Nota N°. 6249 | Reforman diputados Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado para evitar suspensión de seguros, prestaciones y servicios |
Palacio Legislativo, 20-03-2014 (Notilegis).- La Cámara de Diputados aprobó reformar la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado para que no se suspendan los seguros, prestaciones y servicios en caso de que alguna entidad incumpla con el entero de cuotas, aportaciones y descuentos. El dictamen fue aprobado por unanimidad, con 386 votos a favor, surge de una iniciativa que presentó en octubre de 2013 la diputada María Sanjuana Cerda Franco (NA), reforma el artículo 25 de esa ley y se turna al Senado para su análisis y eventual aprobación. El artículo 25 establece que “en caso de que alguna dependencia o entidad incumpla por más de seis meses en el entero de las cuotas, aportaciones y descuentos previstos por esta ley, el instituto estará obligado a hacer público el adeudo correspondiente”. Con esta reforma se agrega que “en ningún caso el instituto podrá suspender, parcial o totalmente, los seguros, prestaciones y servicios que está obligado a prestar”. La diputada Cerda Franco alude que la seguridad social es el principal instrumento que las sociedades han desarrollado para mejorar las condiciones de vida de los trabajadores y sus familias. Asimismo, que el Estado es el responsable de garantizar los derechos de seguridad social e incorporar en su organización y financiamiento a los distintos actores sociales involucrados. Menciona que la seguridad social se realiza a través de diversos mecanismos como seguros, servicios de salud, que permiten al trabajador y a sus familiares contar con una red de protección social en situaciones de enfermedad, accidentes, vejez, retiro o muerte. En el caso de los trabajadores al servicio del Estado, los derechos de seguridad social adquieren una connotación especial, dado que los patrones son directamente entidades y dependencias públicas, que forman parte de la estructura administrativa estatal. JGM |