05 de mayo 2024
entrevistas
Ciudad de México, a 1 de septiembre de 2021.
Ciudad de México, a 31 de agosto de 2021.
Ciudad de México, a 31 de agosto de 2021.

Monitoreo Radio TV Mayo 2024
Lun Mar Mie Jue Vie Sab Dom
  1 2 3 4 5
6 7 8 9 10 11 12
13 14 15 16 17 18 19
20 21 22 23 24 25 26
27 28 29 30 31 

Estadísticas
Visitante No:
Contador


 
comunicaciónsocial
MonitorMVS1025
10:45  |  29 - 11 - 2017
Diputados intentarán dictaminar Mando Mixto Policial; el PRI se opondrá

Las comisiones de Puntos Constitucionales y Seguridad Pública de la Cámara de Diputados someterán a discusión el dictamen elaborado a partir de la minuta de reforma constitucional en materia de seguridad pública, es decir, el Mando Mixto Policial.

 

El documento que la bancada del Partido Revolucionario Institucional (PRI) ha adelantado rechazará, establece que el fin es fortalecer las capacidades del Estado en temas de seguridad pública. Indica que es necesario reformar el modelo policial, tomando en cuenta la competencia de la Federación para prevenir, reaccionar e investigar el delito; las competencias de los estados y los municipios para establecer la “policía de proximidad†y tránsito; así como la coordinación entre los tres órdenes de gobierno.

 

También incluye elementos relativos a la asignación de recursos públicos exclusivos para seguridad pública; a las normas para intervención de la Federación a través del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en las instituciones policiales estatales y municipales; las normas para que el Estado asuma las funciones policiales locales.

 

Prevé integrar los penales a las instituciones de seguridad pública; reconocer derechos de los trabajadores de las instituciones de seguridad; y establecer la gradualidad en el diseño de mecanismos de intervención y sus objetivos; la racionalidad y temporalidad de la delegación de funciones de seguridad pública.

 

Establece que ninguna persona podrá ingresar a instituciones de seguridad pública si no ha sido certificada y registrada en el sistema y si no ha aprobado la evaluación respectiva o no cumple con los requisitos que marca la ley.

 

Incorpora el principio de homologación de protocolos de actuación y operación en los distintos órdenes de gobierno.

 

Señala que el principio rector de las relaciones y actuación de las instituciones policiales en los tres órdenes de gobierno será la coordinación.

 

Recalca que el mando federal sobre las policías estatales y municipales aplicará solo en caso de excepción; y también por excepción, se podrán “descargar†en el Gobierno Federal responsabilidades originarias de los estados y municipios en temas de seguridad.

 

Plantea la creación de los órganos del Sistema Nacional de Seguridad Pública, el cual se integrará por el Consejo Nacional de Seguridad Pública, el Secretariado Ejecutivo y el Consejo Consultivo Ciudadano.

 

En ese mecanismo participaran los gobiernos locales a través de los presidentes municipales; así como la sociedad civil, por medio del Consejo Consultivo.

 

Contempla los mecanismos para nombrar a los titulares de los órganos referidos, donde tendrá participación el Senado de la República; así como la capacidad del Sistema de emitir recomendaciones para corregir capacidades y procesos; y la designación de un “supervisor†para la implementación de medidas correctivas.

 

Apunta que el Secretariado Ejecutivo del Sistema calificará y acotará la solicitud de delegación temporal de funciones en la autoridad federal; certificará a los cuerpos policíacos.

 

Señala el procedimiento y condiciones para para que el gobierno estatal asuma la seguridad en municipios que no puedan brindarla, previa solicitud del ayuntamiento en cuestión.

 

Sostiene que los gobernadores podrán asumir el mando policial en municipios “en casos de fuerza mayor, alteración grave del orden público†y las que determine la ley, de manera temporal y hasta que el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública determine qué procede.

 

Establece un año de plazo, para que el Congreso de la Unión expida la Ley General en materia de seguridad pública y mientas tanto, aplicarán “medidas para iniciar la transiciónâ€.

 

Dispone que las alcaldías soliciten a los gobernadores delegar sus funciones, incluyendo la transferencia de recursos humanos, materiales y financieros; aunado a que plantea contar con los recursos necesarios para implementar la nueva ley; y se facultará al Congreso de la Unión a regular los fondos de ayuda federal para seguridad pública. ar/m

 
Histórico hasta 2013
 
años:
| 2019 | 2018 | 2017 | 2016 | 2015 | Histórico Monitoreo | 2014 |
 
meses del :
| 12 Diciembre | 11 Noviembre | 10 Octubre | 09 Septiembre | 08 Agosto | 07 Julio | 06 Junio | 05 Mayo | 04 Abril | 03 Marzo | 02 Febrero | 01 Enero |
 
-->
difusión
comunicación