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LaCronica
13:09  |  22 - 01 - 2014
Congreso declara constitucionalidad de reforma en transparencia

La Comisi贸n Permanente del Congreso de la Uni贸n emiti贸 la declaratoria de constitucionalidad y turn贸 al Ejecutivo federal para su promulgaci贸n, la reforma en materia de transparencia, la cual dota de autonom铆a plena al Instituto Federal de Acceso a la Informaci贸n y Protecci贸n de Datos (IFAI).
El presidente de este 贸rgano legislativo, Ricardo Anaya Cort茅s, dio a conocer que hasta el momento 18 Congresos estatales han avalado la reforma que modifica disposiciones de los art铆culos 6, 73, 76, 89, 105, 108, 111 y 122 de la Constituci贸n.
Indic贸 que las legislaturas locales que han ratificado la reforma son: Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Campeche, Chiapas, Coahuila, Colima, Durango, Jalisco, M茅xico, Nayarit, Puebla, Quer茅taro, Quintana Roo, San Luis Potos铆, Sinaloa, Tamaulipas y Zacatecas.
A partir de que la reforma se publique en el Diario Oficial de la Federaci贸n, el Congreso de la Uni贸n contar谩 un a帽o para expedir las leyes reglamentarias.
De manera inicial, el Senado de la Rep煤blica aprob贸 el dictamen de la reforma el 20 de diciembre de 2012 y lo turn贸 al Palacio Legislativo de San L谩zaro, donde se modific贸 el 22 de agosto de 2013.
El Senado aval贸 con los cambios el 20 de noviembre de 2013 y envi贸 de regreso a la C谩mara de Diputados, que la aprob贸 definitivamente el 26 de noviembre y turn贸 a las legislaturas estatales para su ratificaci贸n.
Con la reforma constitucional se otorga autonom铆a plena al IFAI y sus resoluciones ser谩n inatacables, con el prop贸sito de que el ciudadano cuente con mejores herramientas para evaluar a sus funcionarios y representantes.
Asimismo, prevalecer谩 el principio de "m谩xima publicidad", bajo el cual tendr谩n que operar las instancias que sean auspiciadas por parte del gobierno en sus diversos niveles.
Toda clase de informaci贸n sobre los asuntos y recursos que manejan las instituciones p煤blicas puede ser conocida por la ciudadan铆a, salvo excepciones previstas en la ley y que son las relacionadas con la seguridad nacional y la informaci贸n personal de los ciudadanos.
El IFAI podr谩 resolver, igualmente, los recursos que interpongan los particulares respecto a las resoluciones que determinen la reserva, confidencialidad, inexistencia o negativa de una informaci贸n.
Adem谩s, se establece que es p煤blica toda la informaci贸n en posesi贸n de cualquier autoridad, entidad, 贸rgano y organismo de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, 贸rganos aut贸nomos, partidos pol铆ticos, fideicomisos y fondos p煤blicos.
Asimismo, de cualquier persona f铆sica, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos p煤blicos o realice actos de autoridad en el 谩mbito federal, estatal y municipal.
Tambi茅n se instituye que s贸lo el consejero jur铆dico del Ejecutivo federal podr谩 apelar las resoluciones del IFAI ante la Suprema Corte de Justicia de la Naci贸n y 煤nicamente cuando puedan poner en peligro la seguridad nacional.
Los actuales comisionados del IFAI podr谩n formar parte del nuevo organismo aut贸nomo por el tiempo que resta de su nombramiento y para ese prop贸sito se debe presentar una solicitud formal al Senado de la Rep煤blica, que resolver谩 en un plazo de 10 d铆as, y su eventual ratificaci贸n debe ser avalada por dos terceras partes de los legisladores presentes. /gh/m

 
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