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Boletín N°. 3336 Avala la Comisión de Justicia nueve dictámenes
  • Agresiones sexuales contra menores, abandono de personas, extorsión abigeato, entre los delitos considerados

 

26-02-2020.- La Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados, que preside la legisladora María del Pilar Ortega Martínez (PAN), aprobó nueve dictámenes en materia de delitos sexuales en contra de personas menores de edad, abandono de personas adultas mayores, extorsión, delincuencia organizada y procedimientos penales.

 

Pilar Ortega manifestó que el contenido de los dictámenes aprobados es de gran calidad. “Estoy convencida de que abonan al acceso a la justicia para todas y todos los mexicanosâ€.

 

El primer dictamen reforma los artículos 335, 336 y 337 del Código Penal Federal en materia de personas adultas mayores con el fin de aumentar las penas a quien las maltrate, abandone, los descuide o no se hagan cargo de ellos.

 

Incremento en sanciones a quien realice extorsiones

 

El segundo, modifica el artículo 390 del Código Penal Federal, referente a la extorsión, con el objetivo de señalar que las sanciones se incrementarán hasta en una tercera parte si el sujeto activo tiene una relación laboral o de parentesco, hasta el cuarto grado, con la víctima, o si ésta es menor de dieciocho o mayor de sesenta años de edad, o tiene alguna discapacidad.

 

Agrega el dictamen que con independencia de las penalizaciones que correspondan por la comisión de otros delitos, aumentarán hasta en una mitad si el consentimiento se obtiene mediante violencia fiÌsica, psicoloÌgica o moral.

 

Juez resolverá lo conducente respecto a la guarda y custodia de los menores

 

 

Asimismo, se avaló reformar el primer párrafo y derogar el segundo párrafo de la fracción VI del artículo 282 del Código Penal Federal, para que el juez, previo procedimiento que fije el código respectivo y atendiendo al interés superior de la niñez, resolverá lo conducente respecto a la guarda y custodia de los menores como medida provisional en el caso de la admisión de una demanda de divorcio.

 

Autoridad administrativa expedirá constancia relativa a los antecedentes penales

 

Otro dictamen aprobado reforma el artículo 27 de la Ley Nacional de Ejecución Penal para indicar que en las bases de datos de personas privadas de la libertad, en ningún caso la autoridad administrativa expedirá constancia relativa a los antecedentes penales.

 

Agresiones comenzarán a prescribir a partir de que la persona agredida cumpla treinta años de edad

 

Uno más adiciona diversas disposiciones a los artículos 107 bis y 205 bis del Código Penal Federal, en materia de prescripción de delitos sexuales en contra de menores de edad, con el fin de establecer que estas agresiones comenzarán a prescribir a partir de que la persona agredida cumpla treinta años de edad.

 

No gozarán de la libertad anticipada quien tenga sentencia por feminicidio y violación

 

También se reformaron los artículos 137, 141 y 144 de la Ley Nacional de Ejecución Penal con el objetivo de incluir que la autoridad penitenciaria tendrá bajo su responsabilidad la adquisición, mantenimiento y seguimiento de los sistemas de monitoreo electrónico, y de no contar con la solvencia económica, las y los sentenciados podrán llegar a un convenio judicial de pago con esta autoridad.

 

No gozarán de la libertad anticipada, ni procederá la sustitución de pena por feminicidio y violación.

 

Sanción con pena de dos a quince años de prisión y multa de hasta dos veces el valor a quien traslade o transporte ganado robado

 

Otro dictamen validado, adiciona el artículo 242 bis y un artículo 381 quater 1 al Código Penal Federal para señalar que las penas se aplicarán a quien marque, hierre o tatúe a una o más cabezas de ganado, sin consentimiento de quien legalmente pueda otorgarlo.

 

Asimismo, se sancionaraÌ con pena de dos a quince años de prisión y multa de hasta dos veces el valor del producto, al que a sabiendas y con independencia de las penas que le correspondan destace ganado producto de abigeato o a quien traslade o transporte ganado robado, conjunta o separadamente en partes.

 

Incorporación la palabra extorsión en la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada

 

 

Un dictamen más agrega una fracción XI al artículo 2 de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada con el objetivo de incorporar la palabra extorsión, prevista en el artículo 390 del Código Penal Federal.

 

Asistencia migratoria cuando un extranjero sea detenido

 

 

También se modificaron los artículos 113 y 151 del Código Nacional de Procedimientos Penales para que se informe al consulado, o en su defecto a la embajada que corresponda, cuando un extranjero sea detenido y se le proporcione asistencia migratoria.

 

Cuando el detenido sea extranjero, la embajada del país respectivo deberá notificar a los consulados sobre la detección.

 

El diputado Juan Martín Espinoza Cárdenas (MC) consideró necesario agravar las penas a quien abandone o maltrate a los adultos mayores, porque en muchos casos se da dentro de las propias familias. Asimismo, comentó que se deben ampliar las sanciones para quien extorsione a las personas más vulnerables.

 

Su compañero de partido, el legislador Alan Jesús Falomir Sáenz, señaló que es de suma importancia reconocer y valorar a las personas adultas mayores. “Tenemos que legislar con responsabilidad y darle una vida digna a esta poblaciónâ€.

 

La diputada María Esther Mejía Cruz (Morena) indicó que en la modificación a los artículos 136 y 137 de la Ley Nacional de Ejecución Penal el objetivo es proporcionar a los presos por penas no agraviadas, la libertad por medio de un brazalete, y en el caso de contar con los recursos, buscar un convenio de sanción más adecuado.

 

Del PAN, la legisladora Josefina Salazar Báez resaltó que el tema de la violencia sexual es alarmante y el grupo de niñas y niños, de entre seis y doce años de edad es el más vulnerable.

 

Su compañera de partido, Sarai Núñez Cerón, manifestó su preocupación por el delito de extorsión y al robustecer el andamiaje jurídico del Código Penal Federal se busca que el castigo sea más severo.

 

El diputado David Bautista Rivera (Morena) dijo que las denuncias por delitos sexuales han aumentado en los últimos años. “Considero que con estas reformas tendremos armas para hacer frente a los altos índices de violaciones y abusos sexuales en menores de edadâ€.

 

La diputada María Marcela Torres Peimbert (PAN) señaló que en los delitos de feminicidio y violación, las penas no puedan aminorarse ni modificarse por ninguna razón. Tampoco se puede conceder libertad condicional.

 

El legislador Manuel López Castillo (Morena) indicó que la Constitución Política es una de las más completas del mundo; sin embargo, tiene fallas, por ello se debe ir subsanando con reformas legales.

 

Su compañera de partido, diputada Martha Patricia Ramírez Lucero, se refirió al antecedente penal y estimó que se debe solicitar no solo a instituciones de seguridad pública o privada, sino también a las educativas.

 

De la misma bancada, el legislador Rubén Cayetano García pidió que en el dictamen de agresiones sexuales a menores se establezca que la prescripción comenzaraÌ a correr a partir del día siguiente en que la víctima cumpla treinta años de edad.

 

La diputada Mariana Rodríguez Mier Y Terán (PRI) indicó también que llevaría a la Ley de Delincuencia Organizada el tipo penal de extorsión, sin excluir a las personas que lo estén realizando a título personal.

 

De la bancada de Morena, la legisladora Lorena Villavicencio Ayala dijo estar a favor del dictamen en torno a los delitos sexuales contra menores, pero que sería muy importante tener reuniones para validar el tema de la imprescriptibilidad, porque tampoco se puede estar utilizando en cualquier delito, ya que afecta a la seguridad jurídica de las personas.

 

Su compañera de partido, Claudia Pérez Rodríguez señaló que si no se establece con exactitud la vigencia de la ley se estaría en una ambigüedad jurídica, que aprovechan los delincuentes para evadir la acción de la justicia.

 

En la reunión, también aprobaron el Acuerdo por el que se establece la realización de una reunión de trabajo con la titular de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.

 

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