Nota N°. 10171 Incluyen diputados la condición económica de personas y familias en los criterios para brindar atención en salud y ser sujeto de asistencia social

 

Palacio Legislativo, 10-03-2015 (Notilegis).- La Cámara de Diputados aprobó un dictamen que reforma el primer párrafo del artículo 4 de la Ley de Asistencia Social, a fin de incluir la condición económica de personas y familias en los criterios para brindar atención en salud y ser sujeto de asistencia social.

 

Con esta modificación se establece: “Tienen derecho a la asistencia social los individuos y familias que por sus condiciones físicas, mentales, jurídicas, “económicas” o sociales, requieran de servicios especializados para su protección y su plena integración al bienestar”.

 

El dictamen surge de una iniciativa presentada por el diputado José Alberto Benavides Castañeda (PT), en noviembre de 2014, fue aprobado por unanimidad, con 395 votos a favor, y se turna al Senado para su análisis y eventual ratificación.

 

Señala que, de acuerdo con la Ley General de Salud, el factor económico de las personas debe ser contemplado para brindar atención en salud y ser sujetos de asistencia social, ante la situación de pobreza que afecta, según el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval), al 53.3 por ciento de la población.

 

La Ley General de Salud señala que se entenderá por asistencia social el conjunto de acciones tendientes a modificar y mejorar las circunstancias de carácter social que impidan al individuo su desarrollo integral, así como la protección física, mental y social de personas en estado de necesidad, desprotección o desventaja física.

 

En los artículos transitorios se expresa que se derogan todas aquellas disposiciones contrarias al decreto aprobado.

 

YRE/JGM