, sí se establecen dispensas, a partir del otorgamiento del permiso de los padres”.

 

Mencionó que esto responde a una exigencia dentro del marco de derechos humanos y recomendaciones de organizaciones internacionales. “Hoy se atiende una obligación del Estado mexicano que había quedado inconclusa y que no se había podido atender”.

 

A su vez, las diputadas Mariana Rodríguez Mier y Terán (PRI), Lorena Villavicencio Ayala (Morena) y María del Rosario Guzmán Avilés (PAN) se congratularon con esta reforma cuya finalidad es proteger los derechos de los menores.

 

Villavicencio Ayala indicó que en ocasiones los menores se convierten en moneda de cambio y eso no se puede permitir. “Es un gran mensaje para el país, no solamente para las zonas urbanas sino también para los lugares marginados en donde los infantes son afectados con este tipo de decisiones y muchas veces motivados por los padres”.

 

Guzmán Avilés expuso que estas reformas van a repercutir en la vida de muchos jóvenes que por los usos y costumbres terminan dentro de un matrimonio, el cual les obstaculiza su vida y el progreso, e incluso, les perjudica la salud.

 

Una de las promoventes, diputada Laura Martínez González (Morena) señaló que es importante que las niñas y niños no se casen a temprana edad, pues se violan instrumentos internacionales. “No podemos aceptar que en el país se siga permitiendo, por usos y costumbres en algunos estados, el matrimonio infantil. Lo tenemos que erradicar”.

 

Indicó que el matrimonio infantil es una grave violación a los derechos humanos de la infancia; sin embargo, dijo, en México ésta práctica no está penada en algunas entidades federativas, a pesar de que se afectan gravemente los derechos humanos, la salud, la vida y la integridad de los menores.

 

Otra proponente, diputada Carolina García Aguilar (PES) expuso que se trata de establecer un obstáculo que evite estos matrimonios y se elimine la posibilidad de las dispensas que permiten a personas menores de 18 años consumarlo.

 

Subrayó que el Inegi reportó en el año 2015, que las principales afectadas por matrimonios infantiles son las niñas y mujeres adolescentes. Además, estas uniones son una causa que obstaculiza la igualdad sustantiva en temas de género, educación, sexualidad, libertad, trabajo y salud, entre otros.

 

Desplazamiento interno

 

 

Asimismo, la Comisión acordó declararse en sesión permanente, con la finalidad de analizar reformas al Código Penal Federal, en materia de desplazamiento interno.

 

Ortega Martínez señaló que el próximo miércoles 6 de marzo habrá un encuentro de parlamento abierto, con la finalidad de analizar este tema con la sociedad civil y organizaciones de derechos humanos, y para el miércoles 13 de marzo, estar en posibilidad de votar el dictamen.

 

Expuso que es un tema que se tiene que atender, así como establecer un delito que castigue esas conductas que van en aumento en algunas regiones del país, y “donde se obliga a comunidades enteras a moverse de sus lugares de origen y con esto generar esta violencia y atentado contra los seres humanos”.

 

Conforme al predictamen dado a conocer en la reunión por el diputado Rubén Cayetano García (Morena), se busca tipificar el ilícito de desplazamiento forzado de personas y aplicar prisión de 6 a 12 años y multa de 300 a 600 Unidades de Medida y Actualización (UMA) a quien incurra en este delito.

 

Se entenderá como el mismo, la expulsión de actos violentos, coacción, amenazas, interrupción de servicios públicos o de suministros que se realicen en contra de los habitantes que estén legítimamente presentes o posesionados en cualquier zona del territorio nacional y que pongan en peligro su integridad personal o de su familia.

 

Diversos dictámenes

 

De igual modo, la Comisión aprobó el dictamen que adiciona el artículo 35 Bis a la Ley Nacional de Ejecución Penal, con la finalidad de que los centros penitenciarios cuenten con un registro de personas de más de 60 años, el cual provea información específica sobre sus condiciones de salud, necesidades de alimentación, apoyos y ubicación.

 

Lo anterior, a efecto de que la autoridad implemente las políticas públicas que garanticen el pleno respeto a sus derechos humanos en condiciones de igualdad, con respecto al resto de la población en internamiento.

 

También, acordó reformar y adicionar el artículo 155 de la Ley General de Víctimas, para garantizar la reparación integral y efectiva del daño, al reducir el plazo de 180 días naturales a 120 días hábiles, contados a partir de la resolución de la Comisión Ejecutiva, y que está sea más expedita.

 

La Comisión de Justicia aprobó reformas a los artículos 62 y 63 del Código Civil Federal, con la intención de eliminar expresiones que se mantienen como: adulterinos, y así erradicar diversas formas de discriminación.

 

De igual forma, avaló reformas al artículo 203 del Código Penal Federal, para homologar las penas a los tipos penales de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia, en materia de delitos sobre turismo sexual, ya que se argumenta que al haber dualidad en las penas, hay peligro de que el infractor invoque una penalidad menor.

 

Asimismo, reformó el artículo 79 del Código Federal de Procedimientos Civiles, relativo al derecho adjetivo y que el juzgador recabe de oficio las pruebas necesarias, que tiendan a conocer con certeza los elementos suficientes para garantizar el principio del interés superior de la niñez.

 

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