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comunicaciónsocial
Bolet铆n N°. 5608 Aprueban facultar al Congreso de la Uni贸n a expedir la ley general en materia de seguridad privada
  • Dicha norma deber谩 establecer las reglas y la autoridad facultada para autorizar y regular a los prestadores de este tipo de servicios

  • Se remiti贸 al Senado para sus efectos constitucionales

14-12-2020.- En sesi贸n presencial, el Pleno de la C谩mara de Diputados aprob贸 el dictamen que adiciona una fracci贸n XXIII Bis al art铆culo 73 de la Constituci贸n Pol铆tica, para facultar al Congreso de la Uni贸n a expedir la ley general en materia de seguridad privada.

El proyecto, aprobado en lo general con 332 votos a favor, 61 en contra y una abstenci贸n, se remiti贸 al Senado de la Rep煤blica para sus efectos constitucionales.

La adici贸n a la fracci贸n XXIII Bis del art铆culo 73 se帽ala que dicha ley deber谩 establecer las reglas y la autoridad facultada para autorizar y regular a los prestadores de servicios de seguridad privada en todo el territorio nacional.

Asimismo, fijar谩 las reglas de coordinaci贸n entre las personas autorizadas a prestar los servicios de seguridad privada y las autoridades correspondientes de la Federaci贸n, las entidades federativas y los municipios, para la adecuada organizaci贸n y funcionamiento como auxiliares de la seguridad p煤blica.

Tambi茅n, la coordinaci贸n de esos prestadores con las instituciones de seguridad p煤blica en situaciones de emergencia y desastre, y los aspectos vinculados a la coordinaci贸n y supervisi贸n de las polic铆as complementarias en el pa铆s.

Al fundamentar el dictamen, la presidenta de la Comisi贸n de Puntos Constitucionales, diputada Aleida Alavez Ruiz (Morena), afirm贸 que esta reforma fue construida escuchando especialistas, servidores p煤blicos, empresarios del ramo y un di谩logo permanente con las y los legisladores de las bancadas representadas en la C谩mara.

鈥淪e logr贸 un documento que atiende la necesidad de contar con una ley general que armonice y homologue procedimientos y la coordinaci贸n entre las autoridades de los tres 贸rdenes de gobierno y los prestadores de servicios de seguridad privada en el pa铆s鈥.

Aclar贸 que la facultad conferida al Congreso de la Uni贸n de ninguna manera implica la posibilidad de autorizar la prestaci贸n de servicios a particulares que ofrezcan asistencia y asesoramiento de car谩cter militar y otros servicios militares.

Refiri贸 que en el pa铆s existen alrededor de 6 mil empresas que se dedican a la prestaci贸n de servicios de seguridad privada que emplean aproximadamente a 500 mil personas; sin embargo, m谩s de mil 500 empresas no cuentan con permisos, lo que vulnera obligaciones tributarias, de prestaciones de seguridad social y traslada el costo al Estado.

Enfatiz贸 que esta reforma trata de brindar certeza tanto a los ciudadanos, a los tres 贸rdenes de gobierno, como a los particulares que los prestan. 鈥淪e trata de homologar criterios, requisitos, mecanismos de control y de vigilancia, evitar la aparici贸n de empresas patito y de espacios para delincuencia鈥, puntualiz贸.

Reservas

En la discusi贸n en lo particular se aprob贸, con votos 289 a favor, 98 en contra y cero abstenciones, la reserva a la fracci贸n XXIII del art铆culo 73 de la Constituci贸n Pol铆tica, de la diputada Juanita Guerra Mena (Morena) y se desech贸 la reserva al art铆culo transitorio segundo, presentada por el diputado Jos茅 El铆as Lixa Abimerhi (PAN).

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