Nota N°. 8925 Reciben diputados iniciativa del Ejecutivo para facilitar contratación y ejecución de obras públicas

 

Palacio Legislativo, 06-11-2014 (Notilegis).- La Cámara de Diputados recibió y turnó a la Comisión de Infraestructura una iniciativa del titular del Ejecutivo federal que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.

 

El propósito es facilitar la contratación y ejecución de las obras públicas, agilizar los procedimientos y garantizar que los recursos se administren con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez.

 

Contiene modificaciones que prevén nuevos y mejores mecanismos para la evaluación de los proyectos, y la ejecución de obra pública, así como adecuaciones a las reglas relativas a los procedimientos de contratación, ejecución de los contratos, y sustentación de los procedimientos de inconformidad, sanción a contratistas y de conciliación.

 

Se incorpora la figura “Análisis comparativo del costo de ciclo de vida”, la cual permitirá a las dependencias y entidades realizar una evaluación entre distintas proposiciones, para seleccionar aquella que represente el menor costo a valor presente, durante el tiempo de ejecución y operación de la obra, considerando la vida útil y el mantenimiento de la misma.

 

También se incluye el concepto de “Proyecto de magnitud o alcance relevante”, estableciendo criterios objetivos que permitan a las dependencias y entidades, clasificarlos y sujetarlos a una gestión y evaluación especializada, ya sea por su complejidad técnica, su impacto o por representar un monto total de inversión superior a los cinco mil millones de pesos.

 

La iniciativa prevé el concepto de “Gerencia de proyectos”, como el conjunto de servicios para una planeación, organización y control de los mismos en todas sus fases, y asegurar que éstos satisfagan los objetivos y requerimientos de los contratistas, permitiendo con ello una mejor coordinación en el desarrollo de la obra.

 

Asimismo, se promueve el uso de CompraNet como la principal herramienta para llevar a cabo los procedimientos de contratación competidos, al establecer que éstos se lleven a cabo necesariamente mediante este sistema electrónico, salvo los casos debidamente justificados en que por cualquier causa no sea posible su utilización, como puede ser en aquellos lugares en donde existan problemas de conectividad o ausencia de infraestructura.

 

Para evitar confusiones e interpretaciones erróneas, se propone concentrar en un solo artículo todas las excepciones respecto a la aplicación de la Ley, ya que en la actualidad se encuentran dispersas en varios preceptos, logrando con ello facilitar su comprensión y aplicación.

 

Se establecen, por primera vez, reglas mínimas para el procedimiento de adjudicación directa, cuya omisión actualmente genera incertidumbre y da lugar a conflictos que reducen la eficacia de este procedimiento de contratación.

 

Con el objeto de impulsar la formalidad en el sector y asegurar las condiciones laborales de los trabajadores involucrados en la ejecución de la obra pública, se establece que los entes públicos que hayan licitado notifiquen al Instituto Mexicano del Seguro Social cuando detecten irregularidades por parte de los contratistas respecto de sus obligaciones en materia de seguridad social.

 

La iniciativa argumenta que la infraestructura que el país requiere, exige fortalecer y simplificar el marco jurídico que regula la obra pública y los servicios que se relacionan con las mismas, con nuevos mecanismos para la gestión y evaluación de los proyectos y proposiciones, que ofrezcan alternativas adicionales para la toma de decisiones de los servidores públicos que realizan procedimientos de contratación.

 

RED/LSN