Boletín N°. 3188 Conoce el Pleno dictamen que expide la Ley de la Pensión Universal

13-03-2014.- El Pleno camaral conoció el dictamen que expide la Ley de la Pensión Universal y reforma, adiciona y deroga diversas leyes para establecer mecanismos de seguridad social universal, así como otorgar de forma razonable un piso mínimo de bienestar y protección para los adultos mayores.

 

El objetivo es garantizar el derecho a la jubilación contributiva para los adultos mayores de 65 años, sin importar que tengan ya una del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), de paraestatales o cualquier sistema, salvo que reciban una pensión mayor al monto de la universal.

 

Precisa que los adultos mayores contarán de manera mensual y de forma vitalicia con un apoyo económico de mil 92 pesos, que iniciará su vigencia con la cantidad de 580 pesos. Asegura que la pensión reúne los elementos de universalidad, protección básica y sustentabilidad financiera, y la forma propuesta para su instrumentación permitirá conseguir sus objetivos.

 

El dictamen que crea esta ley y modifica a las de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, del Seguro Social, del ISSSTE, del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y Federal del Trabajo y que será discutido en una próxima sesión camaral, logra incorporar el pago de gastos funerarios y reduce el tiempo de transferencia de la administración de la pensión de la Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol) al IMSS, para quedar como plazo máximo el año 2016.

 

En las leyes de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, del Infonavit y Federal del Trabajo, se establece la creación de una subcuenta mixta, reorientando las aportaciones patronales de vivienda del 5 por ciento del salario base de cotización, para que tres puntos porcentuales se depositen en una subcuenta mixta que podrán ser utilizados según el caso, ya sea en vivienda, retiro o desempleo.

 

Menciona que la sociedad que administrará está subcuenta mixta estará a cargo del Infonavit y entrará en funciones el primero de julio del 2014.

 

En caso de que un trabajador contrate un crédito de vivienda y posteriormente quedara desempleado, las aportaciones para esta subcuenta mixta serán para pagar el crédito con cargo a un fondo solidario, y se otorgará al trabajador la cantidad equivalente a un salario mínimo mensual por concepto de seguro de desempleo.

 

Sobre el cobro de comisiones por las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores), incorpora un componente de desempeño, de tal manera que la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar) pueda calificar la atención, servicio y funcionamiento que brinden al público, sin que implique cobrar más. Es decir, no se incrementarán las comisiones de las Afores, sino que la Consar calificará su desempeño, precisa.

 

Se modifica el gobierno de las Afores para que funjan como empresas sujetas a buenas prácticas corporativas; asimismo, sobre el régimen de inversión, se hacen modificaciones para que las Administradoras tengan estructuras, recursos y políticas que les permitan tener un mayor grado de especialización en la inversión de los recursos de los trabajadores.

 

Por otra parte, se agregan y modifican diversos aspectos sustantivos de la Ley del Seguro Social, entre los que destacan que cuando el asegurado no cumpla con las semanas de cotización para acceder a una pensión de cesantía en edad avanzada o vejez, tendrá además la opción de hacer retiros programados mensuales, con el equivalente a un salario mínimo vigente, hasta donde alcance el saldo de su cuenta individual.

 

Aumenta la cuota patronal para cubrir las prestaciones en especie del seguro de enfermedades y maternidad de los pensionados de 1.5 a 3.25 del salario base de cotización y reduce la cuota para cubrir las prestaciones en especie de los asegurados de 20.4 por ciento a 10 por ciento del salario mínimo vigente en el Distrito Federal al 1 de julio de 1997, actualizándose con el Índice Nacional de Precios al Consumidor.

 

De igual modo, incrementa la cuota para cubrir las prestaciones del dinero de los asegurados de 0.7 por ciento a 1.8 del salario base de cotización; con esto se reforzará el seguro de enfermedades y maternidad para la atención médica quirúrgica, farmacéutica y de obstetricia.

 

Además, precisa la importancia de revisar de manera integral la situación que atraviesa el sistema de seguridad social, en un plazo no mayor a 30 días, partiendo de la entrada en vigor del decreto que se propone.

 

En tanto, el Ejecutivo federal convocará a la creación de un grupo de trabajo conformado por expertos que realicen un estudio sobre el Sistema de Ahorro para el Retiro, analizando los factores económicos, financieros, actuariales y legales que inciden sobre las pensiones que reciben los trabajadores al llegar a la edad de retiro, cumpliendo y manifestando que la salud y la seguridad social ocupan un lugar central entre las demandas y necesidades más sentidas de la población.

 

Dicho proyecto de dictamen modifica la iniciativa presentada el 8 de septiembre de 2013 por el Ejecutivo federal, como parte del paquete económico 2014, para establecer dos nuevos derechos en la Constitución: pensión universal para las personas adultas mayores y el seguro de desempleo.

 

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