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Boletín N°. 6536 Diputadas, diputados, ministros en retiro y juristas participan en seminario sobre autonomía judicial
  • Externan comentarios respecto al Artículo Décimo Tercero Transitorio de la reforma al Poder Judicial de la Federación

 

Diputadas, diputados, ministros en retiro, juristas y especialistas participaron en la mesa de discusión del seminario “Autonomía e Independencia Judiciales, División de Poderes y Democraciaâ€.

 

Determinar cómo afecta al sistema democrático

 

La presidenta de la Comisión de Justicia, diputada Pilar Ortega Martínez (PAN), resaltó que el seminario abona a dilucidar cuestiones tan complejas como determinar cómo afecta al sistema democrático y al principio de representatividad que las y los legisladores hayan aprobado una norma abiertamente inconstitucional.

 

También, analizar cuáles serán los alcances de la afectación a la legitimidad del Poder Judicial en el eventual caso que esta norma que vulnera la independencia judicial llegue a aplicarse, y cómo trasciende para el principio de paridad de género en el sentido de que postergaría la posibilidad de que el más alto tribunal del país pueda ser presidido por una mujer.

 

Además, dijo, discutir cuáles serían las consecuencias de avalar que desde una norma inferior se supere y se contradiga el contenido de una norma constitucional, o bien que en el eventual caso de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación la avale, establecer cuáles serían las consecuencias para su papel como tribunal constitucional en sus determinaciones futuras.

 

Pilar Ortega agradeció a las y los ponentes por abordar los diversos matices de la importancia de la independencia, autonomía, defensa y consolidación del papel de la Suprema Corte de Justicia de la Nación como tribunal constitucional.

 

En riesgo, división de Poderes, federalismo y municipalismo

 

El diputado Porfirio Muñoz Ledo (Morena) afirmó que “estamos decayendo muy rápidamente en un tono, en un talante de la política, propio de la toma del poder por una dictadura “y estamos, todos los días, poniendo en juego que las decisiones del Ejecutivo corresponden a una democracia constituidaâ€.

 

Consideró que “lo más doloroso de este asunto que nos concierne a los legisladores, que delante de nuestros ojos el Ejecutivo dio órdenes, sin cambiar una sola coma, de que se aprobara el Décimo Tercero Transitorio de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federaciónâ€. Pidió de los legisladores una actitud constitucional, porque también son garantes de la Constitución “y la hemos violadoâ€.

 

Señaló que está en riesgo la división de poderes, el federalismo y el municipalismo. “Son problemas de gran calado y debiéramos empezar a pensar, aunque sea a contrapelo, en un nuevo esquema constitucional, no para justificar violaciones que se están cometiendo, sino para desahogar de un modo histórico los problemas que está viviendo el paísâ€.

 

 

Autonomía judicial, es una precondición del ejercicio democrático

 

 

José Ramón Cossío Díaz, ministro en retiro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), expresó que el modelo democrático que se ha construido por décadas no es puro; lo que se ha hecho, es construir la democracia a partir de un conjunto de reglas procedimentales, reglas orgánicas y reglas sustantivas, para tratar de encauzar el principio y el ejercicio democrático. Además, la democracia no puede eliminar a los contrincantes políticos ni puede eliminar a las minorías.

 

Precisó que los jueces constitucionales tienen que mantener una lógica propia y de salvaguarda exclusiva de la Constitución o de las reglas del juego democrático; lo que no pueden hacer es subordinarse o identificarse con el proceso político que está dando su dinámica a la democracia. La autonomía judicial es una precondición del ejercicio democrático y perder la autonomía de los órganos jurisdiccionales o la independencia de sus miembros, es un anticipo a un descarrilamiento a las funciones ordinarias de la propia democracia.

 

Destacó que la reforma al Artículo Décimo Tercero Transitorio es una norma claramente anticonstitucional. Añadió que el ejercicio democrático que mayoritariamente se hizo en las cámaras de Diputados y Senadores para introducir dicho artículo, lastima la autonomía del Poder Judicial de la Federación, porque es el Presidente de la República quien determina la duración del mandato del presidente de la SCJN, “al ser el líder político y moral de esas mayorías; sí, hay una indebida intromisiónâ€.

 

 

Riesgo por someter a actores del Poder Judicial

 

 

Leticia Bonifaz Alonzo, integrante del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW) afirmó que el trabajo diario de juezas y jueces demuestra que existe una independencia judicial; sin embargo, puntualizó que el riesgo está en tratar de subordinar y pedirle una rendición de cuentas individual a actores específicos que no constituyen todo el Poder Judicial.

 

Subrayó que la relación Ejecutivo-Judicial tiene que existir y habló sobre el ataque que se hace a la construcción de un sistema institucional contenido dentro de la Constitución. “Preocupa un sistemático ataque generalizado a los jueces, porque es diferente la crítica que uno puede hacer a un juez en particular, a estar sistemáticamente atacando a quien tiene formación, designación y sistema de carrera judicial, lo que hace que garantice su independenciaâ€.

 

Dijo que a partir de que se publique la norma, corre el plazo para una controversia constitucional y aquí existen tres escenarios posibles: que los ministros interpreten si el Transitorio es constitucional o no; que la Cámara de Diputados con el 33 por ciento se vaya a lo que la Corte decida, y que no suceda nada de esto y se llegue al primer día hábil del 2023 y se convoque a la elección del nuevo presidente porque se acabó el periodo para designar al ministro Saldívar.

 

Se debe pensar en los efectos locales

 

Diego Valadés Ríos, investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, dijo que los tribunales constitucionales están cumpliendo 100 años este año, y los argumentos que llevaron a la formación de los mismos eran esencialmente la supremacía de la Constitución en la llamada pirámide de las leyes, la inviolabilidad de la Constitución y la rigidez constitucional en cuanto a su reforma.

 

Indicó que el hiperpresidencialismo mexicano viene desde 1917, fue explicable en su momento, pero es inadmisible en el nuestro. “Es necesario pensar en los efectos locales que puede tener dentro de nuestro propio país esta retórica y esta ofensiva al sistema judicial porque el caciquismo no ha sido desterrado de nuestro paísâ€.

 

“Se debe pensar hacia el futuro, revisar el procedimiento legislativo sobre las reservas que se presentan sobre una reforma, lo cual puede determinar el Congreso en su propia ley, porque este sistema que se tiene del desechamiento de las reservas, sin que haya ninguna deliberación ni justificación, da lugar a que tengamos episodios como el que se está teniendo sobre este temaâ€, precisó.

 

Reforma al Poder Judicial busca diluir división de poderes

 

Claudia de Buen Unna, presidenta de la Barra Mexicana del Colegio de Abogados, comentó que la reforma al Poder Judicial es una violación sumamente grave a la Constitución. “Los ciudadanos debemos contar con la garantía de que los jueces, federales y locales, actúen con independencia, autonomía y libertadâ€.

 

La división de poderes obedece a un tema de contrapesos, el cual se está pretendiendo diluir. “Los mensajes que se reciben por parte del Ejecutivo son preocupantes porque se amenaza a los jueces y abogados para cumplir con sus tareas, mandando una señal equivocada que pone en tela de juicio la independencia de la Suprema Corteâ€, apuntó.

 

Manifestó que “es preocupante y delicada la situación que enfrentan los jueces, pues los fundamentos del Estado de derecho están cimentados en el respeto, la protección de los derechos humanos y la división de poderesâ€.

 

 

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