Nota N°. 8828 | Impulsan diputados exhorto a Secretaría de Salud a implementar políticas públicas para que pacientes con “enfermedades raras” tengan acceso a medicamentos |
Palacio Legislativo 30-10-2014 (Notilegis).- Diputados de la Comisión de Salud impulsan un punto de acuerdo para exhortar a la Secretaría de Salud a que implemente políticas públicas para que los pacientes con las llamadas “enfermedades raras” puedan tener acceso a los medicamentos adecuados.
Al menos ocho millones de mexicanos padecen alguna enfermedad rara, entre las que se cuentan la enfermedad de Gaucher y las leucodistrofias, afirmó en rueda de prensa el presidente de la Comisión de Salud, Mario Alberto Dávila Delgado (PAN).
Precisó que si éstas no se detectan de manera oportuna, provocan discapacidades y distrofias y su tratamiento puede alcanzar un costo anual por hasta 250 mil pesos.
Dijo que su petición es que, a través de la Secretaría de Salud, se considere un esquema especial para que los pacientes puedan tener acceso a los medicamentos, conocidos como huérfanos, ya que son exclusivos para este tipo de enfermedades.
La diputada Carla Alicia Padilla Ramos (PVEM), quien elaboró el punto de acuerdo, subrayó que se busca exhortar a la dependencia federal para que se implementen políticas y programas que puedan atender estos padecimientos.
“De cada 10 mil personas, por lo menos cinco pueden tener algún tipo de enfermedad rara”, aseveró.
Informó que el punto de acuerdo fue firmado por los diputados Francisco Javier Fernández Clamont y Rosalba Gualito Castañeda (PRI); Beatriz Eugenia Yamamoto Cázares, Mario Dávila Delgado e Isaías Cortés Berumen, (PAN); Eva Diego Cruz y Verónica Beatriz Juárez Piña (PRD), y Ruth Zavaleta Salgado y Carla Alicia Padilla Ramos (PVEM).
El punto de acuerdo señala:
Primero. Que la Secretaría de Salud, conforme a lo establecido por el artículo 224 Bis 1 de la Ley General de Salud, implemente políticas públicas específicas en materia de enfermedades raras, mismas que se harán del conocimiento de la Cámara de Diputados.
Segundo. Que la Secretaría de Salud, conforme a lo establecido en el artículo 224 Bis 1 de la Ley General de Salud, fomente la disponibilidad de medicamentos huérfanos, permitiendo que éstos cuenten con acceso preferencial al Cuadro Básico y Catálogo de Insumos del Sector Salud, siempre y cuando cumplan con las normativas aplicables por el Consejo de Salubridad General.
Tercero . Que la Secretaría de Salud, conforme a lo establecido en el artículo 224 Bis 1 de la Ley General de Salud, tome las medidas necesarias para que los medicamentos huérfanos sean asequibles para la población.
YRE/JGM |