Nota N°. 5355 | Aprueba Cámara de Diputados dictamen que expide el reglamento de la Medalla de Reconocimiento al Mérito Deportivo |
Palacio Legislativo, 14-12-2016 (Notilegis).- La Cámara de Diputados aprobó un dictamen que expide el reglamento de la Medalla de Reconocimiento al Mérito Deportivo, que otorga el Palacio Legislativo de San Lázaro a ciudadanos nacionales destacados por su actuación y trayectoria en el deporte mexicano.
También se otorgará a aquellos destacados por el fomento, protección e impulso del deporte social.
En el documento se recuerda que el pasado 13 de mayo se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto que adicionó un numeral 3 al artículo 261 del Reglamento de la Cámara de Diputados, en materia de mérito deportivo.
En esa reforma se establece que esta dictaminadora deberá emitir las disposiciones reglamentarias que regularán la entrega de esa medalla.
El dictamen se aprobó por unanimidad, con 374 votos a favor, y se turna para su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
El reglamento de la Medalla de Reconocimiento al Mérito Deportivo tiene por objeto establecer los órganos, requisitos y procedimientos, para su entrega.
Se otorgará anualmente a mexicanos destacados por su actuación y trayectoria en el deporte, así como a aquellos que se hayan destacado en el fomento, protección o impulso del deporte social.
Asimismo, a quienes cuyos actos deportivos en favor de éste, hayan distinguido al deporte nacional al interior del país o ante la comunidad internacional.
Se otorgará en sesión solemne de la Cámara, preferentemente el día 6 de abril de cada año de ejercicio de la legislatura que corresponda.
La Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, con la opinión de la Comisión de Deporte, elaborará el dictamen que designe al ciudadano o ciudadana mexicano que por sus méritos deportivos, sea considerado acreedor o acreedora a esta condecoración.
Las comisiones guiarán sus decisiones en criterios de honestidad, claridad y profesionalismo durante la evaluación de los méritos deportivos.
Se basarán en la actuación, trayectoria, fomento, protección e impulso social, así como el grado de calidad con el que se haya distinguido al deporte mexicano.
La Cámara deberá expedir, en las dos primeras semanas del mes de diciembre, la convocatoria respectiva, a través de su Mesa Directiva, usando los medios de comunicación social que considere pertinentes y se encuentren disponibles.
Los plazos para la recepción de candidaturas serán en los meses de enero y febrero de cada año, con los requisitos que se establecen en este reglamento.
Será el Pleno de la Cámara, el órgano colegiado que aprobará el Decreto por el que se otorgará la Medalla de Reconocimiento al Mérito Deportivo,
La Medalla; el Pergamino alusivo al dictamen de la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias; un ejemplar original del Decreto de la Cámara y la compensación económica respectiva, serán entregados en sesión solemne.
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