Nota N°. 2711 Avalan diputados minuta del Senado para restringir importación, exportación, reexportación y comercialización del marfil, en cualquiera de sus tipos y derivados

 

Palacio Legislativo, 14-04-2016 (Notilegis).- La Cámara de Diputados avaló el dictamen de una minuta del Senado que prohíbe la importación, exportación, reexportación y comercialización del marfil, cuando no cumpla con la legislación aplicable y los tratados internacionales de los que México es parte.

 

El documento reforma y adiciona los artículos 53, 54, 55, 122 y 127 de la Ley General de Vida Silvestre, surge de una iniciativa que el senador Jorge Emilio González Martínez (PVEM) presentó el 9 de diciembre de 2014 y fue aprobado en San Lázaro por unanimidad, con 397 votos a favor.

 

Se turna al Ejecutivo federal para su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

 

En la minuta, el Senado de la República reconoce que el comercio ilegal de marfil está reduciendo los esfuerzos por la conservación de las especies de elefantes.

 

Señala que en el comercio ilegal de marfil participan, además de artesanos y joyeros, el crimen organizado y grupos guerrilleros que venden el marfil para financiar sus actividades. “La corrupción y la pobreza persisten en naciones donde los elefantes perviven de manera natural”.

 

En 2011, el comercio ilegal de marfil se triplicó en relación con el registro de 1998, y representó el doble de lo asentado en 2010.

 

Con información de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Flora y Fauna Silvestres, el Senado precisa que durante el período comprendido de 2000 a 2008, las principales rutas del comercio ilegal de marfil se originaron en puertos de África Central y Oriental, particularmente, Camerún, Nigeria, Ghana y República Democrática del Congo.

 

Asimismo, se detectó tráfico ilegal entre Sudán y Egipto, así como en Tanzania, Kenia y Mozambique. El destino final del marfil objeto del comercio ilegal era China y Japón.

 

En el lapso de 2009 a 2011, el destino final de los cargamentos ilegales de marfil procedentes de Tanzania, fue china. El marfil ilegal de Kenia estaba destinado a Tailandia y China, y el de Sudáfrica se envió a Malasia.

 

El Senado sostiene que en México no se tiene conocimiento de tráfico ilegal de marfil y la importancia de la reforma planteada se basa en los estudios sobre el comercio ilegal de marfil.

 

Menciona que en México no se reexporta marfil; sin embargo, entre 2010 y 2014 se importó una tonelada 590 kilogramos del producto bajo el rubro de polvo y desperdicios, con valor de 65 mil 412 dólares, procedente de nueve países, entre los cuales se encuentran Tanzania, Zambia, Camerún y Sudáfrica, naciones involucradas en el tráfico ilegal de marfil.

 

También observan que el país no es importador o exportador de cantidades significativas de marfil.

 

Además, no se comprobó que las importaciones de México se hayan realizado con apego a las especificaciones de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Flora y Fauna Silvestres.

 

Se asegura que no hay constancia del aviso al Secretariado de la propia Convención, sobre la cantidad de marfil que ingresó a nuestro país en el período señalado en el párrafo anterior.

 

Por ello, consideran importante establecer la previsión legal de la prohibición de la importación, exportación y reexportación, así como la de la comercialización ilegal de marfil.

 

Con las modificaciones aprobadas, se establece que queda prohibida la importación, exportación, reexportación y comercialización del marfil, en cualquiera de sus tipos y derivados, cuando no cumplan con los tratados internacionales de los que México es parte y con la legislación aplicable.

 

JGM