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Boletín N°. 1225 Buscan prohibir que empleados de instituciones de crédito utilicen dispositivos de comunicación
  • Investigaciones comprueban que éstos están coludidos con los delincuentes: Salvatori Bojalil

 

10-03-2019.- La Comisión de Hacienda y Crédito Público analiza reformas al artículo 16 de la Ley de Instituciones de Crédito, con la finalidad de prohibir el uso de cualquier dispositivo de comunicación a los empleados que atiendan a usuarios en ventanillas de sucursales de las instituciones de crédito.

 

En una iniciativa, la diputada Nayeli Salvatori Bojalil (PES) expresó que la reforma busca que, “aquellos individuos que no se manejan con honestidad e informan a los delincuentes sobre las posibles víctimas de sus fechorías, no puedan hacerlo de manera tan sencilla y protejamos así a los usuarios”.

 

Planteó que las instituciones de crédito, en coordinación con la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, y la Procuraduría Federal del Consumidor, establezcan medidas de seguridad y que estas no sean inferiores a las aplicables en sus países de origen.

 

Salvatori Bojalil relató que diversas investigaciones comprueban que empleados de estas instituciones, están coludidos con los delincuentes, “incluso se ha sabido de casos en donde hasta tarifa les piden”.

 

La dinámica de esta colusión, dijo, “consiste que en cuanto el cuentahabiente sale del banco o el cajero, el que está en la ventanilla notifica al delincuente cuánto fue lo que se retiró. Por eso el delincuente sabe exactamente cuánto quitarle a la persona porque ya le dijeron”.

 

Tan sólo en el primer semestre de 2018, se cometieron 145 asaltos a cuentahabientes en la Ciudad de México, pero “si consideramos que este tipo de delitos no sólo se circunscribe a la capital del país, sino que es recurrente en todos los estados de la república, la incidencia claramente sería mayor”.

 

La diputada del PES expuso que el robo que sufren los cuentahabientes después de realizar operaciones en las sucursales de las instituciones crediticias es un problema que aqueja a las y los ciudadanos del país.

 

Mencionó que el marco jurídico que rige a las instituciones bancarias, específicamente la Ley de Instituciones de Crédito, en su artículo 96 señala la obligación de contar con las medidas y dispositivos básicos necesarios que garanticen la seguridad de las instituciones y de sus usuarios, sin que se enliste de manera especifica cuáles deben de ser, por lo que se hace necesario reformarlo para contribuir a este objetivo.

 

Además, diversos funcionarios de instituciones bancarias han externado su preocupación sobre la última encuesta del Instituto Nacional de Estadística y Geografía que señala que la apreciación de riesgo a los establecimientos y sucursales estaba en el cuarto lugar. También, han precisado que los bancos generalmente resultan apetitosos para los delincuentes.

 

Nayeli Salvatori agregó que expertos en seguridad bancaria mencionan que en la banca tradicional actual, todavía se deben incorporar dispositivos como los dispensadores recicladores que en Europa ya se trabaja con ellos y que en Latinoamérica todavía no son comunes, por lo que la inclusión de nuevas tecnologías y formas de trabajo aportará un alto nivel de seguridad en las sucursales.

 

Hizo votos por actualizar el Reglamento de Seguridad y Protección Bancaria que data desde abril de 1987, pues el mismo regula las actividades de seguridad y protección de las instituciones de crédito y de la entidad de la administración pública federal especializada en seguridad y protección bancaria.

 

Por ello, se pronunció por contener en la medida de lo posible que se siga cometiendo este tipo de robos, a través de la prohibición del uso de cualquier dispositivo de comunicación a los empleados bancarios que atienden al público en ventanillas.

 

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