04 de diciembre 2024
entrevistas
Ciudad de México, a 1 de septiembre de 2021.
Ciudad de México, a 31 de agosto de 2021.
Ciudad de México, a 31 de agosto de 2021.

Monitoreo Radio TV Diciembre 2024
Lun Mar Mie Jue Vie Sab Dom
  1
2 3 4 5 6 7 8
9 10 11 12 13 14 15
16 17 18 19 20 21 22
23 24 25 26 27 28 29
30 31 

Estadísticas
Visitante No:
Contador


 
comunicaciónsocial
Boletín N°. 6532 Proponen regular los juegos con apuestas y premios, así como la celebración de sorteos físicos o virtuales
  • El diputado Erik Isaac Morales Elvira (Morena) busca reformar la Ley Federal de Juegos y Sorteos

  • Las apuestas deportivas actualmente generan en México, 8 mil 430 millones de pesos anuales

23-05-2021.- El diputado Erik Morales Elvira (Morena) propuso reformas a la Ley Federal de Juegos y Sorteos para establecer que este ordenamiento tendrá por objeto regular los juegos con apuestas y premios, así como la celebración de sorteos realizados de forma física o virtual.

Plantea que la Secretaría de Gobernación (Segob) queda facultada para autorizar y regular, en cualquier espectáculo realizado en territorio nacional o internacional, el cruce de apuestas que se realicen por cualquier medio.

Además, busca facultar a la Segob para regular los eventos deportivos en donde medien premios cuantificables en dinero, de acuerdo a lo establecido por el reglamento de esta ley y demás ordenamientos aplicables.

De igual modo, sugiere que las infracciones a la ley sean calculadas en Unidades de Medida y Actualización y que la clausura a locales en que se practiquen juegos con apuestas, premios y sorteos, sin permiso de la Secretaría de Gobernación, se aplique también a los sitios de internet.

En los considerandos del documento, relata que la Ley Federal de Juegos y Sorteos, publicada en el Diario Oficial de la Federación en 1947, está fuera del contexto nacional e internacional en la regulación de esta materia, dado el carácter prohibicionista que prevalece y la falta de regulación en pro de la garantía de libertades.

Menciona que el primer artículo de esta ley pone de manifiesto que se prohíben en todo el territorio nacional los juegos de azar y los juegos con apuesta; sin embargo, no siendo suficiente esa prohibición genérica, el artículo segundo hace referencia a un catálogo de juegos que podrán ser permitidos y los juegos no señalados se considerarán como prohibidos para los efectos de esta ley.

La obligación del Estado, añade, debe recaer en la regulación de aquellos juegos en los que medien apuestas y premios en su celebración, así como de los sorteos, no de los juegos en lo particular. La prohibición de los juegos, destaca, debe repensarse porque su prohibición puede traer consigo afectaciones a otras libertades ya reconocidas.

Refiere que de acuerdo con estimaciones de la Asociación de Permisionarios, Operadores y Proveedores de la Industria del Entretenimiento y Juego de Apuesta en México, al menos las apuestas deportivas se han convertido en una industria en crecimiento y actualmente generan 8 mil 430 millones de pesos anuales, mismas que preponderantemente se dan por medio de sitios de internet.

Además, conforme a especialistas en apuestas deportivas, en México hay proyecciones de que habrá crecimientos entre 25 por ciento y 30 por ciento anual por los próximos seis o siete años en el entretenimiento digital donde están instaladas este tipo de apuestas.

Expone que debido a la incertidumbre ocasionada por una legislación obsoleta en materia de juegos y sorteos, son muy pocos los casinos en internet que cuentan con una licencia oficial otorgada por las autoridades.

Sin embargo, resalta que un gran número de casinos internacionales montados en plataformas digitales sí cuentan con los permisos para operar y obtener beneficios. Por lo tanto, la industria de los juegos con apuesta en México se encuentra en un importante rezago y esto ocasiona que su impacto no pueda verse reflejado en nuestro país.

La iniciativa, enviada a la Comisión de Gobernación y Población, adiciona el artículo 11 Bis, deroga el artículo 2 y reforma los artículos 1, 3, 4, 7, 8, 12 fracciones II y IV, 13 fracción I, y 17 de la Ley Federal de Juegos y Sorteos.

--ooOoo--

 
Histórico hasta 2013
 
años:
| 2022 | 2021 | 2020 | 2019 | 2018 | 2017 | 2016 | 2015 | 2014 |
 
meses del 2022:
| Julio | Junio | Mayo | Abril | Marzo | Febrero | Enero |
 
Histórico hasta 2013
 
-->
difusión
comunicación