24 de noviembre 2024
entrevistas
Ciudad de México, a 1 de septiembre de 2021.
Ciudad de México, a 31 de agosto de 2021.
Ciudad de México, a 31 de agosto de 2021.

Monitoreo Radio TV Noviembre 2024
Lun Mar Mie Jue Vie Sab Dom
  1 2 3
4 5 6 7 8 9 10
11 12 13 14 15 16 17
18 19 20 21 22 23 24
25 26 27 28 29 30 

Estadísticas
Visitante No:
Contador


 
comunicaciónsocial
Boletín N°. 4135 Aprueba la Cámara de Diputados reformas en materia de infancia migrante
  • Impiden la privación de la libertad a niñas, niños y adolescentes por motivos migratorios

 

 

  • Se envió al Ejecutivo federal para sus efectos constitucionales

 

 

29-09-2020.- La Cámara de Diputados aprobó, con 398 votos a favor y ninguno en contra, el dictamen a la minuta que reforma diversos artículos de las leyes de Migración y la de Refugiados, Protección Complementaria y Asilo Político, en materia de infancia migrante.

 

El dictamen, remitido al Ejecutivo federal para sus efectos constitucionales, subraya que, en el caso de niñas, niños y adolescentes, el Estado garantizará los derechos y principios establecidos en la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y su Reglamento, incluyendo el de la no privación de la libertad por motivos migratorios.

 

Precisa que el Sistema Nacional DIF y los sistemas DIF de las entidades federativas, en coordinación con las instituciones competentes, deberán identificar a los menores de edad extranjeros que requieren protección internacional, ya sea como refugiados o de algún otro tipo.

 

Menciona que si con motivo de la revisión migratoria se detecta que niñas, niños o adolescentes migrantes no tienen documentos que acrediten su situación migratoria, la autoridad deberá, en coadyuvancia, notificar inmediatamente a la Procuraduría de Protección y hacer la canalización al Sistema DIF correspondiente.

 

En ningún caso se llevará a cabo la presentación del menor ni se iniciará el Procedimiento Administrativo Migratorio previo a dicha notificación, establece el dictamen.

 

Se incorpora la definición del Centro de Asistencia Social como el establecimiento, lugar o espacio de cuidado alternativo o acogimiento residencial para niñas, niños y adolescentes sin cuidado parental o familiar que brindan instituciones públicas, privadas y asociaciones.

 

Además, incluye la definición de las niñas, niños y adolescentes migrantes, acompañados, no acompañados y separados. Asimismo, establece autorizar la condición de visitante por razones humanitarias a las niñas, niños o adolescentes migrantes.

 

Es prioridad legislativa este tipo de protección

 

Al fundamentar el dictamen, la presidenta de la Comisión de Asuntos Migratorios, diputada Julieta Vences Valencia (Morena), señaló que se reconoce la protección de los derechos de las niñas, niños y adolescentes migrantes como una prioridad legislativa, razón por la cual el marco jurídico nacional debe respaldarlos.

 

Se trata de impulsar un marco normativo sustentado en lo dispuesto en el artículo 4º Constitucional, donde se establece que en todas las decisiones y actuaciones del Estado se velará y cumplirá con el principio del interés superior de la niñez, garantizando plenamente sus derechos.

 

Subrayó que la aplicación de las disposiciones de las leyes en su conjunto, marcarán la pauta para la participación coordinada del Instituto Nacional de Migración con el Sistema Nacional de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes y la Procuraduría Federal de Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes.

 

Reunificación familiar y respeto al derecho a la vida

 

 

También, al fundamentar el dictamen, la presidenta de la Comisión de Gobernación y Población, diputada Rocío Barrera Badillo (Morena), sostuvo que la minuta atiende los principios de no discriminación, no detención, no devolución, reunificación familiar, derecho a la vida, a la supervivencia, derecho a la libertad y derecho a la protección contra la violencia.

 

Afirmó que las cualidades de las reformas son múltiples, toda vez que dan mayor certeza en los procesos y su motivación radica en la necesidad de establecer canales seguros de tránsito, condiciones jurídicas efectivas, seguridad física y sanitaria.

 

Aseveró que se atiende la necesidad de velar por el interés superior de la niñez propiciando que no sean detenidos en estaciones migratorias o cualquier otro centro, además de que se encomienda al Sistema de Desarrollo Integral de las Familias su protección y el establecimiento de un nuevo modelo alternativo con pleno respeto de los derechos humanos.

 

--ooOoo--

 
Histórico hasta 2013
 
años:
| 2022 | 2021 | 2020 | 2019 | 2018 | 2017 | 2016 | 2015 | 2014 |
 
meses del 2022:
| Julio | Junio | Mayo | Abril | Marzo | Febrero | Enero |
 
Histórico hasta 2013
 
-->
difusión
comunicación