04 de diciembre 2024
entrevistas
Ciudad de México, a 1 de septiembre de 2021.
Ciudad de México, a 31 de agosto de 2021.
Ciudad de México, a 31 de agosto de 2021.

Monitoreo Radio TV Diciembre 2024
Lun Mar Mie Jue Vie Sab Dom
  1
2 3 4 5 6 7 8
9 10 11 12 13 14 15
16 17 18 19 20 21 22
23 24 25 26 27 28 29
30 31 

Estadísticas
Visitante No:
Contador


 
comunicaciónsocial
Boletín N°. 6543 Piden crear Fondo Federalista para Combatir la Violencia contra las Mujeres
  • La diputada Loya Hernández (MC) presentó reformas a la Ley de Coordinación Fiscal

 

 

  • El objetivo es dotar de presupuesto a proyectos y subsidios de las entidades para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra mujeres y niñas

 

 

27-05-2021.- La coordinadora de Movimiento Ciudadano, diputada Fabiola Loya Hernández, presentó una iniciativa para adicionar un artículo 53 a la Ley de Coordinación Fiscal, con el objetivo de crear el Fondo Federalista para Combatir la Violencia contra las Mujeres.

 

Dicha iniciativa, que fue remitida a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, señala que el Fondo se constituirá con cargo a recursos federales, mismos que serán determinados anualmente en el Presupuesto de Egresos de la Federación. La Secretaría de Gobernación formulará a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público una propuesta para su integración.

 

Agrega que el Ejecutivo Federal, a través de la SHCP, entregará a las entidades federativas el monto correspondiente por este Fondo, el cual se determinará tomando en consideración, como primer componente, las entidades con mayores niveles de violencia contra las mujeres y, como segundo, aquellas que la han disminuido en términos relativos, de acuerdo a la información del último año disponible del Instituto Nacional de Estadística y Geografía.

 

La información relacionada con las fórmulas y variables utilizadas en el cálculo para la distribución geográfica y el resultado de su aplicación que corresponderá a la asignación por cada entidad federativa y la Ciudad de México, deberá establecerse en el PPEF del ejercicio fiscal correspondiente, así como en sus datos abiertos publicados en el portal de Transparencia Presupuestaria de la SHCP, indica.

 

Detalla que los convenios y anexos técnicos celebrados entre la Secretaría de Gobernación y las entidades, deberán firmarse en un término no mayor a sesenta días, contados a partir de la publicación del resultado de la aplicación de las fórmulas y variables mencionadas.

 

En la exposición de motivos, se menciona que el objetivo del Fondo Federalista es dotar de presupuesto a proyectos y subsidios de las entidades federativas para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y las niñas.

 

Explica que en México se han hecho esfuerzos a fin de responder a compromisos adquiridos para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, con el diseño de mecanismos de coordinación para la atención del problema, como las leyes generales para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, y la de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

 

Sin embargo, destaca, no se podrá prevenir, sancionar y erradicar esa violencia, si en los más altos niveles no existe la voluntad política y el compromiso necesarios para que esa tarea tenga carácter prioritario en los ámbitos nacional y local.

 

Considera que la voluntad política se expresa en diversas formas, incluida en la asignación de recursos suficientes, la ubicación de los mecanismos de lucha contra las violencias hacia las mujeres en los más altos niveles, los esfuerzos por hacer cesar la impunidad, la condena visible y el sostenido apoyo de la sociedad civil para su erradicación.

 

 

--ooOoo--

 
Histórico hasta 2013
 
años:
| 2022 | 2021 | 2020 | 2019 | 2018 | 2017 | 2016 | 2015 | 2014 |
 
meses del 2022:
| Julio | Junio | Mayo | Abril | Marzo | Febrero | Enero |
 
Histórico hasta 2013
 
-->
difusión
comunicación