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comunicaciónsocial
Bolet铆n N°. 0673 Aprueban Comisi贸n de Gobernaci贸n proyecto de nueva Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminaci贸n
  • Se necesita una norma s贸lida y no posponer permanentemente los dict谩menes: diputado Moreno C谩rdenas

 

 

  • Tambi茅n aval贸 reformar la LEGIPE y la Ley General del Sistema de Medios de Impugnaci贸n en materia electoral

 

08-12-2021.- La Comisi贸n de Gobernaci贸n y Poblaci贸n, que preside el diputado Rafael Alejandro Moreno C谩rdenas (PRI), aprob贸 el proyecto de dictamen para expedir una nueva Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminaci贸n.

 

Tambi茅n valid贸 otro dictamen, a fin de modificar diversas disposiciones de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnaci贸n en materia electoral.

 

Moreno C谩rdenas explic贸 que el proyecto de dictamen por el que se expide la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminaci贸n y abroga la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminaci贸n, publicada el 11 de junio de 2003, es un asunto que deviene del dictamen avalado el 14 de abril del 2021 por la Comisi贸n de Gobernaci贸n y Poblaci贸n de la LXIV Legislatura, que fue turnado a esta instancia en octubre de 2021.

 

El legislador coment贸 que se necesita una ley fuerte que se pueda mejorar y no posponer permanentemente los dict谩menes. Dijo que este tema se discute desde hace muchos a帽os, y se han presentado propuestas muy importantes para fortalecer el combate a la discriminaci贸n.

 

Plante贸 discutirlo en el Pleno y, en su caso, volver a presentar propuestas para mejorarlo. 鈥淟o que presenta es positivo y fortalece el tema de la discriminaci贸n, que se combata, que se atienda y se resuelva de manera inmediata y clara鈥, enfatiz贸.

 

Dijo que el dictamen corresponde al an谩lisis de la iniciativa de la diputada Roc铆o Barrera Badillo, que busca fortalecer al Consejo Nacional para Prevenir la Discriminaci贸n (Conapred), a fin de que sea la autoridad responsable de formular la pol铆tica p煤blica antidiscriminatoria y est茅 a cargo de impulsar la transversalizaci贸n entre las dependencias y las entidades de la Administraci贸n p煤blica Federal.

 

El objeto de la nueva ley es prevenir y eliminar todas las formas de discriminaci贸n que se ejerzan contra cualquier persona en los t茅rminos del art铆culo 1 de la Constituci贸n Pol铆tica, as铆 como promover la adopci贸n de medidas que garanticen la igualdad sustantiva, el ejercicio efectivo de los derechos humanos y las libertades fundamentales de todas las personas.

 

Se incluyen definiciones de discriminaci贸n directa, indirecta, estructural o sistem谩tica; actualiza el cat谩logo de conductas discriminatorias y modifica el procedimiento de quejas del Conapred.

 

El documento refiere que, tras realizar una revisi贸n de constitucionalidad, legalidad y viabilidad, se elabor贸 un dictamen con diversas modificaciones de temas presupuestales que se deben discutir, 鈥渆llo genera un compromiso de todos en esta C谩mara de Diputados con este tema鈥.

 

En las consideraciones se reitera que hay coincidencias con los planteamientos de la promovente, pero que al revisar la profundidad, diversidad y trascendencia de las reformas, que impactan a m谩s del noventa por ciento del texto vigente, y la complejidad de los ajustes que implicar铆a su adecuaci贸n, se afecta la actuaci贸n de la autoridad administrativa en perjuicio de las personas que se pretende proteger, lo cual es contrario a la funci贸n del Legislativo.

 

Por ello, se plante贸 la integraci贸n de esas propuestas en un nuevo ordenamiento que dote al Conapred de las herramientas necesarias en la prevenci贸n y eliminaci贸n de la discriminaci贸n.

 

Tendr铆a un total de 109 art铆culos distribuidos en seis cap铆tulos con las siguientes denominaciones: Cap铆tulo I Disposiciones Generales, Cap铆tulo II De las Conductas Discriminatorias, Cap铆tulo III De la Pol铆tica P煤blica de Igualdad y No Discriminaci贸n, Cap铆tulo IV De las Medidas de Inclusi贸n y Acciones Afirmativas, Cap铆tulo V Del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminaci贸n, con 9 secciones, y el Cap铆tulo VI Del Procedimiento de Queja, con 7 secciones.

 

Asimismo, se aprob贸 el dictamen con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnaci贸n en materia electoral, espec铆ficamente en la desindexaci贸n del salario m铆nimo.

 

El diputado Pablo Am铆lcar Sandoval Ballesteros (Morena), coordinador de la subcomisi贸n de Informaci贸n y Democracia, inform贸 que se analizaron las iniciativas del diputado Felipe Fernando Mac铆as Olvera (PAN) en la LXIV Legislatura, y la del Congreso del Estado de Jalisco, las cuales fueron dictaminadas en la legislatura anterior y que la Mesa Directiva devolvi贸 a esta Comisi贸n para ser estudiadas y dictaminadas nuevamente.

 

Se dictaminan en conjunto porque coinciden en reformas a esos ordenamientos, con el objetivo de desindexar el salario m铆nimo y alinear su contenido a lo referido por el p谩rrafo VI y VII del Apartado B del Art铆culo 26 de la Constituci贸n Pol铆tica, y del Art铆culo Cuarto Transitorio del Decreto por el que se declaran reformadas y adicionadas diversas disposiciones de la Carta Magna en esa materia, publicadas en el Diario Oficial de la Federaci贸n el 27 de enero de 2016.

 

Se帽ala que el Congreso debe realizar las adecuaciones que correspondan en leyes y ordenamientos de competencia para eliminar las referencias al salario m铆nimo como unidad de cuenta, 铆ndice, base, medida o referencia, y sustituirlas por la referidas a la Unidad de Medida y Actualizaci贸n (UMA), por lo que es procedente actualizar las leyes materia de estudio.

 

La diputada Mar铆a Elena Lim贸n Garc铆a (MC) dijo que este dictamen contribuye a contar con una homologaci贸n decretada desde 2016, lo que brinda una base econ贸mica estable para el pago de obligaciones no calculada en el salario m铆nimo, que constantemente sufre modificaciones.

 

La diputada Lilia Aguilar Gil (PT) se帽al贸 que con estos cambios se incorporan unidades de medida m谩s adecuadas, que est谩n indexadas a elementos econ贸micos, pero que dar谩n m谩s certeza al pago de las obligaciones de partidos pol铆ticos. 鈥淪in embargo, creo que le hace falta un an谩lisis econ贸mico del impacto que este cambio tendr谩 en las aportaciones y las multas que se aplicar谩n鈥, enfatiz贸.

 

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