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MonitorMVS1025
6:39  |  15 - 04 - 2016
Alistan diputados Código de Ética; prevé sanciones como suspensión de la dieta

En la Cámara de Diputados, pronto podrían terminar los derroches, la ostentación, los conflictos de interés, la revelación de información, las faltas injustificadas, las inasistencias a las reuniones de comisiones y el pleno, las interrupciones y tomas de Tribuna, los moches, las groserías y el uso de “expresiones vulgaresâ€.

 

De acuerdo al proyecto de Código de Ética que se discute en la Comisión de Régimen, Reglamento y Prácticas Parlamentarias, ese tipo de conductas serían sancionadas con amonestaciones y también con la suspensión del pago de la “dieta†o sueldo mensual que reciben los congresistas.

 

El Código que integra las propuestas hechas por el diputado del PAN, Jorge Triana y la diputada del PRI, Carolina Monroy, contempla un artículo relativo a las sanciones a los legisladores que violen la “disciplina parlamentariaâ€.

 

Se trata de amonestaciones privadas, amonestaciones públicas con constancia en actas y el Diario de los Debates; la suspensión de la dieta por un día y hasta por dos meses, es decir, 60 días; así como la remoción de las comisiones y comités a los que pertenezca el infractor, esto último, a propuesta de la Junta de Coordinación.

 

El ordenamiento que de aprobarse será obligatorio, añade que la Mesa Directiva determinará las sanciones por aplicar; podrá actuar de “oficio†ante cualquier incumplimiento; aunado a que podrá ordenar la investigación de los hechos.

 

Los infractores tendrán derecho de audiencia y de presentar pruebas, a fin de defenderse

 

En tanto, la Directiva tendrá hasta seis meses para revisar los casos que se presenten, así como para ordenar una sanción.

 

Las amonestaciones que determine la Mesa Directiva serán aplicadas por los coordinadores parlamentarios; y si se trata de la remoción de comisiones y comités, la Junta de Coordinación se encargará de proponerlo a la Mesa Directiva, que a su vez, lo someterá a votación en el Pleno.

 

El presidente de la Cámara, podrá ordenar que la información sobre las sanciones impuestas, se publique en un lugar visible en la página de internet oficial.

 

La normatividad expone que los diputados deberán conducirse en torno a los principios de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia.

 

También se verán obligados a denunciar ante las instancias correspondientes, los actos de los cuales tengan conocimiento y que pudiesen causar perjuicio al Estado, constituir un delito o cualquier otra irregularidad legal. No podrán revelar información calificada como “reservada†o confidencial.

 

En el caso del principio de honradez, los diputados tendrán que abstenerse de caer en actos de corrupción o conflicto de interés; no realizar gestiones ajenas a la labor parlamentaria, como el llamado “cobro de mochesâ€; y tampoco podrán aceptar regalos, donaciones y adquirir bienes a menores precios que los de mercado, siempre y cuando ésta pueda afectar sus funciones.

 

Asimismo, no podrán incurrir en abusos de poder; no deberán ser ostentosos; no podrán dar asesoría, consultorías, ofrecer estudios y otras actividades que pudieran significar un beneficio patrimonial.

 

Deberán excusarse públicamente de participar en la aprobación de leyes y decretos e incluso de puntos de acuerdo, cuando estén involucrados intereses económicos directos personales o familiares.

 

La normatividad incluye evitar el abuso, derroche o desaprovechamiento de los recursos; no desarrollar actividades o trabajos remunerados ajenos a la labor parlamentaria y que involucren conflictos de interés. De igual modo, se deberán abstener de participar en campañas publicitarias y no podrán permitir que su nombre sea utilizado para la venta de Bienes y servicios.

 

El principio de lealtad que deberán observar, refiere a que tendránuna “conducta intachable†y transparente tanto en su vida pública como personal, conforme a las “buenas costumbres†y la ética.

 

Respecto a la conducta imparcial, deberán abstenerse de “pretender†trato diferencial al momento de realizar trámites para ellos y sus familias; no incurrirán en discriminación a otros legisladores o ciudadanos; y se manejaran de manera “digna y decorosaâ€, “sobria†y “moderadaâ€.

 

En cuanto a la eficiencia, tendrán que presentarse a cumplir con su labor “oportunamenteâ€, acudir a las reuniones de comisión, no ausentarse sin justificación y no obstruir el desarrollo “normal†de las reuniones de comisiones ni del Pleno.

 

Tampoco podrán interrumpir a los oradores; no podrán usurpar el lugar o funciones de los integrantes de la Mesa Directiva, es decir, se penalizarán las tomas de Tribuna; no podrán alterar el orden con exclamaciones “soeces o altisonantesâ€; y no podrán excederse en el tiempo de sus intervenciones.

 

La conducta de los congresistas deberá ser respetuosa, por lo que no se permitirá el uso de expresiones “vulgaresâ€, despectivas, degradantes y soeces.

 

Tendrán que ser tolerantes ante las críticas de la ciudadanía y la prensa; apegarse a los principios de transparencia; conducirse con honradez; no emplear el cargo para obtener beneficios personales o familiares; actuar con independencia, es decir, alejados de influencias “ajenas†a lo parlamentario.

 

Serán cordiales respetuosos, profesionales y responsables; tolerantes ante las opiniones ajenas; cumplirán sus obligaciones de manera “diligenteâ€; mantendrán la “integridad†y la ética en su actuar; serán objetivos y no deberán ceder ante influencias por intereses personales o particulares. Del mismo, deberán ser productivos en materia legislativa. ys/m.

 
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