Nota N°. 4539 Plantea Celeste Ascencio reformas al Código Penal Federal en materia de delitos de odio o discriminación por orientación sexual e identidad de género

Palacio Legislativo, 06-03-2019 (Notilegis). – La presidenta de la Comisión de Juventud y Diversidad Sexual, Reyna Celeste Ascencio Ortega (Morena), planteó una reforma al Código Penal Federal en materia de delitos de odio o discriminación por orientación sexual e identidad de género.

 

A través de su iniciativa, busca modificar los artículos 51, 326, 327 y 328 del Código Penal Federal y adiciona un último párrafo al artículo 137 del Código Nacional de Procedimientos Penales

 

En conferencia de prensa, señaló que el objetivo es tipificar diversas conductas cometidas en perjuicio de las personas de la población lésbica, gay, bisexual, travesti, transgénero, y transexual (LGBTTT), particularmente actos de discriminación, ataque por el ejercicio de sus derechos, homicidio y lesiones, así como establecer un protocolo de actuación e investigación en caso de que las víctimas pertenezcan a este sector.

 

Enfatizó que México ocupa el segundo lugar de América Latina en crímenes por homofobia.

 

De acuerdo con la Encuesta Nacional sobre Discriminación en México, el principal problema que sufre la comunidad LGBTI+, es la discriminación con un 52%, así como la falta de aceptación, críticas y burlas, enfatizó Ascencio Ortega.

 

Las personas de la comunidad de la diversidad sexual en muchas ocasiones son atacadas o violentadas y no acuden a las autoridades por el temor a ser revictimizar; de ahí la necesidad de que haya un protocolo especializado que procure una atención que valore las circunstancias especiales de las víctimas.

 

A lo largo del proyecto de reformas se utiliza el concepto “identidad de género”, entendida como la convicción personal e interna de cómo cada persona se percibe a sí misma, la cual puede corresponder o no, al sexo asignado en el acta de nacimiento.

 

La legisladora de Morena plantea que en las reformas a los artículos se incorporen los conceptos orientación sexual e identidad de género.

 

También que en el Código Nacional de Procedimientos Penales se dicten medidas de protección a víctimas de delitos cometidos con motivo de la orientación sexual e identidad de género, las cuales serán dispuestas en el protocolo especializado en esta materia, que debe emitir la Fiscalía General de la República (FGR) y sus homologas en los estados.

 

Lo anterior, a fin de que existan reglas estandarizadas, uniformes y dignas respecto del trato hacia comunidad de la diversidad sexual en aquellos delitos cometidos con motivo de la preferencia u orientación sexual.

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