18 de mayo 2024
entrevistas
Ciudad de M茅xico, a 1 de septiembre de 2021.
Ciudad de M茅xico, a 31 de agosto de 2021.
Ciudad de M茅xico, a 31 de agosto de 2021.

Monitoreo Radio TV Mayo 2024
Lun Mar Mie Jue Vie Sab Dom
  1 2 3 4 5
6 7 8 9 10 11 12
13 14 15 16 17 18 19
20 21 22 23 24 25 26
27 28 29 30 31 

Estadísticas
Visitante No:
Contador


 
comunicaciónsocial
NOTIMEX
14:40  |  07 - 02 - 2017
C谩mara de Diputados emite Declaratoria a reforma de Justicia Laboral

El Pleno de la C谩mara de Diputados emiti贸 la declaratoria de constitucionalidad a la reforma en materia de Justicia Laboral, avalada por 17 Congresos locales, cuyos votos fueron recibidos por el Congreso de la Uni贸n.

 

El presidente de la Mesa Directiva, el panista Javier Bola帽os Aguilar, despu茅s de conocer los votos de los congresos locales que avalaron dicha minuta, emiti贸 el decreto de declaratoria, para lo cual pidi贸 que los presentes se pusieran de pie.

 

Al declarar reformados los art铆culos 107 y 123 de la Constituci贸n Pol铆tica mexicana, la minuta se remiti贸 al Senado de la Rep煤blica para sus efectos constitucionales.

 

Los 17 congresos locales que emitieron su voto aprobatorio fueron: Aguascalientes, Campeche, Coahuila, Chiapas, Chihuahua, Hidalgo, Jalisco, Estado de M茅xico, Michoac谩n, Nayarit, Nuevo Le贸n, Quintana Roo, Sinaloa, Sonora, Tamaulipas, Tlaxcala y Zacatecas.

 

Con esta reforma a la Constituci贸n se tendr谩 una justicia objetiva, as铆 como m谩s pronta y expedita, pues se sustituye a las juntas de conciliaci贸n y arbitraje.

 

Es decir, transfiere la impartici贸n de justicia laboral y la resoluci贸n de las diferencias o los conflictos entre trabajadores y patrones a los tribunales laborales del Poder Judicial de la Federaci贸n o de las entidades federativas en el 谩mbito local y federal.

 

Adem谩s, crea un organismo federal descentralizado de conciliaci贸n, con autonom铆a de gesti贸n y presupuestal, con facultades en el orden nacional para el registro de todos los contratos colectivos de trabajo y las organizaciones sindicales, as铆 como todos los procesos administrativos relacionados.

 

El organismo encargado de los procesos en materia laboral contar谩 con personalidad jur铆dica y patrimonio propios, plena autonom铆a t茅cnica, operativa, presupuestaria, de decisi贸n y de gesti贸n. Para la designaci贸n del titular de este organismo descentralizado, el Ejecutivo federal someter谩 una terna a consideraci贸n del Senado.

 

Tambi茅n establece que a nivel local los organismos constituidos contar谩n con funciones conciliatorias, y ser谩 requisito que pase por estas instancias cualquier acci贸n con el 贸rgano jurisdiccional.

 

Se garantizar谩 el voto personal, libre y secreto de los trabajadores para la elecci贸n de sus dirigentes, la resoluci贸n de conflictos entre sindicatos y la solicitud de la celebraci贸n de un contrato colectivo de trabajo.

 

En los posicionamientos de los diputados sobre esta declaratoria coincidieron en destacar los beneficios; la priista Ana Georgina Zapata Lucero, presidenta de la Comisi贸n de Trabajo y Previsi贸n Social, puntualiz贸 que el pr贸ximo reto ser谩 legislar sobre las leyes secundarias que reglamentar谩n dicha reforma. rrg/m

 
Histórico hasta 2013
 
años:
| 2019 | 2018 | 2017 | 2016 | 2015 | Hist贸rico Monitoreo | 2014 |
 
meses del :
| 12 Diciembre | 11 Noviembre | 10 Octubre | 09 Septiembre | 08 Agosto | 07 Julio | 06 Junio | 05 Mayo | 04 Abril | 03 Marzo | 02 Febrero | 01 Enero |
 
-->
difusión
comunicación