La Comisi贸n de Gobernaci贸n de la C谩mara de Diputados aprob贸 en sesi贸n de trabajo el dictamen de la minuta que expide la Ley Reglamentaria del Art铆culo 29 de la Constituci贸n. Esta norma regula el procedimiento para decretar la restricci贸n o suspensi贸n de garant铆as, a fin de que el Ejecutivo enfrente situaciones de amenaza o emergencia en territorio nacional. El texto de 34 art铆culos y dos transitorios precisa que esto solo proceder谩 en casos de invasi贸n; perturbaci贸n grave de la paz p煤blica (situaciones de violencia que alteren la estabilidad social y pongan en riesgo la integridad, seguridad o libertad de la poblaci贸n y que representen una amenaza a la capacidad de las instituciones del Estado para hacerles frente). Tambi茅n en casos de grave peligro o conflicto (circunstancias excepcionales que generen afectaciones a la poblaci贸n por factores de orden sanitario, ambiental, clim谩tico, qu铆mico o f铆sico, o bien, por acciones que los expongan a emergencias o desastres, sean de origen natural o antropog茅nico). Indica que el presidente de la Rep煤blica debe someter a consideraci贸n del Congreso de la Uni贸n o de la Comisi贸n Permanente, en su caso, el proyecto de decreto para declarar una restricci贸n o suspensi贸n. Aclara que estas 煤ltimas soberan铆as tendr谩n que considerar el caso de obvia y urgente resoluci贸n, votarlo en un plazo no mayor a 48 horas y convocar a sesi贸n extraordinaria, de ser necesario. La Suprema Corte de Justicia de la Naci贸n, por su parte, deber谩 pronunciarse sobre la constitucionalidad y validez de los decretos. En el cap铆tulo IV el dictamen estipula el Control Parlamentario del Congreso de la Uni贸n sobre dicha acci贸n jur铆dica. Para ello, agrega, el Ejecutivo est谩 obligado a entregarle informes detallados sobre las medidas administrativas y legislativas adoptadas, sobre su aplicaci贸n, y sobre la evoluci贸n de la situaci贸n cada 30 d铆as durante el tiempo que est茅 vigente el decreto. La restricci贸n o suspensi贸n de derechos y garant铆as, subraya, concluir谩 cuando haya terminado el plazo fijado para ello; cuando hayan desaparecido las causas que le dieron origen; por decreto del Congreso de la Uni贸n o del Ejecutivo federal, seg煤n precisa el texto en sus 煤ltimos art铆culos. Adem谩s del aval de la Comisi贸n de Gobernaci贸n, que preside la diputada Mercedes del Carmen Guill茅n Vicente, el documento tambi茅n debe ser aprobado por la de Derechos Humanos antes de ponerse a consideraci贸n del pleno. Durante la discusi贸n de la propuesta, Guill茅n Vicente asegur贸 que el dictamen 鈥渞e煤ne los est谩ndares internacionales鈥 de derechos humanos, de tal forma que organismos con representaci贸n en M茅xico y el Alto Comisionado de las Naciones Unidas 鈥渆st谩n absolutamente convencidos de que el documento se encuentra dentro de los par谩metros鈥. Adem谩s, insisti贸 en que la ley fue objeto de mucho estudio y pas贸 por todas las revisiones correspondientes dentro de la Comisi贸n de Gobernaci贸n, aunque podr谩n hacerse aportaciones cuando sea analizado en el pleno. El legislador priista Cesar Alejandro Dom铆nguez Dom铆nguez sostuvo que la minuta es un avance significativo 鈥渆n el momento en que estamos viviendo actualmente鈥, que permite cuidar las garant铆as y los derechos humanos, adem谩s de que da pie a un 鈥渃铆rculo virtuoso鈥 en el que participan todos los Poderes de la Uni贸n. A su vez, Ulises Ram铆rez N煤帽ez, del Partido Acci贸n Nacional (PAN), afirm贸 que los actos terroristas que se observan en varias partes del mundo 鈥渉an trastocado la forma de c贸mo debemos vivir y regular nuestras convivencias鈥. Es por ello, que algunos pa铆ses como Francia han solicitado a organizaciones internacionales aplicar el 鈥淓stado de excepci贸n鈥. Celebr贸 que en esta figura jur铆dica participen los tres Poderes de la Uni贸n pues 鈥渆s mejor tenerlo regulado que tenerlo suelto y discrecional a un solo poder鈥. /gh/m |