La diputada Alma Carolina Viggiano Austria propuso la creaci贸n del registro nacional de deudores alimentarios morosos, a fin de administrar una base de datos de personas que incumplan con sus obligaciones alimentarias. Ello, como consecuencia de que tres de cada cuatro hijos de padres separados no reciben pensi贸n alimenticia y 67.5 por ciento de hogares sostenidos por madres solteras tampoco la perciben, seg煤n la Primera Visitadur铆a General de la Comisi贸n Nacional de los Derechos Humanos. La legisladora del Partido Revolucionario Institucional plante贸 que ese mecanismo tenga alcance nacional; sus efectos ser铆an superar la esfera familiar a fin de que beneficie a los acreedores alimentarios. Sin embargo, consider贸 que su eficacia depender谩 de los resultados negativos que generar铆a a los deudores a causa de una conducta contraria a la ley. De acuerdo con la legisladora, para catalogar a una persona como "deudor alimentario moroso", deben pasar m谩s de 60 d铆as en los que el sujeto haya dejado de cumplir con sus obligaciones alimentarias ordenadas por un juez, tribunal o establecidas por convenio judicial, en forma consecutiva o intermitente. Con ello se levantar铆a una inscripci贸n al deudor alimentario moroso en el registro nacional y despu茅s la autoridad judicial solicitar铆a al Registro P煤blico de la Propiedad la b煤squeda del inmueble del sujeto en cuesti贸n y se asegurar铆a la pensi贸n alimenticia adecuada. De acuerdo con la propuesta de Viggiano Austria, cancelar la inscripci贸n de deudores alimentarios morosos s贸lo proceder谩 si se cubre el total del adeudo. En su opini贸n, el marco jur铆dico actual "no regula mecanismos lo suficientemente eficaces que resulten ineludibles para el deudor", pese a que ha creado todo tipo de garant铆as para asegurar el pago de alimentos. Actualmente, lo que se utiliza para obtener el pago de alimentos es el descuento monetario v铆a n贸mina, para luego entregar dicha cantidad a los acreedores y 煤nicamente se puede si el deudor cuenta con un empleo formal. Cuando no existen esas condiciones, la legislaci贸n permite que los jueces calculen el importe de la pensi贸n alimenticia y obliguen al sujeto pagar, pero esta orden judicial no siempre se cumple, detall贸 la diputada priista. Cuando esto ocurre, las leyes autorizan a los jueces para que embarguen bienes de la persona, a fin de cubrir el adeudo con un eventual remate de 茅stos. La dificultad en ese caso consiste en que con frecuencia los deudores ocultan sus bienes o permiten el embargo cuyo valor es insuficiente, abund贸 la legisladora. Coment贸 que se ha llegado a reconocer como delito como el incumplimiento de obligaciones alimentarias; no obstante, muchas personas v铆ctimas u ofendidas no est谩n interesadas en castigar penalmente esas conductas, o bien, la propia legislaci贸n establece elementos cuya acreditaci贸n favorecen al deudor alimentario. /jpc/m |