Nota N°. 6677 | Aprueban diputados aumentar de 25 a 49 por ciento la participación de inversión extranjera en varias modalidades del transporte aéreo |
Palacio Legislativo, 18-04-2017 (Notilegis).- la Cámara de Diputados aprobó un dictamen para incrementar de 25 a 49 por ciento la participación de inversión extranjera en el transporte aéreo nacional regular y no regular; servicios de transporte aéreo internacional no regular en la modalidad de taxi aéreo; y, servicio de transporte aéreo especializado.
El documento surgió de una iniciativa que el diputado Alfredo Javier Rodríguez Dávila (PAN) presentó el 13 de julio de 2016, con el fin de reformar los incisos w) y x) y se adiciona un inciso y) a la fracción III, del artículo 7; se deroga la fracción II del artículo 7, de la Ley de Inversión Extranjera.
Fue aprobado por 280 votos a favor, 83 en contra y dos abstenciones y se turna al Senado de la República para su análisis y eventual ratificación.
En sus consideraciones, el legislador señaló la necesidad de aplicar este aumento, “considerando que México es uno de los países que restringe en mayor medida la inversión extranjera en esos rubros”.
Indica que “es perceptible que los participantes en el sector del transporte aéreo nacional propugnan por la posibilidad de permitir mayor inversión extranjera en el sector, y que en la actualidad se ven obligados a recurrir a complejos esquemas jurídicos para hacerse de más recursos exteriores”.
Sostuvo que “la motivación proteccionista que a inicios de la década de los noventa dio lugar a fijar un máximo de 25 por ciento resulta hoy –casi 23 años después- anacrónica y poco conveniente para el sector en particular y para la economía nacional en general”.
“El límite actual puede considerarse, incluso, como un factor que entorpece el crecimiento de las empresas nacionales, las cuales, no obstante, han mostrado resultados positivos en los últimos años”, aseveró el legislador.
Sostiene que en América Latina sólo Brasil presenta una legislación más rígida que México, al permitir hasta el 20 por ciento de la inversión extranjera en el transporte aéreo.
Argentina, Chile, Colombia, Costa Rica y Ecuador no presentan restricciones y países como Perú y Honduras establecen un tope de hasta 49 por ciento.
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