Nota N°. 10646 | Aprueban diputados adéndum al dictamen que expide nueva Ley de Ahorro y Crédito Popular, para precisar operación de la Sociedades Financieras Populares |
Palacio Legislativo, 22-04-2015 (Notilegis).- El Pleno de la Cámara de Diputados aprobó, en votación económica, integrar un adéndum al dictamen que expide la nueva Ley de Ahorro y Crédito Popular para precisar aspectos de la operación de la Sociedades Financieras Populares (Sofipos).
La Comisión de Hacienda y Crédito Público elaboró el dictamen que surgió de una iniciativa que presentó un grupo de trabajo plural de diputados y senadores, a fin de realizar las reformas necesarias para prevenir y evitar que se presenten casos como el de Ficrea, que registró un fraude que afecto a miles de ahorradores.
El documento expide la nueva Ley de Ahorro y Crédito Popular y reforma la Ley para Regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo, del Código Federal de Procedimientos Penales y de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV).
Al inicio de su discusión ante el Pleno, los diputados aprobaron el adéndum avalado por los grupos parlamentarios, en el que se consideran los siguientes aspectos, entre otros.
Se amplían los límites máximos de las operaciones de los (Sofipos), para recibir depósito de dinero a la vista, de ahorro, a plazo, retirables en días preestablecidos y con previo aviso, hasta por 400 mil Unidades de Inversión (UDIs) para personas físicas (en lugar de 200 mil) y un millón 400 mil UDIs para las personas morales (en lugar de un millón).
Las Sociedades Financieras Comunitarias tendrán hasta el 31 de diciembre de 2016 para solicitar ante la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) autorización para operar y organizarse como Sofipos.
La CNBV deberá otorgar la asistencia técnica financiera y jurídica necesaria que requieran las Sofipos para lograr la transformación, en lo que se deberá tomar en consideración el trabajo realizado, así como los antecedentes de la sociedad respectiva, para agilizar y facilitar el proceso que se siga.
La CNBV asesorará a las Sofipos constituidas a la fecha de entrada en vigor de este decreto, que pretendan solicitar autorización para transformarse a otro tipo de entidad financiera.
La regulación que emita la CNBV para la implementación de la nueva ley deberá contar con las normas que permitan el establecimiento de Sofipos de nueva creación en el ámbito rural.
La CNBV emitirá las disposiciones de carácter general que se refiere este decreto a más tardar en noviembre de 2015.
El adéndum también aborda aspectos sobre préstamos y créditos de los socios y la recepción de créditos de entidades financieras nacionales o extranjeras, organismos internacionales e instituciones de gobiernos federal o estatales, así como fideicomisos públicos.
Su clasificación, evaluaciones periódicamente de la CNBV, facultades de la CNBV, estados financieros de la Sofipos, capitalización, operación básica, integración de asamblea general de socios y el eventual proceso de liquidación, figuran en el documento.
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