Carlos González (CG), conductor: La Comisión de Gobernación de la Cámara de Diputados aprobó por mayorÃa el dictamen elaborado a partir de una minuta del Senado que reglamenta la suspensión de garantÃas en el paÃs. La normatividad faculta al Ejecutivo Federal a determinar qué sucesos pueden representar una amenaza para el paÃs, la sociedad y el orden y que ameriten la suspensión de algunos derechos. Para ahondar en el tema le quiero agradecer al diputado Armando Luna, presidente de la Comisión de Derechos Humanos en San Lázaro, que me acepte la llamada. Diputado, muy buenos dÃas. Armando Luna Canales (AL), presidente de la Comisión de los Derechos Humanos en la Cámara de Diputados: Buenos dÃas. Un gusto saludarlo. CG: ¿Cuál serÃa la suspensión de algunos derechos, de qué derechos? AL: Lo que se está haciendo en este momento es un proceso legislativo que tiene un poco de retraso, ésta es una norma que debÃa de haberse reglamentado desde 1917, que es un momento que estamos en proceso. Hay que decir que es una ley que no tiene por objeto restringir derechos, lo que tiene es por objeto salvaguardar derechos en situaciones de excepción, o en situaciones de extremo peligro para la preservación del paÃs o de las instituciones necesarias para que el paÃs funcione. La reglamentación implica una defensa a los derechos de las personas, es un proceso complejo en el que el Ejecutivo, el Poder Legislativo y el Poder Judicial tienen una intervención desde el momento en que se decreta durante lo que dura el estado de excepción y finalmente hasta su terminación. ¿Qué situaciones pudieran ocurrir? Tal vez lo primero que viene a la mente serÃa un disturbio, pero creo que hay otros temas. Incluso tendremos precedentes recientes, por ejemplo, de epidemias, como aquella que se dio con la influenza AH1N1. También quisiera remitirme a lo que sucede en estos momentos en Francia, donde la situación derivada de los actos terroristas ha implicado el tomar medidas de excepción que permiten atender el problema del terrorismo y sobre todo buscar que esto se haga con un control permanente. Esta ley viene a restringir muchas de las atribuciones que quedarÃan abiertas en caso de no haber una ley y por otro lado, no se puede disponer de todos los derechos. No todos los derechos pueden ser sujetos a una limitación. Entonces yo dirÃa que es un proceso complejo donde intervienen y están monitoreados siempre por el máximo garante de los derechos en nuestro paÃs, que es la Suprema Corte; lo que tenemos que hacer es continuar con este proceso y darle al ciudadano la certeza y la garantÃa de que esto más que restringir derechos, lo que hace es poner lÃmites a una facultad que ya se expresa en la Constitución. CG: Cuando hablamos de estas situaciones en donde se aplicarÃa esta medida, son realmente excepcionales, ¿hay algún antecedente inmediato? AL: El ArtÃculo 29 constitucional lo reproduce, habla de casos de invasión. Hay otros casos donde se habla de perturbación a la paz pública, que genera algunas dudas en algunas personas, o cualquier otro caso que ponga a la sociedad en grave peligro o conflicto. Creo yo que es sujeto a opiniones, pero también que la propia ley establece los mecanismos y las garantÃas para que no se presenten. Que quede claro que si se aplica una disposición de éstas, tiene que ser con reglas muy claras y con control permanente del Poder Judicial. CG: ¿Lo ocurrido en ParÃs y recientemente en Bruselas, detona de alguna forma esta acción? AL: Se comentó eso en la Comisión de Gobernación, yo creo que México está lejos de una situación parecida, pero finalmente es el dispositivo que prevé la Constitución. Vemos que el funcionamiento de un estado excepcional como lo que sucede ahorita en Francia, como lo que sucede en lugares donde hemos visto disturbios. CG: Diputado Armando Luna, un gusto y agradecido por la oportunidad. AL: Al contrario. Estamos a sus órdenes para cualquier información adicional. CG: El diputado Armando Luna Canales, presidente de la Comisión de los Derechos Humanos. Duración 9´56´´, ys/m. |