La Cámara de Diputados recibió del Senado de la República la minuta que reforma y adiciona diversas disposiciones de los artÃculos 107 y 123 de la Constitución en materia de justicia laboral. El propósito del documento, que fue enviado a la Comisión de Puntos Constitucionales para dictamen, con opinión de la de Trabajo y Previsión Social, es transferir la impartición de la justicia del trabajo individual y colectivo al ámbito del Poder Judicial de la Federación y de los Poderes Judiciales de las entidades federativas. Ello hasta hoy está confiada a las Juntas Federal y Locales de Conciliación y Arbitraje. También, prevé formular una referencia genérica a estos órganos, para agruparlos en la figura de tribunales laborales, asà como ampliar la dimensión de las tareas de conciliación, en un organismo descentralizado del Poder Ejecutivo. A este organismo le corresponderá el registro de todos los contratos colectivos de trabajo y las organizaciones sindicales, asà como todos los procesos administrativos relacionados; contará con personalidad jurÃdica y patrimonio propios, autonomÃa técnica, operativa, presupuestaria, de decisión y de gestión. Además, regirá su actuación por los principios de certeza, independencia, legalidad, imparcialidad, confiabilidad, eficacia, objetividad, profesionalismo, transparencia y publicidad; y su titular será designado por el Senado, a partir de una terna propuesta por el Ejecutivo. /gh/m |