Nota N°. 5357 | Aprueban diputados reforma a la Ley General de Salud, para establecer el tamaño mínimo de la impresión de la fecha de caducidad en envases de medicamentos |
Palacio Legislativo 14-12-2016 (Notilegis).- La Cámara de Diputados aprobó un dictamen que reforma la Ley General de Salud, para establecer el tamaño mínimo de la impresión de la fecha de caducidad en los envases de medicamentos, el cual deberá ser de al menos cinco milímetros y en un color contrastante e indeleble.
El documento adiciona un artículo 233 Bis a dicha legislación, surgió de una iniciativa que presentó la diputada Rosalina Mazari Espín (PRI) el 14 de diciembre de 2015, se aprobó por unanimidad, con 375 votos a favor, y se turna al Senado de la República para su análisis y eventual ratificación.
En su exposición de motivos, la legisladora indicó que el objetivo de la reforma es “proteger y mejorar la calidad de vida de los mexicanos a través de mejorar el sistema de etiquetado de los medicamentos, como un principio rector de protección a la salud establecido en el artículo 4 de la Carta Magna”.
Refirió que la Norma Oficial Mexicana (NOM) 073-SSA1-2005 señala que todos los envases de medicamentos deben tener un etiquetado de caducidad, pero no puntualiza el tamaño en que debe presentarse,
Mazari Espín propuso en su iniciativa que la impresión de la fecha de caducidad abarcara el 25 por ciento de la superficie del envase y que se insertara un código braille; sin embargo, la Comisión de Salud determinó que era inviable.
El precepto adicionado quedó de la siguiente manera:
“Artículo 233 Bis. Todo tipo de envases de medicamentos deberán contener la impresión de la fecha de caducidad en un tamaño no inferior a cinco milímetros de altura con un color contrastante e indeleble”.
En el artículo segundo transitorio se establece que la NOM aplicable deberá prever la forma de dar cumplimiento al decreto.
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