Nota N°. 747 | Aprueba Comisión de Seguridad Social opinión favorable al proyecto de decreto que reforma la Ley del ISSSTE en materia de pensiones |
Palacio Legislativo, 04-11-2015 (Notilegis).- La Comisión de Seguridad Social aprobó una opinión favorable al proyecto de decreto que el Ejecutivo federal envió en septiembre pasado para modificar la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), en materia de pensiones. El respaldo a la reforma, “que atiende cabalmente las necesidades de los trabajadores para el cuidado de su patrimonio”, fue aprobado por 10 votos a favor (ocho del PRI, uno del PVEM y uno de NA) y cinco en contra (dos de PRD, dos de Morena y uno de MC). Los diputados del PAN no estuvieron en la votación. La iniciativa del Ejecutivo fue turnada a esta comisión para su opinión. La secretaria de la comisión, diputada Elida Castelán Mondragón (PRD), leyó el documento aprobado por la comisión. El texto señala que el proyecto de decreto reforma y deroga diversas disposiciones de la Ley del ISSSTE, con el fin de que el Pensionissste se transforme en una empresa de participación estatal mayoritaria, que tendrá por objeto la administración de los recursos de las cuentas individuales de los trabajadores. Asegura que esta nueva figura administrativa no pretende en ningún momento privatizarla, ya que el Pensionissste continúa como institución 100 por ciento del Estado mexicano, administradora de fondos para el retiro, separándolo administrativamente del ISSSTE. Se plantea constituirla como una entidad paraestatal financiera, con personalidad jurídica propia y autonomía de gestión, que coadyuve en el crecimiento económico del país, siempre con las mejores condiciones para los trabajadores del Estado. Sostiene que los trabajadores del Estado continuarán siendo parte de la nueva institución pública, respetando en todo momento sus derechos laborales conforme a la ley y su esencia como institución de los trabajadores, sin fines de lucro. Destacá que la propuesta del Ejecutivo federal es certera en su exposición de motivos, al afirmar que actualmente se vive dentro del Instituto una migración neta de 39 mil 718 cuentas individuales, equivalentes a la administración de 51 mil 232 millones de pesos. La presente reforma garantiza que los bienes, derechos y obligaciones, así como el presupuesto del Pensionissste, que se traspase a la nueva institución, no genera un costo adicional para el Estado mexicano, se indica en el texto avalado por la comisión. Aclara que la funcionalidad se verá sustancialmente optimizada, fortaleciendo su capacidad operativa, para lograr ser sustancialmente más competitiva en los mercados actuales. Esta reforma cuenta con el respaldo público de la junta directiva del ISSSTE y diferentes organizaciones sindicales, ya que se prevé el derecho del trabajador para que pueda y deba elegir la administradora en la que desee su cuenta individual y ésta permanezca de manera libre y equilibrada, indica. Detalla también que las administradoras deberán incorporar, en los estados de cuenta que expidan a los trabajadores, el valor nominal de sus bonos de pensión del ISSSTE, en unidades de inversión y en pesos. Asimismo, el valor de pago anticipado de los bonos en unidades de inversión y en pesos a la fecha de corte del estado de cuenta, de conformidad con las disposiciones que emita para tal efecto la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, lo que brinda mayor certeza financiera a los trabajadores y sus recursos. “Por lo anterior, manifestamos nuestro apoyo a la reforma, ya que atiende cabalmente las necesidades de los trabajadores para el cuidado de su patrimonio”, sostuvo la comisión. Sin embargo, estimó pertinente fortalecer la participación de los trabajadores en el Consejo de Administración, órgano de gobierno de la nueva institución, referido en la fracción uno del artículo segundo transitorio de la iniciativa. En el documento original se plantea que el Consejo de Administración de la sociedad como empresa estatal estará integrado por 13 personas: Cuatro representantes del gobierno federal (tres de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, SHCP, uno de los cuales será su presidente, y uno de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, STPS). Tres representantes nombrados por las organizaciones de trabajadores al servicio del Estado. La STPS fijará las bases para determinar las organizaciones de trabajadores que intervendrán en la designación de dichos representantes. Seis consejeros independientes designados por el Ejecutivo federal. La Comisión de Desarrollo Social presentó a consideración una modificación, para que el Consejo de Administración esté integrado por 18 miembros: El titular del SHCP, quien la presidirá; el director general de la nueva sociedad, el cual será nombrado por el Consejo de Administración de la misma a propuesta de la SHCP; tres vocales nombrados por la SHCP; uno por el director general del ISSSTE; un vocal nombrado por las secretarias del Trabajo, de la Función Pública y de Desarrollo Social. Asimismo, nueve vocales nombrados por las organizaciones de trabajadores. Por cada miembro propietario se designará un suplente que actuará en caso de faltas temporales del propietario, debiendo tratarse de un funcionario con el rango inmediato inferior al del vocal propietario. Las decisiones del Consejo de Administración se tomarán por mayoría de los representantes y en caso de empate, su presidente tendrá voto de calidad. RZJ/MG |