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Boletín N°. 1981 Proponen cambios a la Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza
  • El diputado Román Cifuentes Negrete (PAN) impulsa una iniciativa al respecto

 

09-06-2022.- El diputado Román Cifuentes Negrete (PAN) impulsa una iniciativa que adiciona la Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza, para incorporar que la finalidad del uso de la fuerza debe ser tutelar la vida e integridad de las personas o evitar que se vulneren bienes jurídicamente protegidos o mantener o restablecer el orden y la paz pública, siempre que existan circunstancias que así lo ameriten.

 

Las adiciones a los artículos 3 y 4 de la ley, también establecen que el uso de la fuerza se regirá por el principio de Oportunidad: para que deba procurarse el momento y lugar en que se reduzcan al máximo los daños y afectaciones tanto a la vida como a la integridad de las personas involucradas y en general la afectación de los derechos de las personas.

 

Asimismo, por el principio de Racionalidad: para que en la medida de lo posible, las actuaciones y reacciones de los miembros de seguridad pública, no se rijan por valoraciones subjetivas o irracionales, sino que se aprecien los hechos tal como son, con independencia de los prejuicios, pasiones, ideologías u otros paradigmas particulares que detente el sujeto.

 

El documento, turnado a las comisiones unidas de Seguridad Ciudadana, y de Gobernación y Población, señala que se pretende atender puntualmente lo resuelto por la Suprema Corte de Justicia en funciones de Tribunal Constitucional, respecto a que el Congreso legisle para establecer, en la Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza, la finalidad del uso de la fuerza y la sujeción de su uso a los principios de racionalidad y oportunidad.

 

Recalca que la iniciativa tiene la finalidad de atender puntualmente la sentencia emitida por la SCJN y prever los efectos que la reforma habrá de generar en el ámbito administrativo, particularmente en el contenido de los manuales de técnicas para el uso de la fuerza y la descripción de las conductas a realizar por parte de los agentes y la capacitación que dichas personas servidoras públicas deben recibir.

 

La propuesta precisa que la seguridad es un servicio que debe prestar el Estado; de esta forma, la seguridad ciudadana implica garantizar un contexto pacífico para el desenvolvimiento de la vida social en el que se respeten la integridad física de todas las personas, así como los derechos de los individuos y sus bienes, y el resarcimiento del daño para las víctimas de delitos.

 

Señala que el uso de la fuerza ejercida por los cuerpos de seguridad pública en el cumplimiento de sus funciones, tiene por objeto salvaguardar las libertades, la paz pública, la seguridad ciudadana y prevenir la comisión de delitos e infracciones a las distintas disposiciones normativas, y no ser usada con fines de venganza o con propósito de intimidación.

 

“Si bien es cierto, las personas integrantes de los cuerpos de seguridad pública tienen la facultad legal de utilizar la fuerza física en los casos que así lo amerite, también es cierto que la misma debe ser aplicada de forma prudente, lógica y adecuada; debe existir racionalidad y proporcionalidad entre la agresión y la repulsa, ya que esta última no debe ser excesiva al grado de ocasionar violencia tanto en las personas como en sus bienes”, puntualiza.

 

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