Nota N°. 9868 Reforman diputados Código Fiscal de la Federación, para dar mayor certeza jurídica al procedimiento de revisión y aclaración de la emisión de comprobantes fiscales

 

Palacio Legislativo, 24-04-2018 (Notilegis).– La Cámara de Diputados aprobó un dictamen que reforma el artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, para dar mayor certeza jurídica al procedimiento de revisión, aclaración y resolución de los casos de presuntas irregularidades en la emisión de comprobantes fiscales.

 

El Pleno lo aprobó en lo general por 325 votos a favor, 37 en contra y seis abstenciones, y tras rechazar las reservas que presentó el diputado Juan Romero Tenorio (Morena) fue avalado por 321 votos a favor, 35 en contra y seis abstenciones. Se turnó al Senado para su análisis y eventual ratificación.

 

El documento surgió de una iniciativa que presentaron los diputados Ricardo David García Portilla (PRI) y Carlos Alberto de la Fuente Flores (PAN), el pasado 10 de abril, y fue dictaminado por la Comisión de Hacienda y Crédito.

 

Se realiza una reestructura integral del texto del precepto, incorporando la facultad de la autoridad fiscal de requerir información adicional al contribuyente, definiendo los plazos para su entrega y para valoración de las pruebas, así como para emitir y notificar la resolución definitiva, y las consecuencias jurídicas en caso de incumplimiento.

 

Se otorga a los contribuyentes la posibilidad de solicitar una prórroga de cinco días a la autoridad para aportar la documentación e información que consideren necesaria para desvirtuar los hechos que llevaron a la autoridad fiscal a notificarlos.

 

Se establece la facultad de la autoridad fiscal para requerir mayor información y documentación al contribuyente durante el procedimiento y otorgarle un plazo de 10 días para atender dicho requerimiento.

 

Se amplía de cinco a 50 días el plazo que tiene la autoridad fiscal para valorar las pruebas aportadas por el contribuyente y notificar la resolución correspondiente.

 

También se indica la obligación de esta autoridad de publicar trimestralmente, en el Diario Oficial de la Federación y en la página de Internet del Servicio de Administración Tributara (SAT), un listado de aquellos contribuyentes que lograron desvirtuar los hechos que se le imputaron y de los que obtuvieron sentencias que hayan dejado sin efectos la resolución del procedimiento.

 

La Comisión dictaminadora destacó que el procedimiento actual de revisión y aclaración ha sido eficaz y relevante en el combate e inhibición de esquemas indebidos de deducciones y acreditamiento de impuestos.

 

Sin embargo, señaló, “ha sido objeto de diversas interpretaciones por parte de los contribuyentes, con la finalidad de no ubicarse en los supuestos que prevé, o bien, alegar que el procedimiento no se encuentra apegado a derecho, cuestionando primordialmente la falta de un plazo cierto y, en consecuencia, sustraerse del cumplimiento de sus obligaciones”.

 

Los diputados proponentes señalaron que la reforma busca “coadyuvar en el combate a la evasión y elusión fiscales, dotando a la autoridad mejores herramientas sin menoscabo de la salvaguarda de los derechos del contribuyente y, conforme a las experiencias obtenidas, fortalecer la seguridad jurídica de la que se debe dotar al contribuyente en todo procedimiento”.

 

HSF/JGM