Nota N°. 2691 Emite Comisión Permanente declaratoria de constitucionalidad de la reforma que reconoce a los pueblos y comunidades afromexicanas

Palacio Legislativo, 31-07-2019 (Notilegis).– La Comisión Permanente del Congreso de la Unión –que sesiona en el Senado de la República– emitió la declaratoria de constitucionalidad de la reforma que reconoce a los pueblos y comunidades afromexicanas como integrantes de la composición pluricultural del país.

 

El documento, avalado por 17 congresos estatales, fue turnado al Diario Oficial de la Federación para su publicación.

 

Tras computarse los votos aprobatorios de la mayoría de las legislaturas locales, el presidente de la Comisión Permanente, senador Martí Batres Guadarrama, hizo la siguiente declaratoria, en cumplimiento con lo que establece el artículo 135 de la Constitución Política:

 

“La Comisión Permanente del Honorable Congreso de la Unión declara aprobado el decreto por el que se reforma el apartado C del artículo segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de personas, pueblos y comunidades afromexicanas”.

 

Acto seguido, el senador Batres Guadarrama externó:

 

“A nombre de la Comisión Permanente, me permito expresar nuestro reconocimiento a las cámaras del Congreso de la Unión y a las legislaturas de los estados y de la Ciudad de México por la reforma aprobada, que representa un gran paso para lograr la igualdad de reconocimiento de todas y todos los mexicanos, incluyendo a los pueblos y comunidades afromexicanas como parte de la gran diversidad de culturas e historia que existen en nuestro país y que salda una deuda histórica de más de 500 años”.

 

Los congresos que avalaron el documento fueron los de Campeche, Chiapas, Coahuila, Colima, Ciudad de México, Guanajuato, Hidalgo, Jalisco, Estado de México, Michoacán, Oaxaca, Puebla, Querétaro, Sinaloa, Tabasco, Tlaxcala y Veracruz.

 

La reforma constitucional garantiza a los pueblos y comunidades afromexicanas, que representan la tercera raíz cultural del país, su libre determinación, autonomía, desarrollo e inclusión social.

HSF