MonitorMVS1025
6:53  |  23 - 10 - 2014
Con adendum, enmendarán Ley de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes

La Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, a cargo del diputado Silvano Aureoles, notificó de la recepción del dictamen de la Comisión de Derechos de la Niñez, sobre la iniciativa del Ejecutivo Federal, para crear la Ley General de Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes y se reforman la Ley General de Prestación de Servicios para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil.

 

El documento, agregó Aureoles Conejo, incluye un adendum elaborado entre las principales fracciones parlamentarias, y que entre otros elementos, incluye cambios en materia de protección del derecho a la intimidad de los menores, así como los términos en que se permitirá el uso de su imagen en medios de comunicación.

 

La presidenta de la comisión dictaminadora, Verónica Juárez, informó que el tema donde finalmente no hubo acuerdo entre las bancadas y quedó fuera del adendum, es el de los derechos sexuales y reproductivos de la niñez, mismo que se someterá directamente a debate en el Pleno, este jueves 23 de octubre.

 

El agregado contempla cambios a 14 artículos de la Ley, entre los que figura que los niños, niñas y adolescentes tendrán derecho a no ser privados de la vida en conflictos armados y derecho a no participar en los mismos.

 

Sobre el uso de imágenes de infantes en medios de comunicación masivos impresos y electrónicos, el artículo 77 establece que habrá violación a la identidad, si las empresas de comunicación manejan imágenes y datos que afecten su honra, reputación y los ponga en riesgo.

 

La minuta proveniente del Senado señalaba que si los padres o tutores autorizaban el hecho, no habría violación qué penalizar. Sin embargo, los diputados determinaron que no era admisible ninguna excepción, de modo que esa parte fue eliminada.

 

En el artículo 148, se hicieron ajustes para determinar que violarán la ley, los concesionarios de radio y televisión; así como los directores de medios impresos que con la publicación o difusión de imágenes de menores, afecten su intimidad personal.

 

El artículo 108 se modificó para determinar que los centros de atención social deben recibir a niños, niñas y adolescentes con discapacidad, sin importar el grado o tipo de la misma.

 

De igual modo, el adendum indica en el artículo 127, que los presidentes de las cámaras de Diputados y Senadores serán invitados permanentes a las sesiones del Sistema Nacional de Protección Integral, instancia que se creará para articular las políticas en la materia.

 

El artículo 13 prevé que será un derecho de los niños, niñas y adolescentes, acceder a las tecnologías de la información y comunicación, así como a servicios de radiodifusión y telecomunicaciones. ys/m.