El maltrato animal, los actos de crueldad por omisión o bien cometidos de manera deliberada e intencional contra de cualquier especie animal, realizados por los propietarios, poseedores, tenedores, encargados, o terceros en relación con las personas anteriores, deberÃan ser sancionados con castigos de tres a cinco años de prisión y con multas de 300 y hasta tres mil dÃas, propuso la diputada federal del Partido de la Revolución Democrática, Frida Alejandra Esparza. La integrante de la Comisión de Juventud en la Cámara de Diputados, señaló que de acuerdo a organizaciones como Anima Naturalis, en México cada año 60 mil animales mueren al ser vÃctimas de maltrato, lo que coloca a nuestro paÃs en el tercer lugar en nivel mundial en esa materia. Por ello, propuso reformas al Código Penal Federal para castigar los actos de tortura, mutilación, falta de atención médica veterinaria, abandono en vÃa pública, incluso desatención por periodos prolongados, en contra de especies animales. Lamentó que la ley federal no penalice los tratos crueles contra los animales y tampoco los reconozca como derechos de sujetos; aunque en 13 estados de la República hay normas que establecen medidas de protección. La iniciativa enviada a la Comisión de justicia, pide agregar al Código Penal Federal los términos de maltrato animal y de bienestar animal, a fin de establecer expresamente en la ley ambos conceptos; asà como obligaciones y sanciones correspondientes. Puntualizó que la iniciativa prevé las sanciones señaladas y especifica los casos en que se aplicarán, como causar la muerte a través de cualquier medio que prolongue la agonÃa o sufrimiento del espécimen; asà como sacrificarlos empleando métodos no previstos en las normas oficiales. Señaló que debe ser castigado cualquier tipo de mutilación, alteración de la integridad fÃsica del animal, modificación negativa de sus instintos naturales sin causas justificadas, y cuando esto no se realice bajo el cuidado de un especialista o persona autorizada con conocimientos técnicos. Agregó que la falta de atención médica cuando sea necesario, también debe ser sancionada; asà como privar a los animales de aire, luz, alimento, agua, espacio, abrigo, alojamiento conforme a su especie, abandono en la calle, y la desatención prolongada. Indicó que cuando sea necesario el sacrificio, éste deberá ser humanitario, conforme a la ley; y si se trata de animales no aptos para consumo humano, se permitirá el sacrificio por causas de accidente, enfermedad, incapacidad fÃsica o trastornos seniles que comprometan su integridad y su bienestar. También se permitirá el sacrificio si se trata de especies que constituyen amenazas para la salud; la economÃa de los dueños o por exceso en el número de individuos, y que esto pueda significar peligro grave para la sociedad, propuso. /lgg/m |