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Bolet铆n N°. 2756 Aprueba la C谩mara de Diputados, en lo general, el Presupuesto de Egresos de la Federaci贸n 2020
  • Prev茅 un gasto total neto de seis billones 107 mil 732.4 millones de pesos

 

21-11-2019.- La C谩mara de Diputados aprob贸 esta noche, en lo general, el dictamen de Presupuesto de Egresos de la Federaci贸n (PEF) para el Ejercicio Fiscal 2020, que prev茅 un gasto total neto por la cantidad de seis billones 107 mil 732.4 millones de pesos.

 

El documento fue avalado con 321 votos a favor y 78 en contra.

 

Se establece que las prioridades del gasto se dirijan hacia programas sociales, a fin de brindar atenci贸n a las desigualdades econ贸micas, sociales y regionales que persisten en el pa铆s.

 

Asimismo, se espera que el gasto en inversi贸n sea detonante del crecimiento econ贸mico.

 

Y se privilegia el gasto en seguridad, bienestar social y sector energ茅tico para lograr la reactivaci贸n en rubros como la infraestructura de Petr贸leos Mexicanos.

 

Se plantea como contexto un entorno internacional complejo, con desaceleraci贸n econ贸mica, precios de energ茅ticos a la baja e intensificaci贸n de conflictos geopol铆ticos y tensiones comerciales, en el que se busca reducir el impacto de los factores externos en la econom铆a nacional.

 

El objetivo es impulsar el crecimiento sostenido y preservar la estabilidad macroecon贸mica en un marco de finanzas p煤blicas sanas.

 

Asimismo, el proyecto de gasto para el 2020 busca potenciar la inversi贸n productiva sobre el gasto administrativo, manteniendo la austeridad, transparencia, eficacia y eficiencia en el ejercicio del gasto p煤blico.

 

El dictamen destaca, tambi茅n, que importantes recursos se destinar谩n al rescate del sector energ茅tico, a fin de revertir el deterioro de Pemex y de la Comisi贸n Federal de Electricidad (CFE), con incrementos reales de 8.8 por ciento y 1.4 por ciento, respectivamente.

 

Destacan los recursos canalizados a la construcci贸n de la Refiner铆a en Dos Bocas, Tabasco, con el prop贸sito de incrementar la capacidad de procesamiento de crudo y satisfacer las necesidades del mercado mexicano.

 

Para 2020, el Ejecutivo federal propone que no se comprometan nuevos proyectos de inversi贸n en infraestructura. En ese sentido, 鈥渟e considera que tal decisi贸n es congruente con los principios de austeridad republicana y combate a la corrupci贸n, impulsados por el gobierno de M茅xico y previstos en el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024鈥.

 

El documento resalta que en esta LXIV Legislatura se considera de vital importancia la pol铆tica social implantada por el Ejecutivo federal. Sin embargo, dice, se requiere conocer la efectividad de los programas sociales y el verdadero impacto que tendr铆an en la poblaci贸n.

 

De conformidad con las solicitudes de diversas comisiones ordinarias y de la sociedad civil, y en un ejercicio de fortalecimiento de la evidencia para los programas sociales, se incluyen 63 Programas en el Anexo 25, 鈥淧rogramas Sujetos a Reglas de Operaci贸n鈥, aumentando las intervenciones del gobierno que estar谩n sujetas a esta modalidad. Las Reglas de Operaci贸n deber谩n ser publicadas, a m谩s tardar, el 31 de diciembre de 2019, conforme a lo establecido en el art铆culo 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

 

Los 13 programas que se adicionan a los previamente existentes son: Precios de Garant铆a a Productos Alimentarios B谩sicos; Cr茅dito Ganadero a la Palabra; Fertilizantes; Producci贸n para el Bienestar; Programa de Microcr茅ditos para el Bienestar; J贸venes Escribiendo el Futuro; Beca Universal para Estudiantes de Educaci贸n Media Superior Benito Ju谩rez; J贸venes Construyendo el Futuro; Programa Nacional de Reconstrucci贸n; Pensi贸n para el Bienestar de las Personas con Discapacidad Permanente; Sembrando Vida; Programa de Infraestructura Ind铆gena; y Programa de Apoyos a la Cultura.

 

En el caso de los programas que se a帽aden, las dependencias y las entidades deber谩n publicar en el Diario Oficial de la Federaci贸n las reglas de operaci贸n a m谩s tardar el 煤ltimo d铆a de febrero.

 

Se establece que la C谩mara de Diputados, a trav茅s de la comisi贸n ordinaria que en raz贸n de su competencia corresponda, emitir谩 opini贸n sobre las Reglas de Operaci贸n publicadas por el Ejecutivo federal en los t茅rminos del art铆culo 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

 

Se considera esencial que la Secretar铆a de Hacienda y Cr茅dito P煤blico (SHCP) publique en formato de datos abiertos, en el portal electr贸nico en materia de transparencia presupuestaria, entre otros elementos, la informaci贸n que permita identificar, a partir de las Reglas de Operaci贸n, las caracter铆sticas de los programas presupuestarios en materia de desarrollo social, as铆 como los padrones de beneficiarios.

 

Adem谩s, las dependencias y entidades que tengan a su cargo dichos programas deber谩n establecer un padr贸n de beneficiarios que deber谩 incluir nombre o raz贸n social del beneficiario, municipio, entidad federativa y monto del apoyo otorgado, o bien entregado.

 

El documento considera adecuado que la SHCP utilice la 煤ltima informaci贸n trimestral de poblaci贸n por entidad federativa dada a conocer por el Instituto Nacional de Estad铆stica y Geograf铆a (INEGI) en la Encuesta Nacional de Ocupaci贸n y Empleo, para efectos de calcular los recursos del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal a que se refiere el art铆culo 36, inciso a), de la Ley de Coordinaci贸n Fiscal.

 

Para el Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de las Entidades Federativas, se establece que en caso de que el INEGI no d茅 a conocer la informaci贸n correspondiente a la variable del Producto Interno Bruto (PIB) per c谩pita, la SHCP tomar谩 en cuenta la 煤ltima informaci贸n del PIB anual en el 谩mbito estatal, que d茅 a conocer dicho instituto, y la dividir谩 entre la informaci贸n de la 煤ltima publicaci贸n de proyecci贸n de la poblaci贸n a mitad de a帽o con la informaci贸n anual a nivel estatal, que d茅 a conocer el Consejo Nacional de Poblaci贸n. Lo anterior, siempre y cuando ambas variables correspondan al mismo a帽o para cada entidad federativa.

 

Asimismo, para efectos de la variable no se considerar谩 correcto que -tal y como se ha estimado en a帽os anteriores- la Secretar铆a de Hacienda y Cr茅dito P煤blico utilice la 煤ltima informaci贸n trimestral de poblaci贸n por entidad federativa dada a conocer por el Instituto Nacional de Estad铆stica y Geograf铆a en la Encuesta Nacional de Ocupaci贸n y Empleo.

 

Con ello, la distribuci贸n de los fondos de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, y de Aportaciones para el Fortalecimiento de las Entidades Federativas, no se paralizar谩 en caso de que por alg煤n motivo llegare a faltar informaci贸n para calcular las variables correspondientes, lo cual garantizar谩 que la Secretar铆a de Hacienda y Cr茅dito P煤blico est茅 en condiciones de distribuir, en todo momento, los recursos de dichos fondos con base en criterios de legalidad, eficiencia, eficacia y transparencia, tal como lo prev茅 el art铆culo 1 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, d谩ndole continuidad a lo aprobado en ejercicios fiscales anteriores por la C谩mara de Diputados del Congreso de la Uni贸n en uso de su facultad exclusiva, prevista en el art铆culo 74, fracci贸n IV de la Constituci贸n Pol铆tica.

 

Se adiciona un art铆culo para que la Secretar铆a de Hacienda y Cr茅dito P煤blico fortalezca las acciones en materia de transparencia presupuestaria, con la finalidad de mejorar los reportes e informes que 茅sta realiza de forma peri贸dica en t茅rminos de las disposiciones aplicables, a efecto de hacerlos m谩s accesibles al p煤blico en general.

 

Tambi茅n, se incorpora la obligaci贸n de reportar el avance de los programas presupuestarios conforme a su vinculaci贸n con los Objetivos de Desarrollo Sostenible.

 

La Secretar铆a de Hacienda y Cr茅dito P煤blico en coordinaci贸n con la Secretar铆a Ejecutiva del Sistema Ejecutivo del Sistema Nacional Anticorrupci贸n, en sus respectivos 谩mbitos de competencia, deber谩 analizar las acciones tendentes a incorporar en pr贸ximos ejercicios fiscales, en los proyectos de presupuesto de egresos, un anexo enfocado a la lucha anticorrupci贸n que involucre a toda la administraci贸n p煤blica federal y dem谩s entes p煤blicos.

 

Argumenta que la inversi贸n en la poblaci贸n infantil es indispensable para alcanzar el desarrollo que el pa铆s requiere. De tal forma que, conforme a las recomendaciones internacionales, se requiere fortalecer el presupuesto destinado a la Primera Infancia, de manera transversal, con la finalidad de incrementar la efectividad de las intervenciones p煤blicas.

 

Se prev茅 que la Secretar铆a de Hacienda y Cr茅dito P煤blico, en el 谩mbito de su competencia, contin煤e con el fortalecimiento del anexo transversal de ni帽as, ni帽os y adolescentes, que incluye la vertiente de Primera Infancia. De tal forma, la Secretar铆a de Educaci贸n P煤blica pondr谩 especial atenci贸n en los programas que incluyen el componente de Primera Infancia. La C谩mara de Diputados se deber谩 mantener informada en la atenci贸n brindada a este rubro.

 

Se considera de especial importancia otorgar claridad en el manejo de los fideicomisos, mandatos y an谩logos. Por ello, se dispone, en concordancia con las medidas de austeridad impulsadas por los poderes Ejecutivo y Legislativo, relativas a la transparencia financiera y fiscalizaci贸n de gasto, que los ejecutores de gasto informen a la C谩mara de Diputados, por conducto de la Secretar铆a de Hacienda y Cr茅dito P煤blico, un an谩lisis respecto de la eficiencia y eficacia del cumplimiento de los fines u objeto de dichos instrumentos.

 

En materia de medio ambiente, se precisa que se analizar谩 la metodolog铆a utilizada para la conformaci贸n del Anexo Transversal 鈥淩ecursos para la Adaptaci贸n y Mitigaci贸n de los Efectos del Cambio Clim谩tico鈥, para que, en caso de considerarse procedentes, se incorporen elementos que permitan realizar una mejor estimaci贸n de las asignaciones que se vinculan a dicho anexo en el Presupuesto de Egresos del ejercicio fiscal siguiente.

 

Adem谩s, se fortalece la obligaci贸n a cargo de las entidades federativas para que reporten peri贸dicamente a la Secretar铆a de Hacienda y Cr茅dito P煤blico, a trav茅s del sistema correspondiente, y en t茅rminos de las disposiciones que emita dicha dependencia, la informaci贸n relativa a los convenios de reasignaci贸n de recursos, as铆 como la de sus entes p煤blicos y sus municipios, especificando, al menos, el objeto del convenio, la ubicaci贸n geogr谩fica, los proyectos contemplados, y el ejecutor del gasto en cada entidad federativa.

 

Se considera de especial importancia garantizar los recursos presupuestales para financiar las recientes reformas constitucionales y legales aprobadas, en especial la obligatoriedad que tiene el Estado para impartir la educaci贸n superior de manera gratuita.

 

Este Presupuesto de Egresos prev茅 los recursos necesarios para la creaci贸n del fondo previsto en la reforma constitucional en materia educativa.

 

Tambi茅n, se considera de vital importancia que en el Presupuesto de Egresos se prevean recursos para la implementaci贸n de la primera etapa de la Reforma en materia de Justicia Laboral, Libertad Sindical y Negociaci贸n Colectiva, publicada en el Diario Oficial de la Federaci贸n el 1潞 de mayo de 2019. Dicha reforma, cuya implementaci贸n contempla un proceso de cuatro a帽os, pondr谩 a M茅xico a la vanguardia de los derechos laborales y garantizar谩 la democracia y libertades sindicales como no se hab铆a hecho en m谩s de tres d茅cadas.

 

La primera etapa incluye las siguientes entidades federativas: Baja California, Campeche, Chiapas, Ciudad de M茅xico, Coahuila, Morelos, Nayarit, Puebla, Tabasco y Veracruz, para lo cual se prev茅 un presupuesto de mil 401.9 mdp para su ejecuci贸n.

 

La C谩mara de Diputados externa su compromiso con el federalismo y con la atenci贸n a las necesidades presupuestales urgentes de los municipios del pa铆s.

 

Por ello, la Secretar铆a de Hacienda y Cr茅dito P煤blico podr谩 destinar los recursos federales a los que se refiere la disposici贸n S茅ptima transitoria de la Ley de Ingresos de la Federaci贸n 2020, para apoyar a las entidades federativas que presenten un desequilibrio financiero que imposibilite el pago de compromisos de corto plazo o para mejorar la infraestructura de las mismas.

 

Asimismo, la Secretar铆a de Hacienda y Cr茅dito P煤blico deber谩 enviar a esta C谩mara de Diputados una propuesta de medidas que impulsen la sostenibilidad actual y futura de las finanzas p煤blicas de las entidades federativas y municipios, as铆 como, en su caso, la inversi贸n en infraestructura en 茅stos.

 

Para los municipios ind铆genas considerados entre los 200 m谩s pobres del pa铆s, los proyectos de inversi贸n del Programa de Infraestructura Ind铆gena se podr谩 financiar en su totalidad con recursos federales o de manera concurrente. Tambi茅n, se procurar谩 atender el pleno acceso y satisfacci贸n de las necesidades de dichos grupos, tales como electricidad, agua, drenaje, educaci贸n, salud, vivienda e infraestructura para la producci贸n, almacenamiento y distribuci贸n de alimentos.

 

Conforme al art铆culo 272 de la Ley del Seguro Social, el gasto programable del Instituto Mexicano del Seguro Social ser谩 de 825 mil 062 millones 882 mil 280 pesos. El gobierno federal aportar谩 al instituto la cantidad de 107 mil 653 millones 564 mil 617 pesos como aportaciones para los seguros; dispondr谩 de la cantidad de 344 mil 161 millones 712 mil 398 pesos para cubrir las pensiones en curso de pago derivadas del art铆culo Duod茅cimo transitorio de la Ley del Seguro Social publicada en el Diario Oficial de la Federaci贸n el 21 de diciembre de 1995; aportar谩 la cantidad de 5 mil 204 millones 756 mil 181 pesos para atender lo dispuesto en los art铆culos 141, 172 y 172 A de dicha ley, y aportar谩 la cantidad de 498 millones 800 mil pesos para atender lo dispuesto en el art铆culo Segundo transitorio del Decreto por el que se adicionan diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social, de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y de la Ley Federal del Trabajo, publicado en el Diario Oficial de la Federaci贸n el 4 de junio de 2019.

 

El Presupuesto de Egresos incluye la cantidad de 4 mil millones de pesos para el otorgamiento del subsidio para el fortalecimiento del desempe帽o en materia de seguridad p煤blica, con la finalidad de favorecer a los municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de M茅xico, y, en su caso, a las entidades federativas que ejerzan de manera directa o coordinada la funci贸n, que realicen un fortalecimiento destacado del desempe帽o en seguridad p煤blica, de sus capacidades institucionales y policiales.

 

Los subsidios ser谩n destinados para los conceptos y conforme a los lineamientos que establezca el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad P煤blica en alineaci贸n con los programas con prioridad nacional definidos por el Consejo Nacional de Seguridad P煤blica, con el objeto de apoyar la profesionalizaci贸n, la certificaci贸n y el equipamiento de los elementos policiales de las instituciones de seguridad p煤blica, as铆 como el fortalecimiento tecnol贸gico, de equipo e infraestructura de las instituciones de seguridad p煤blica y a la prevenci贸n social de la violencia y la delincuencia.

 

En las disposiciones transitorias se precisa que bajo ninguna circunstancia se podr谩n hacer aportaciones, transferencias, o pagos de cualquier naturaleza utilizando instrumentos que permitan evadir las reglas de disciplina financiera, transparencia y fiscalizaci贸n de gasto.

 

Los recursos en numerario, as铆 como los activos, derechos, t铆tulos, certificados o cualquier otro documento an谩logo que los entes p煤blicos de la administraci贸n p煤blica federal aporten o incorporen al patrimonio de fondos o fideicomisos ser谩n p煤blicos y no gozar谩n de la protecci贸n del secreto o reserva fiduciarios para efectos de su fiscalizaci贸n.

 

Los ingresos federales que se obtengan de reintegros a la Tesorer铆a de la Federaci贸n que realicen las universidades e instituciones p煤blicas de educaci贸n superior, respecto de recursos federales no ejercidos en ejercicios fiscales anteriores al 2020, se podr谩n destinar por la secretar铆a a proyectos de inversi贸n en infraestructura educativa a cargo de universidades e instituciones p煤blicas de educaci贸n superior.

 

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