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Bolet铆n N°. 5552 Aprueba C谩mara de Diputados, en lo general, reformas al sistema de pensiones
  • Se reduce el n煤mero de semana de cotizaci贸n y se incrementan gradualmente las aportaciones de los patrones
  • Mejora la calidad de vida de las y los trabajadores, sujetos al r茅gimen pensionario del Seguro Social: diputada Terrazas Baca

09-12-2020.- La C谩mara de Diputados aprob贸, en lo general, el dictamen que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de las leyes del Seguro Social, y de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, cuyo prop贸sito es garantizar que las y los trabajadores reciban una pensi贸n competitiva y con base en los est谩ndares internacionales.

El documento, avalado con 441 votos a favor, 13 en contra y 6 abstenciones, deriva de una iniciativa del Ejecutivo Federal; reduce el n煤mero de semanas de cotizaci贸n, incrementa gradualmente las aportaciones de los patrones, modifica la composici贸n de la aportaci贸n del Estado y aumenta el monto de la pensi贸n m铆nima garantizada.

En lo particular se reservaron los art铆culos 139, 151, 154, 157, 158, 159, 162, 164, 165, 166, 170, 190, 192 y 193 de la Ley del Seguro Social, el art铆culo 37 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, as铆 como los art铆culos transitorios Segundo, Tercero, Cuarto y S茅ptimo del dictamen con proyecto de decreto.

Mejorar el bienestar de la poblaci贸n en etapa de retiro

Al fundamentar el dictamen, la presidenta de la Comisi贸n de Hacienda y Cr茅dito P煤blico, diputada Patricia Terrazas Baca (PAN), expres贸 que el prop贸sito es mejorar la calidad de vida de todos los trabajadores, sujetos al r茅gimen pensionario de Ley del Seguro Social, mediante el aumento de las pensiones, incremento del porcentaje de trabajadores que perciban una pensi贸n garantizada y un entorno m谩s eficiente y competitivo en la administraci贸n del ahorro de los trabajadores.

Lo anterior, dijo, contribuir谩 a mejorar el bienestar de la poblaci贸n en etapa de retiro; en este sentido, se proponen diversas acciones que permitan recuperar la esencia de un sistema de pensiones, consistentes en disminuir el umbral de semanas de cotizaci贸n, aumentar las aportaciones para el retiro, y ampliar la cobertura de los beneficios y mejorarlos.

Terrazas Baca mencion贸 que se reduce el n煤mero de semanas de cotizaci贸n que se requieren para gozar de las prestaciones de los seguros de cesant铆a en edad avanzada y vejez, de mil 250 a mil; la disminuci贸n se refleja en la modificaci贸n que se propone en los art铆culos 154 y 162 de la Ley del Seguro Social.

Dicha disminuci贸n ser谩 paulatina e iniciar谩 a la entrada en vigor del presente decreto, con un requisito de 750 semanas de cotizaci贸n para obtener esos derechos. El n煤mero necesario de semanas de cotizaci贸n se ir谩 incrementando gradualmente hasta alcanzar un total de mil semanas en el a帽o 2031, como se se帽ala en el Art铆culo Cuarto Transitorio.

Se incrementa, a partir de 2023, la aportaci贸n total a la cuenta individual de los trabajadores, de 6.5 por ciento m谩s cuota social, al 15 por ciento, incluyendo ya la cuota.

Con la propuesta, la aportaci贸n que realizan los trabajadores se mantiene en sus t茅rminos, la aportaci贸n patronal se eleva de 5.15 a 13.87 por ciento, y la aportaci贸n del Estado modifica su composici贸n para beneficiar s贸lo a los trabajadores de menores ingresos, sin incrementar su monto total. Tales cambios se incorporan en el art铆culo 168; de 茅l derivan ajustes a los art铆culos 139, 159, 165 y 18 de la Ley del Seguro Social.

Tambi茅n se consider贸 importante que el incremento de la aportaci贸n patronal se realice gradualmente de 2023 a 2030, conforme a la tabla que se incorpora en el Art铆culo Segundo Transitorio y la recomposici贸n de la aportaci贸n del Estado entrar谩 en vigor en 2023.

El tercer cambio, explic贸 la diputada Patricia Terrazas, tiene por objeto aumentar el monto de la pensi贸n garantizada que se otorga a los trabajadores que, cumpliendo con los requisitos para gozar de la prestaci贸n de cesant铆a y vejez, no tienen los recursos suficientes en su cuenta individual para obtener una pensi贸n mayor a dicho monto.

El objetivo, a帽adi贸, es compensar durante los primeros a帽os la diferencia entre las aportaciones que reciben los trabajadores en la cuenta individual, conforme al r茅gimen vigente y el incremento en la cuota patronal, as铆 como la recomposici贸n de la cuota del Estado.

Se propone una reforma al art铆culo 193 de la Ley del Seguro Social, para que en caso de fallecimiento del trabajador o el pensionado, los beneficiarios designados no tengan que acudir a una instancia jurisdiccional para ejercer sus derechos respetando los que corresponden a 茅stos.

En el art铆culo 172 y 172-A de la Ley del Seguro Social, se establece un esquema para dar mayor agilidad al pago de pensiones a cargo del Gobierno Federal, a trav茅s de la Tesorer铆a de la Federaci贸n.

En el Art铆culo S茅ptimo Transitorio, se plantea un mecanismo para la revisi贸n peri贸dica de la gesti贸n de la reforma que se propone, de modo que la Consar deber谩 enviar a la Secretar铆a de Hacienda y Cr茅dito P煤blico un an谩lisis de los resultados obtenidos con la aplicaci贸n de la reforma, a fin de que 茅sta remita al Congreso de la Uni贸n el informe correspondiente.

Moci贸n suspensiva

El Pleno rechaz贸 una moci贸n suspensiva del diputado Jorge Casarrubias V谩zquez (PRD), quien argument贸 que el dictamen falt贸 a diversas obligaciones que tienen las comisiones, como la entrega de la versi贸n final con cinco d铆as de anticipaci贸n a la reuni贸n en que se discuta y se vote. 鈥淓s un dictamen ilegal e impreciso; no establece metas, costos ni compromisos que sustenten las medidas prescritas; es un dictamen irresponsable鈥, apunt贸.

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