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Excelsior
11:09  |  14 - 02 - 2017
STPS pide al Congreso aprobar tablas de enfermedades laborales

Debido a que las Tablas de Enfermedades Laborales y de Valuación de Incapacidades Permanentes se encuentran en condición de rezago, y con desventaja para los trabajadores, la actual legislatura debe aprobar su actualización, planteó Ignacio Rubí Salazar, subsecretario de Previsión Social.

 

El funcionario de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) explicó que las actuales listas de padecimientos de origen laboral datan de 1970 y su actualización integra 73 nuevas enfermedades.

 

Estamos en espera de que prácticamente a partir de la aprobación de esta reforma ya podamos publicar ambas tablas, las cuales se encuentran en una condición de rezago que, a todas luces son obsoletas.

 

Ya no corresponden a la realidad productiva del país y, por supuesto, esto genera un alto riesgo en perjuicio de los trabajadores, ya que los coloca en una situación de vulnerabilidad”, explicó Rubí Salazar.

 

La STPS informó, en un comunicado, que la reforma a la Ley Federal del Trabajo actualiza la tabla de enfermedades de 1970, que en ese entonces contaba con 161 padecimientos.

 

Tras su revisión, se eliminaron 49 tipos que más bien eran síntomas de otras enfermedades, y se agregaron 73 nuevos padecimientos, para quedar en 185 afecciones.

 

El de cáncer de origen laboral fue grupo de enfermedad que registró mayor aumento al pasar de cuatro a 23 de diferentes tipos; los males infecciosos y parasitarios también tuvieron aumento de 21 a 40, detalló la STPS.

 

La principal disminución fue para los padecimientos del sistema respiratorio, al pasar de 50 tipos a 16 y, por primera ocasión, se incorporaron enfermedades de tipo psicosocial y ergonómico.

 

La iniciativa de reforma a la Ley Federal del Trabajo, que actualmente es analizada en la Cámara de Diputados, reitera la facultad de la STPS de realizar las investigaciones y estudios necesarios conforme al progreso de la medicina de trabajo, para expedir y actualizar periódicamente las tablas.

 

La Comisión Consultiva Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (COCONASST) aprobó en agosto y octubre del año pasado, respectivamente, las nuevas Tablas de Enfermedades de Trabajo y de Valuación de Incapacidades Permanentes.

 

La segunda tabla determina el grado de disminución de la capacidad productiva de algún trabajador por causa de accidente o enfermedad laboral.

 

Esto obliga, de acuerdo con la legislación laboral, a que el afectado reciba alguna indemnización derivado de su exposición a los riesgos de trabajo que le impida incluso seguir trabajando. ys/m.

 
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