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comunicaciónsocial
Bolet铆n N°. 0938 La Comisi贸n de Salud realiz贸 el Parlamento Abierto: Objeci贸n de Conciencia
  • El objetivo, garantizar de manera efectiva el acceso a la salud: diputado Emmanuel Reyes

 

02-02-2022.- La Comisi贸n de Salud, que preside el diputado Emmanuel Reyes Carmona (Morena), realiz贸, de manera semipresencial, el Parlamento Abierto: Objeci贸n de Conciencia, con el fin de analizar y atender el vac铆o legal que existe en el art铆culo 10 Bis de la Ley General de Salud en esa materia.

 

El diputado Reyes Carmona dijo que es importante tener un marco jur铆dico que garantice de manera efectiva el acceso a la salud, la objeci贸n de conciencia, la no discriminaci贸n y la libertad laboral.

 

Adem谩s, 鈥済arantizar el derecho de objeci贸n de conciencia como un derecho individual del personal m茅dico profesional y de enfermer铆a para excusarse de participar en procedimientos que contravengan sus convicciones religiosas, ideol贸gicas, 茅ticas o de conciencia鈥.

 

Afirm贸 que es preciso dar cabal cumplimiento a lo resuelto por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de Naci贸n en relaci贸n con la acci贸n de inconstitucionalidad 54/2018, en cuya sentencia se declar贸 la invalidez del art铆culo 10 Bis de la Ley y se exhort贸 al Congreso de la Uni贸n a que regule de manera urgente y prioritaria la objeci贸n de conciencia en materia sanitaria.

 

Puntualiz贸 que es importante armonizar el vac铆o legal. 鈥淧retendemos poner a disposici贸n de la ciudadan铆a la informaci贸n necesaria para que conozca y comprenda los distintos procesos parlamentarios y conseguir que la comunicaci贸n entre representantes y ciudadanos fortalezca la democracia鈥.

 

Subray贸 que es relevante construir un dictamen a partir de las iniciativas presentadas para reformar la Ley en la materia. 鈥淣uestro deber es dictar normas que coadyuven a erradicar la vulneraci贸n de los derechos humanos, sobre todo el de la salud, as铆 como el de las personas a las que se les puede negar o restringir el derecho a la salud, como puede ser trasplantes de 贸rganos, transfusiones sangu铆neas, cuidados paliativos, interrupci贸n del embarazo cuando 茅ste sea necesario, entre otros鈥.

 

Participaci贸n de diputadas y diputados

 

El diputado Joaqu铆n Zebad煤a Alva (Morena) refiri贸 que la objeci贸n de conciencia se ejerce en caso de trasplante de 贸rganos, trasfusiones, cuidados paliativos e interrupci贸n del embarazo, de manera que, aunque el personal de salud tiene derecho a ejercerlo, el incumplimiento de los deberes hacia los ciudadanos por parte de las instituciones puede lesionar los derechos a la salud, la integridad e incluso a la vida.

 

鈥淓n este Parlamento escucharemos las voces de las y los expertos que ayudar谩n a enriquecer un proyecto de dictamen para llenar el vac铆o normativo que existe y que deja en estado de indefensi贸n a las y los mexicanos鈥, apunt贸.

 

La diputada Martha Estela Romo Cu茅llar (PAN) dijo que se necesita encontrar un equilibro para garantizar un verdadero servicio de salud y que quien ejerce la objeci贸n de conciencia tenga la libre convicci贸n de cumplir sin comprometer sus creencias. 鈥淪i se hubiera hecho la legislaci贸n con pulcritud no estar铆amos en este Parlamento Abierto intentando corregir la plana, debemos hacer un trabajo en profundidad y garantizar en hechos y no s贸lo en discursos estos derechos鈥.

 

Indic贸 que estas acciones deben ser acompa帽adas no solamente en lo que la ley dice, pues en la Constituci贸n hay un derecho a la salud, pero en la pr谩ctica existen muchos lugares donde no hay m茅dicos, pero se les debe dar la garant铆a de tener la conciencia de hacerlo desde su convicci贸n. 鈥淣o se trata del derecho del personal m茅dico de objetar o no, sino las reglas claras que la Corte nos pide pongamos en ley鈥.

 

La diputada del PRI, Frinn茅 Azuara Yarz谩bal, puntualiz贸 que la Corte fue muy clara en sus conclusiones, por lo que es necesario que se especifiquen los alcances y l铆mites del personal m茅dico o de enfermer铆a cuando se niegan a un procedimiento sanitario si se oponen a sus convicciones religiosas, ideol贸gicas, 茅ticas o de conciencia, pero no pueden poner en riesgo la salud del paciente.

 

El objetor debe proporcionar la informaci贸n y orientaci贸n necesaria, a fin de remitir el caso a un colega, sin emitir juicios de valor que discriminen a los beneficiarios del servicio de salud y abstenerse de persuadir a los usuarios. El Estado debe garantizar que las unidades m茅dicas tengan personal no objetor o garantizar el acceso al derecho a la atenci贸n a trav茅s del traslado.

 

La diputada Margarita Garc铆a Garc铆a (PT) consider贸 que se deben establecer alcances y l铆mites para la decisi贸n que tome el personal m茅dico del sistema nacional de salud p煤blica. Consider贸 que es necesario respetar las ideolog铆as de cada persona sin importar la profesi贸n. Sin embargo, esto toma gran importancia en la atenci贸n que presta el personal de salud debido a que algunos no coinciden con los derechos que tiene los pacientes en temas de salud sexual, control de natalidad y aborto.

 

Consider贸 que el Parlamento dar谩 a los legisladores las directrices a seguir para establecer el alcance de las decisiones del personal m茅dico y de enfermer铆a, a fin de abstenerse de atender a los pacientes. 鈥淓stoy segura que todas las aportaciones que se realicen aqu铆 ser谩n la base para que esta Comisi贸n cumpla con el llamamiento de la Suprema Cortes de Justicia de la Naci贸n鈥.

 

De Movimiento Ciudadano, el diputado Salom贸n Chertorivski Woldenberg afirm贸 que legislar bien sobre este tema es asunto de vida o muerte. Se necesita un marco jur铆dico que contemple la defensa del derecho a la libertad religiosa y de convicciones, pero no a expensas de una posible afectaci贸n del derecho universal a la salud. 鈥淣ecesitamos una ley que, sin privar a m茅dicos y enfermeras de la prerrogativa de actuar conforme a su moral o religi贸n, proteja la esperanza de pacientes鈥.

 

Puntualiz贸 que la objeci贸n de conciencia deber谩 seguir una ruta an谩loga a la del conflicto de intereses. El personal de salud tiene que declararla con anticipaci贸n por medio de un formato previamente dise帽ado y no de manera verbal al momento de realizar un procedimiento. 鈥淣uestra legislaci贸n puede incluir la posibilidad de reconocer la objeci贸n, pero no darle el car谩cter de derecho absoluto, por sobre el derecho a la protecci贸n de salud. Todos los servicios de salud p煤blica deben asegurar el contar con personal no objetor鈥.

 

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