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Bolet铆n N°. 2697 Aprueban diputados reformas constitucionales en materia de consulta popular y revocaci贸n de mandato
  • El dictamen se envi贸 a las legislaturas locales para continuar su tr谩mite constitucional

 

05-11-2019.- La C谩mara de Diputados aprob贸 la minuta que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constituci贸n Pol铆tica, en materia de consulta popular y revocaci贸n de mandato.

 

El dictamen, enviado las legislaturas de los estados para sus efectos constituciones, se aval贸 en lo general con 372 votos a favor y 75 en contra.

 

En lo particular se reservaron los art铆culos 35, fracci贸n VIII, numerales II y III y el 84, as铆 como una propuesta de adici贸n de un art铆culo Transitorio, los cuales se ratificaron en t茅rminos del dictamen con 356 votos en pro y 84 en contra.

 

El documento se帽ala que las consultas populares podr谩n ser sobre temas de trascendencia nacional y regional. Se establece que se realizar谩n el primer domingo de agosto.

 

Para temas nacionales tendr谩n que ser respaldadas por al menos dos por ciento de los inscritos en la lista nominal de electores.

 

Las consultas de trascendencia regional competencia de la Federaci贸n, tendr谩n que impulsarse por los ciudadanos de una o m谩s entidades federativas, en un n煤mero equivalente, al menos, al dos por ciento de los inscritos en la lista nominal de electores de la entidad o entidades federativas que correspondan.

 

Indica que no podr谩 ser objeto de consulta popular la permanencia o continuidad en el cargo de los servidores p煤blicos de elecci贸n popular, el sistema financiero, ingresos, gastos y el Presupuesto de Egresos de la Federaci贸n, ni las obras de infraestructura en ejecuci贸n.

 

Tambi茅n se establece que el INE promover谩 la participaci贸n de los ciudadanos en las consultas populares y ser谩 la 煤nica instancia a cargo de su difusi贸n.

 

La promoci贸n deber谩 ser imparcial y de ninguna manera estar谩 dirigida a influir en las preferencias de la ciudadan铆a, sino a promover la discusi贸n informada y la reflexi贸n.

 

Asimismo, ninguna otra persona f铆sica o moral, sea a t铆tulo propio o por cuenta de terceros, podr谩 contratar propaganda en la radio y la televisi贸n dirigida a incidir en la opini贸n de los ciudadanos sobre las consultas populares.

 

Refiere que durante el tiempo que comprende el proceso de consulta popular, desde la convocatoria y hasta la conclusi贸n de la jornada, deber谩 suspenderse la difusi贸n en los medios de comunicaci贸n de toda propaganda gubernamental de cualquier orden de gobierno, salvo aquellas que tengan como fin difundir informaci贸n de las autoridades electorales, las relativas a los servicios educativos y de salud, o las necesarias para la protecci贸n civil, en caso de emergencia.

 

En lo que se refiere a la revocaci贸n de mandato del Presidente de la Rep煤blica, se llevar谩 a cabo conforme a lo siguiente: ser谩 convocado por el INE a petici贸n de la ciudadan铆a, en n煤mero equivalente, al menos, al tres por ciento de los inscritos en la lista nominal de electores, siempre y cuando en la solicitud correspondan a por lo menos diecisiete entidades federativas y que representen, como m铆nimo, el tres por ciento de la lista nominal de electores de cada una de ellas.

 

Adem谩s, el INE, dentro de los siguientes treinta d铆as a que se reciba la solicitud, verificar谩 el requisito establecido y emitir谩 inmediatamente la convocatoria al proceso para la revocaci贸n de mandato.

 

Se podr谩 solicitar en una sola ocasi贸n y durante los tres meses posteriores a la conclusi贸n del tercer periodo constitucional. Los ciudadanos podr谩n recabar firmas para la solicitud de revocaci贸n durante el mes previo a la fecha se帽alada, los formatos y medios para la recopilaci贸n de firmas, as铆 como los lineamientos para las actividades relacionadas.

 

Dicha consulta se realizar谩 mediante votaci贸n libre, directa y secreta de ciudadanas y ciudadanos inscritos en la lista nominal, el domingo siguiente a los noventa d铆as posteriores a la convocatoria y en fecha no coincidente con las jornadas electorales, federal o locales.

 

Para que el proceso de revocaci贸n de mandato sea v谩lido deber谩 haber participaci贸n de, por lo menos, el cuarenta por ciento de las personas inscritas en la lista nominal de electores. La revocaci贸n s贸lo proceder谩 por mayor铆a absoluta.

 

Igualmente, el INE tendr谩 a su cargo, en forma directa, la organizaci贸n, desarrollo y c贸mputo de la votaci贸n. Emitir谩 los resultados de los procesos de revocaci贸n de mandato del titular del Poder Ejecutivo federal, los cuales podr谩n ser impugnados ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federaci贸n (TEPJF).

 

La Sala Superior del TEPJF realizar谩 el c贸mputo final del proceso de revocaci贸n, una vez resueltas las impugnaciones que se hubieren interpuesto. En su caso, emitir铆a la declaratoria de revocaci贸n.

 

Se proh铆be el uso de recursos p煤blicos en la recolecci贸n de firmas, as铆 como los fines de promoci贸n y propaganda relacionados con los procesos de revocaci贸n de mandato.

 

Refiere que el INE y los organismos p煤blicos locales, seg煤n corresponda, promover谩n la participaci贸n ciudadana y ser谩n la 煤nica instancia a cargo de la difusi贸n. La promoci贸n ser谩 objetiva, imparcial y con fines informativos.

 

En caso de haberse revocado el mandado del Presidente de la Rep煤blica, asumir谩 provisionalmente la titularidad del Poder Ejecutivo quien ocupe la Presidencia del Congreso; dentro de los treinta d铆as siguientes, el Congreso nombrar谩 a quien concluir谩 el periodo constitucional.

 

Se indica que el mandato de los gobernadores de los estados podr谩 ser revocado. Las constituciones locales establecer谩n las normas relativas a los procesos de revocaci贸n de mandato del gobernador.

 

Tambi茅n ser谩 sujeto de la revocaci贸n de mandato el jefe de Gobierno de la Ciudad de M茅xico. La Constituci贸n de esta entidad establecer谩 las reglas para ese proceso.

 

En los art铆culos transitorios, el dictamen se帽ala que en el caso de solicitarse el proceso de revocaci贸n de mandato del Presidente de la Rep煤blica para el periodo constitucional 2018-2024, la solicitud de firmas comenzar谩 durante el mes de noviembre y hasta el 15 de diciembre de 2021. La petici贸n correspondiente tendr谩 que presentarse dentro de los primeros quince d铆as de diciembre del mismo a帽o.

 

Al fundamentar el dictamen, la diputada Miroslava Carrillo Mart铆nez (Morena) subray贸 que el prop贸sito es fortalecer los mecanismos de participaci贸n ciudadana en nuestro pa铆s, por medio de la consulta popular y la revocaci贸n de mandato. 鈥淪on dos conceptos que permiten un mejor ejercicio del poder pol铆tico y dar certidumbre a los juicios sobre el destino de las instituciones del Estado mexicano鈥.

 

Dijo que la consulta popular otorga a los ciudadanos el derecho constitucional de votar y opinar en cualquier tema de trascendencia, mientras que la revocaci贸n de mandato da la posibilidad de remover anticipadamente a los representantes.

 

Explic贸 que las consultas populares en temas de trascendencia nacional y regional ser谩n competencia de la federaci贸n y podr谩n ser solicitadas por los y las ciudadanas de una o m谩s entidades federativas de un n煤mero equivalente al menos al dos por ciento de los inscritos en la lista nominal de electores.

 

Mencion贸 que las consultas populares no podr谩n versar sobre el aumento o disminuci贸n del periodo para el que fueron elegidos en el cargo, pues las clases pol铆ticas gobernantes son transitorias y deben cumplir exclusivamente con su periodo constitucional.

 

Adem谩s, destac贸 que el Instituto Nacional Electoral (INE) ser谩 la autoridad encargada de vigilar el cumplimiento, acreditaci贸n y verificaci贸n de la consulta popular, por lo que se le otorga la garant铆a de difusi贸n para que se presente la intenci贸n del mecanismo de consulta ante la ciudadan铆a.

 

Finalmente, apunt贸 que el dictamen significa dar un paso en el desarrollo de figuras democr谩ticas que, sin duda, incidir谩n en la construcci贸n de un modelo representativo m谩s robusto, donde el poder del pueblo s贸lo se instituya en su beneficio y se avance en el proyecto que asegure un Estado democr谩tico, social, cultural y constitucional de derecho.

 

Posicionamientos de los grupos parlamentarios

 

La diputada Guadalupe Almaguer Pardo (PRD) estim贸 que el dictamen muestra una l铆nea democr谩tica que favorecer谩 a la participaci贸n de la ciudadan铆a en la construcci贸n de un Estado m谩s justo. Destac贸 que la minuta enviada por el Senado establece que se podr谩n consultar temas de trascendencia regional y no 煤nicamente los de inter茅s nacional.

 

Marco Antonio G贸mez Alcantar, diputado del PVEM, reconoci贸 el contenido del dictamen porque, estim贸, las consultas populares que ser谩n organizadas por el INE contribuir谩n a fortalecer la democracia y son una herramienta de gobernabilidad que hasta 鈥渉oy hab铆a sido letra muerta en M茅xico鈥.

 

Edgar Guzm谩n Valdez (PES) destac贸 la incorporaci贸n del novedoso instrumento de la revocaci贸n de mandato en el derecho mexicano, porque permitir谩 que un determinado n煤mero de ciudadanos pueda solicitar que se convoque al electorado a fin de que se decida si el Presidente o los ejecutivos locales deben ser removidos de su cargo antes de que concluya el periodo para el cual fueron elegidos.

 

Adriana Gabriela Medina Ortiz (MC) refiri贸 que la revocaci贸n de mandato permitir谩 que la ciudadan铆a retire su confianza al gobernante ante una crisis extrema de legitimidad pol铆tica. La consulta popular, dijo, es una herramienta de corresponsabilidad en las decisiones p煤blicas que permite ampliar y fortalecer los espacios de interacci贸n entre la ciudadan铆a y sus representantes.

 

El diputado Silvano Garay Ulloa (PT) mencion贸 que ahora por la v铆a pac铆fica se podr谩n hacer cambios. 鈥淏asta nada m谩s con poner un voto en una urna y se puede cambiar a un mandatario en este pa铆s鈥. Dijo que se buscar谩 que la revocaci贸n tambi茅n sea en el 谩mbito municipal.

 

Del PRI, la diputada Dulce Mar铆a Sauri Riancho reconoci贸 que s贸lo la ciudadan铆a puede activar el mecanismo constitucional para revocar el mandato del Presidente de la Rep煤blica, as铆, no ser谩 ni el Ejecutivo, ni tampoco las c谩maras del Congreso de la Uni贸n quienes podr铆an solicitar ese proceso.

 

Jos茅 El铆as Lixa Abimerhi, diputado del PAN, manifest贸 que la revocaci贸n vulnera las condiciones del art铆culo 35 constitucional, porque 鈥渓os electores que votaron por L贸pez Obrador, pero tambi茅n los que no, votamos por un presidente de seis a帽os, y nos guste o no, Andr茅s Manuel L贸pez Obrador result贸 electo para seis a帽os, no se pueden modificar las cl谩usulas electorales una vez pasando la elecci贸n鈥.

 

El diputado Luis Fernando Salazar Fern谩ndez (Morena) afirm贸 que avalar el dictamen har谩 realidad tanto el ejercicio participativo del gobierno de la Rep煤blica, como la posibilidad de la ciudadan铆a para ejercer la revocaci贸n de mandato del Presidente cuando se est茅 inconforme con su gesti贸n. Adem谩s, la consulta popular es una herramienta de la democracia directa que empodera a las y los ciudadanos.

 

Discusi贸n a favor y en contra

 

Al hablar a favor, la diputada Soraya P茅rez Mungu铆a (PRI) expres贸 que es importante reforzar la democracia representativa, la rendici贸n de cuentas y fortalecer la participaci贸n ciudadana. 鈥淓so es la nueva facultad que se le otorgar谩 a todos los mexicanos a trav茅s de esta reforma. Hacemos votos para que esta herramienta sea utilizada con enorme responsabilidad y 煤nicamente para beneficio de M茅xico y de los ciudadanos鈥.

 

Ricardo Villarreal Garc铆a, diputado del PAN, mencion贸 que la reforma representa un gran enga帽o para la sociedad, porque las reglas que se imponen son virtualmente imposibles de cumplir. 鈥淣osotros estamos a favor de darle poder a los ciudadanos, pero de verdad. En el pa铆s nunca habr谩 revocaci贸n; se necesita que sea obligatoria y en el tercer a帽o de gobierno鈥.

 

El diputado Javier Ariel Hidalgo Ponce (Morena) se帽al贸 que las consultas populares y la revocaci贸n representan el gran cambio democr谩tico que M茅xico necesita y significan darle poder a la gente, instaurar la democracia participativa y un nuevo r茅gimen pol铆tico. No obstante, dijo, las reformas de la oposici贸n en el Senado de la Rep煤blica abren la puerta a una lluvia de controversias que har铆an inviable la revocaci贸n de mandato. 鈥淰otar茅 en lo general a favor, pero en lo particular tengo reservas, porque no cumple el esp铆ritu democr谩tico que ambicionan los mexicanos鈥.

 

Del PAN, el diputado Marcos Aguilar Vega dijo estar a favor de la figura de revocaci贸n de mandato y consulta popular. Pero 鈥渆n t茅rminos completamente distintos a los que en este d铆a nos encontramos debatiendo. Apoyar铆amos esta medida si se aplicara para un pr贸ximo mandato, para que fuera imparcial y legislar con un prop贸sito general y an贸nimo. Pero est谩 hecha al servicio de su partido y de su gobernante, solo para su conveniencia鈥.

 

La diputada Mary Carmen Bernal Mart铆nez (PT) argument贸 que con la inclusi贸n de la revocaci贸n de mandato en la Carta Magna se sientan las bases para la construcci贸n de una verdadera democracia participativa. 鈥淪e cumple con una de las exigencias de la sociedad al involucrarla activamente de la manera en que se gobierna; con ello se pretende lograr un medio eficaz para que los representantes populares cumplan adecuadamente con sus funciones y, sobre todo, con sus promesas. La revocaci贸n de mandato no es una vendetta pol铆tica鈥.

 

Jorge Luis Preciado Rodr铆guez, diputado del PAN, puntualiz贸 que la revocaci贸n de mandato tiene dos problemas: es absolutamente inaplicable porque se tienen que reunir dos millones 700 mil firmas y despu茅s lograr que participen 36 millones de mexicanos, independiente del sentido del voto. 鈥淓stamos modificando la Constituci贸n para que no pase absolutamente nada, y creo que si se viene aqu铆 a decir que se le est谩 dando al pueblo de M茅xico una herramienta democr谩tica, no hay nada m谩s alejado de ello鈥.

 

Por Morena, la diputada Mar铆a de los 脕ngeles Huerta del R铆o destac贸 que se ampl铆an las posibilidades de que el pueblo decida, a trav茅s de la consulta popular y la revocaci贸n del mandato. 鈥淣adie va a impedir, de ninguna manera, llevemos a cabo la transformaci贸n profunda de este pa铆s. Con este dictamen renace una muy firme voluntad de escuchar y consultar al pueblo, y eso es exactamente lo que estamos hoy transformando鈥.

 

Enrique Ochoa Reza, diputado del PRI, dijo estar a favor de esta minuta, pero en contra del mecanismo para sustituir al Presidente de la Rep煤blica en caso de que, por revocaci贸n de mandato, se pierda la presidencia. 鈥淓so pondr铆a al pa铆s en un riesgo institucional innecesario. No favorezco que el presidente de M茅xico, que ha sido electo popularmente por seis a帽os, pueda perder la presidencia en un mecanismo de esta naturaleza鈥.

 

La diputada de MC, Julieta Mac铆as R谩bago, mencion贸 que se otorga a la ciudadan铆a el poder de decidir la continuidad o la destituci贸n de sus gobernantes. Adem谩s, la reforma fortalece la figura de consulta popular que se hab铆a visto amenazada por pr谩cticas recientes. 鈥淟os derechos humanos no podr谩n ser sujetos a consulta popular鈥, aclar贸.

 

V铆ctor Adolfo Mojica Wences, diputado de Morena, se帽al贸 que al gobierno federal no le hace falta legitimidad; sin embargo, respeta el derecho de los ciudadanos a opinar sobre decisiones importantes. 鈥淓sto debe ser un derecho constitucional; el problema no debe ser la consulta, sino el no preguntarle al pueblo鈥.

 

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