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Boletín N°. 1739 Cámara de Diputados recibe y turna iniciativa del Ejecutivo que reforma la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal
  • Busca otorgar facultades a la Secretaría de la Función Pública sobre las Unidades de Administración y Finanzas

 

 

26-04-2022.- La Mesa Directiva de la Cámara de Diputados informó al Pleno sobre la recepción de la iniciativa del Ejecutivo Federal con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

 

El documento, enviado a la Comisión de Gobernación y Población, busca transferir la facultad que actualmente tiene la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a la Secretaría de la Función Pública, sobre la coordinación y conducción de las Unidades de Administración y Finanzas o equivalentes en los entes de la Administración Pública Federal, con excepción de la Secretaría de la Defensa Nacional, la Secretaría de Marina y las empresas productivas del Estado.

 

Con ello, añade, se pretende que la Secretaría de la Función Pública (SFP) tenga la capacidad de prevenir conductas indebidas durante el ejercicio del gasto, mediante el establecimiento de mayores atribuciones frente a prácticas de corrupción.

 

“Estos cambios al marco jurídico, congruentes con la naturaleza de la SFP, coadyuvarán a fortalecer el adecuado ejercicio del servicio público mediante la vigilancia del gasto público durante su ejecución garantizando su administración transparente, eficiente, austera y sin corrupción”, abunda.

 

La finalidad es facultar a la Secretaría de la Función Pública para nombrar y remover en el sector central a las personas titulares de las Unidades de Administración y Finanzas; en el sector paraestatal, proponer al órgano de gobierno de las entidades el nombramiento y remoción de dichas personas, quienes dependerán jerárquica, estructural y presupuestalmente del respectivo ente público.

 

Concentrar en la Secretaría de la Función Pública la planeación, establecimiento, conducción y aplicación de la política general de contrataciones reguladas por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, así como su interpretación.

 

También, autorizarla a participar en las negociaciones comerciales internacionales relacionadas con compras del sector público, coordinar las compras estratégicas y elaborar disposiciones que promuevan la participación de la proveeduría nacional.

 

Además, dotarla de facultades para el rediseño de la organización y funcionamiento de los órganos internos de control, por sector, materia, especialidad, función específica o ente público, para el ejercicio de sus funciones.

 

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