La Cámara de Diputados aprobó reformar el Artículo 60 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, para que los recursos iniciados de oficio se entenderán caducados cuando la autoridad, por su inactividad, propiciara la paralización de los mismos por tres meses. El dictamen, avalado en lo general y particular por 393 votos a favor y tres abstenciones, comentó que en los citados casos se procederá al archivo de las actuaciones, a solicitud de la parte interesada o de oficio. La minuta fue remitida al Senado de la República para sus efectos constitucionales. Uno de los objetivos de esa propuesta es brindar mayor seguridad y certeza jurídica, así como operar en pro del derecho fundamental a una justicia pronta y expedita. Indicó que la razón de ser de la caducidad es puntualizar la eficacia de un procedimiento en cuanto al tiempo, para no dejar abierta la posibilidad de que las autoridades actúen o dejen de hacerlo a su arbitrio sino, por el contrario, observen y atiendan las reglas que establecen. Con la reforma se robustece la figura de la caducidad sin causar perjuicio alguno al gobernado y sin violar el orden público y el interés social perseguido por el Estado. Además, mencionó que el tercer párrafo del Artículo 60 de la Ley detalla que la autoridad cuenta con el tiempo suficiente para el estudio del asunto y resolver conforme a derecho. Al fundamentar el dictamen, la presidenta de la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, Areli Madrid Tovilla, detalló que la propuesta pretende que los procedimientos administrativos iniciados de oficio por la autoridad se entiendan caducados. Ello, abundó, no sólo en el caso de que transcurra el plazo de 30 días, sino también cuando la autoridad, por su inactividad, haya propiciado la paralización del procedimiento por tres meses. Con ello, dijo, se busca que las autoridades administrativas cumplan plenamente con sus funciones procedimentales y de observancia del principio de legalidad. Asimismo, indicó, evitar que los ciudadanos que sean sujetos a un procedimiento administrativo iniciado de oficio, como una verificación administrativa en materia ambiental, les vulneren derechos y les cree incertidumbre en su estatus jurídico. Al fijar la postura del Partido Revolucionario Institucional (PRI), la diputada María del Rocío García Olmedo destacó que en México la impartición de justicia en materia civil, familiar y penal avanzó mucho. Sin embargo, apuntó, “no podemos olvidar el ramo administrativo, pues también ahí se debe garantizar la seguridad jurídica”. También, expuso, que la caducidad es una institución procesal que evita la incertidumbre que supone un procedimiento, y puntualiza la eficacia en cuanto al tiempo, para no dejar abierta la posibilidad de que las autoridades actúen o dejen de hacerlo arbitrariamente y generen incertidumbre. El diputado panista Enrique Alejandro Flores Flores coincidió en que esta enmienda motiva a la autoridad para que trabaje eficientemente en la resolución de conflictos en materia de anticorrupción. Sostuvo que el plazo propuesto para la caducidad de los procedimientos administrativos, son “un término justo para que estos temas se resuelvan y tengan un curso fluido, ya que no es posible que se dilaten los procesos por motivos de inactividad”. Del Partido de la Revolución Democrática (PRD), la legisladora Gloria Bautista Cuevas mencionó que con esos cambios se fortalece la institución procesal de la caducidad de la instancia. Pues, especificó, permite acotar los tiempos para que la autoridad se apegue a los términos señalados en la propia ley establecida en el Artículo 17 constitucional, dé una respuesta oportuna, pronta y expedita en beneficio de la ciudadanía y se le otorgue mayor certeza jurídica. El diputado Luis Antonio González Roldán, de Nueva Alianza, indicó que el dictamen va encaminado a agilizar los procedimientos administrativos al fijar un plazo máximo para el término del proceso sancionador; de esta manera “se evitan demoras y el alargamiento de los procedimientos al libre arbitrio de la autoridad”. Al aprobar esas reformas, añadió, se propicia que los procesos se lleven a cabo con mayor eficacia y prontitud, al sancionar de facto el no ejercicio de las facultades de la autoridad para actuar de manera pronta y expedita en la aplicación de la ley. La legisladora Zuleyma Huidobro González, de Movimiento Ciudadano, expresó que se robustece la figura de caducidad sin causar perjuicio alguno al gobernado y sin violar el orden público e interés social perseguido por el Estado, ya que la autoridad contará con el tiempo suficiente para el estudio del asunto y resolver conforme a derecho. Recordó que esos cambios fueron impulsados por legisladores de Movimiento Ciudadano, y el proceso administrativo debe cumplir con la garantía de seguridad jurídica, al reducir en todo momento los espacios de indeterminación para el gobernado. En pro del dictamen, los legisladores de Movimiento Ciudadano, Ricardo Monreal Ávila y Ricardo Mejía Berdeja, celebraron la reforma, ya que, con este avance legal, se le da “más certeza a dichos procedimientos y se reduce la discrecionalidad en su trámite”. Hicieron notar que en distintos textos normativos se quita o agrega la figura procesal de la caducidad, “necesaria para no dejar sin defensa a los gobernados”. agb/m |