Boletín N°. 3178 Aprueba Comisión opinión sobre la iniciativa del Ejecutivo en materia de competencia
  • Contiene ocho sugerencias procedimentales que se remitirán a la Comisión de Economía

 

11-03-2014 La Comisión de Competitividad, que preside el diputado Adolfo Orive Bellinger (PT), aprobó su opinión de la iniciativa del Ejecutivo que expide la Ley Federal de Competencia Económica y reforma el artículo 254 Bis del Código Penal Federal, así como diversas modificaciones a la Ley Federal de Competencia Económica, la cual contiene ocho sugerencias procedimentales.

 

El presidente de este órgano legislativo afirmó que la Ley propuesta por el Ejecutivo está elaborada con una visión que va en contra de la productividad del país; sin embargo, resaltó que la comisión diseño una opinión general en términos institucionales y no personales.

 

Será así para que las ocho propuestas que sean incorporadas en el dictamen final de la Comisión de Economía, “con el fin de encontrar un camino donde las leyes reglamentarias permitan que la economía y la productividad se desarrollen efectivamente y que las grandes empresas integren a las medianas y pequeñas”, dijo.

 

De igual manera, se generen más y mejores empleos para que el nivel de ingreso de los trabajadores se fortalezca y con ello que se abata la pobreza del país, enfatizó el diputado.

 

De acuerdo con la opinión de la Comisión, “es inadecuado que muchas de las disposiciones relativas a la parte procedimental, a las autoridades investigadora y resolutoria, se remitan a las disposiciones regulatorias”.

 

“Así por ejemplo, creemos que debe establecerse en la ley los requisitos y demás aspectos de los titulares de la autoridad investigadora y del órgano encargado de la instrucción”, indicó.

 

La segunda sugerencia se refiere a la información confidencial, reservada y pública. Se valoró que estos conceptos deben regirse por lo establecido en la reciente reforma constitucional en materia de transparencia y no en la Ley de Competencia Económica.

 

También llamó la atención sobre la problemática que puede generar la relación entre la definición de información confidencial y la publicidad de las sesiones de la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece), porque por la naturaleza de los asuntos que se tratan implicaría que casi todas las deliberaciones sean a puerta cerrada.

 

En cuanto a la tercera recomendación, relativa a las visitas de verificación, la comisión señaló que la redacción contenida en el artículo 12, fracción III de la iniciativa puede prestarse a desvincular a éstas de la práctica de investigaciones, por lo que propuso revisar el tema.

 

Respecto a cuarta observación, subrayó que la definición de causa objetiva como sinónimo de indicio contenida en el artículo 71 de la iniciativa, no cumple con el criterio de objetividad por lo que debe revisarse.

 

La Comisión también considera en la quinta, que en el tema de ejercicio de las acciones por daños y prejuicios, el supeditar el ejercicio de éstas a la existencia de una resolución que haya quedado firme, como lo prevé el artículo 126 de la iniciativa del Ejecutivo, va en contra de principio de justicia expedita prevista en el párrafo segundo del artículo 17 constitucional.

 

En el tema de insumos esenciales y barreras a la libre concurrencia y libre competencia, indicó en su sexta recomendación que si bien se está consciente de la importancia de estas figuras como parte medular de la reforma constitucional en materia de telecomunicaciones y competencia económica, se cree que es procedente acotarlas a efecto de que no se consideren como tales los insumos y barreras que sean consecuencia de la eficiencia económica entendida en términos del artículo 55 de la iniciativa del Ejecutivo.

 

La sugerencia número siete se refiere a los actos del Comité de Evaluación, en los que se señaló que es innecesario incluir en el último párrafo del artículo 14 de la iniciativa del Ejecutivo la prescripción consistente en que sus actos son inatacables, porque ya está previsto como tal en el último párrafo del artículo 28 constitucional.

 

Por último, la comisión sugirió que en el asunto de desincorporación, si bien se coincide con el espíritu de esta figura regulada en el artículo 123 de la iniciativa, debe ponerse atención en su redacción, pues castiga al agente económico que haya sido sancionado previamente, sin tomar en cuenta si se trata de la misma acción.

 

Durante la discusión, el diputado José Ángel González Serna (PAN) propuso reintroducir la audiencia oral en los procedimientos en la norma de juicio, ya que sin ella se deja sin elemento de defensa a los agentes económicos.

 

“Me gustaría que pudiésemos incluir en esta opinión la necesidad de reintroducir la audiencia oral en los procedimientos seguidos en norma de juicio”, señaló.

 

También la legisladora Purificación Carpinteyro Calderón (PRD) indicó que la Ley Federal de Competencia Económica debe definir lo que se considerará como “confidencial”, “reservado” y “público”, en lugar de que lo delimite la Ley Federal de Transparencia.

 

“La Ley Federal de Transparencia regula a dependencias de la administración pública federal y servidores públicos, pero no al sector privado y aquí estamos hablando de agentes económicos, de empresas y, por lo mismo, los conceptos tienen que ser definidos por la Comisión de Competencia Económica o por la misma Ley Federal de Competencia Económica”, estimó.

 

Sin embargo, el pleno de la Comisión determinó desechar las propuestas de los legisladores y aprobar la opinión en sus términos.

 

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