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13:20  |  30 - 04 - 2015
Avalan creaci贸n de consejos ciudadanos para pol铆ticas de juventud

La Comisi贸n de Juventud aval贸 por mayor铆a el dictamen a la minuta que faculta al Instituto Mexicano de la Juventud a celebrar acuerdos y convenios con las autoridades estatales y municipales, a fin de promover la integraci贸n de Consejos Ciudadanos de Seguimiento de Pol铆ticas P煤blicas para esta poblaci贸n a nivel local.

 

El 19 de septiembre de 2013, la C谩mara de Diputados aprob贸 el dictamen, pero el Senado de la Rep煤blica lo desech贸 y devolvi贸 la minuta a la colegisladora, cuya Comisi贸n de Juventud la aval贸.

 

La colegisladora argument贸 la improcedencia de la propuesta, porque ya existe la representaci贸n de los estados en la composici贸n del Consejo Ciudadano de Seguimiento de Pol铆ticas P煤blicas en materia de Juventud y se contrapone con el numeral segundo del p谩rrafo tercero del Art铆culo 33 del Estatuto Org谩nico del Imjuve y adem谩s la instituci贸n ya tiene la atribuci贸n propuesta.

 

Sin embargo, la Comisi贸n de Juventud de la C谩mara de Diputados sostuvo que "no se aprecia contradicci贸n alguna" y consider贸 incorrecto este razonamiento, "toda vez que la iniciativa no pretende suplir deficiencias de representaci贸n en ese 贸rgano".

 

El presidente de la Comisi贸n de Juventud, Jos茅 Luis Oliveros Usabiaga, aclar贸 que se busca fomentar la creaci贸n de entes con caracter铆sticas y funciones an谩logas a las del Consepp -su labor se limita al 谩mbito federal- en todos los estados, en particular en donde no existan 贸rganos con una estructura o funciones similares.

 

Precis贸 que no se puede plantear la inviabilidad de una reforma o adici贸n legal con base en que su contenido es contradictorio con el de normas jer谩rquicamente inferiores.

 

El Estatuto Org谩nico del Imjuve, explic贸, as铆 como el de los dem谩s organismos descentralizados federales, es un ordenamiento que se funda en la ley y su validez est谩 supeditada a las disposiciones de la norma legal que prev茅 su expedici贸n y sus reformas.

 

"Este criterio no puede aplicarse a la inversa, sin objeciones de jerarqu铆a normativa. A partir de la interpretaci贸n sistem谩tica de diversos art铆culos constitucionales, en particular el 1潞 y el 133, resulta que el legislador 煤nicamente est谩 limitado en el ejercicio de sus funciones por lo dispuesto en la Constituci贸n y los Tratados Internaciones de Derechos Humanos, no por el contenido de otros ordenamientos", se帽al贸 el diputado de Acci贸n Nacional (PAN)

 

Argument贸 que no existe una "sobreregulaci贸n", ya que la celebraci贸n de convenios para establecer Consejos de Seguimiento de Pol铆ticas P煤blicas a nivel local "constituye una medida de fomento de la participaci贸n ciudadana en la evaluaci贸n de programas y acciones en favor de la juventud; implica una innovaci贸n", indic贸.

 

A trav茅s de estos consejos locales, agreg贸, los j贸venes de todo el pa铆s podr谩n participar y supervisar los programas p煤blicos expedidos por los gobiernos locales, a fin de emitir opiniones y propuestas con el prop贸sito de que se atiendan y resuelvan sus problemas reales.

 

De esta forma, la juventud se suma a la construcci贸n de las estrategias p煤blicas, ya que apenas el 11 por ciento de los j贸venes de entre 12 y 29 a帽os de edad participa en organizaciones civiles. Es decir, s贸lo uno de cada 10 desarrolla actividades de car谩cter social.

 

El grupo de entre 15 y 19 a帽os es el que participa con m谩s frecuencia, en el 40.6 por ciento de los casos, mientras que los j贸venes de 25 y 29 a帽os s贸lo lo hacen en 15.4 por ciento, mostrando que a mayor edad menor es el inter茅s de participaci贸n, debido a la falta de tiempo, desinter茅s, desagrado o desconfianza del alcance real de sus acciones.

 

Por ello, Oliveros Usabiaga refiri贸 la importancia de crear los Consejos Ciudadanos de Pol铆ticas P煤blicas y resalt贸 que "es urgente en M茅xico generar una pol铆tica p煤blica transversal que permita a los j贸venes estar informados en todo momento y que participen en ella".

 

En este contexto, la instancia legislativa aprob贸 la adici贸n a la fracci贸n XVI del Art铆culo 4 y reform贸 el 8, as铆 como la denominaci贸n del Cap铆tulo III para armonizarlos con el nombre del Consepp, contenidos en la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud.

 

Por otra parte, Laura Guadalupe Vargas Vargas. secretaria de la comisi贸n, resalt贸 la importancia de construir una Ley General de la Juventud, a fin de atender las demandas de las personas de entre 12 y 29 a帽os de edad y se les reconozca como sujetos de derecho.

 

Dijo que es valioso que haya inter茅s por parte de los legisladores para impulsarla; lament贸 que no se haya logrado aprobar en la presente Legislatura e hizo votos por que en la pr贸xima se avance en la construcci贸n de este nuevo marco jur铆dico.

 

Esto, indic贸 para que reconozca plenamente los derechos de este sector, conformado por m谩s de 38.2 millones de mexicanos, es decir, m谩s de un tercio de la poblaci贸n total del pa铆s.

 

Al respecto, Oliveros Usabiaga asegur贸 que la comisi贸n no ha sido omisa y reconoci贸 el compromiso de los legisladores por avanzar en edificar un marco jur铆dico general. /gh/m

 
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