La facilidad para adquirir una l铆nea de celular en la modalidad de prepago propicia que las extorsiones telef贸nicas se lleven a cabo desde un "implacable anonimato que no permite identificar a los responsables, quienes en muchas ocasiones se encuentran a grandes distancias de la v铆ctima". As铆 lo se帽al贸 el diputado Tom谩s Roberto Montoya D铆az e indic贸 que actualmente es com煤n observar como en tiendas de conveniencia, locales comerciales, kioscos e incluso en comercios informales o ambulantes se ofrecen tarjetas SIM y tel茅fonos celulares de prepago. Con esos aparatos se pueden hacer llamadas destinadas a la comisi贸n del delito, sin que para su adquisici贸n se pida alg煤n dato del comprador. Para enfrentar esa situaci贸n el legislador priista present贸 una iniciativa en la que se plantean cambios a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusi贸n. Con ello se busca condicionar la venta y/o activaci贸n de tarjetas SIM, tel茅fonos celulares de prepago o cualquier otro dispositivo vinculado a un usuario de l铆nea telef贸nica, a la presentaci贸n de una identificaci贸n oficial y comprobante de domicilio que permitan recabar los datos necesarios para constituir los registros respectivos. As铆 mismo para que la Procuradur铆a General de la Rep煤blica (PGR) y las locales puedan solicitar esos registros a los concesionarios para la investigaci贸n de delitos de extorsi贸n, secuestro, amenazas y otros relacionados con la delincuencia organizada. En la iniciativa tambi茅n se propone modificar el C贸digo Penal Federal para que las penas de prisi贸n y multa por obligar a otro a dar, hacer, dejar de hacer o tolerar algo, obteniendo un lucro o causando perjuicio patrimonial, se aumenten hasta un tanto m谩s, si el constre帽imiento se realiza por personal del sistema penitenciario. Las penas se incrementar铆an en una mitad cuando se utilice como medio comisivo la v铆a telef贸nica o cualquier otro medio de comunicaci贸n electr贸nica. Del mismo modo, plante贸 adicionar un art铆culo al C贸digo Nacional de Procedimientos Penales titulado "Bloqueo de L铆neas de Comunicaci贸n M贸vil", para que cuando exista denuncia o querella el procurador o servidor p煤blico pueda solicitar a los concesionarios o permisionarios de telecomunicaciones, la suspensi贸n inmediata del servicio de telefon铆a relacionado con los hechos que se investigan. Adem谩s, agreg贸, se les podr铆a requerir la conservaci贸n inmediata de datos contenidos en redes, sistemas o equipos de inform谩tica, hasta por un tiempo m谩ximo de 90 d铆as en los casos de delitos relacionados o cometidos con medios inform谩ticos. Montoya D铆az estim贸 necesario establecer una pol铆tica de control sobre la oferta de l铆neas telef贸nicas que permita identificar a quienes cometen esa clase de delitos. Ello, aprovechando la obligaci贸n que la fracci贸n II del art铆culo 190 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusi贸n impone a los concesionarios de redes p煤blicas para conservar un registro de las comunicaciones, as铆 como los datos de geolocalizaci贸n de quien realiza una llamada. El legislador detall贸 que los tipos de extorsi贸n telef贸nica m谩s comunes son aquellos que confunden a la v铆ctima haci茅ndole creer que se trata de una venta de boletos para una rifa, la supuesta detenci贸n o secuestro de familiares y hacerse pasar por integrantes de grupos delictivos o por familiares que viven en el extranjero. /jpc/m |