Boletín N°. 4354 Avalan diputados reforma para otorgar a mujeres licencias de maternidad, posparto, más prolongadas con goce de sueldo

09-10-2014.- La Cámara de Diputados aprobó por unanimidad, con 376 votos a favor, el dictamen que reforma el artículo 101 de la Ley de Seguro Social para armonizarla con la Ley Federal del Trabajo, a fin de que las trabajadoras embarazadas puedan ejercer su derecho a trasferir al posparto semanas de incapacidad previas al alumbramiento.

 

Asimismo, para que el pago del subsidio al que tienen derecho durante el embarazo y el puerperio (tiempo posterior al parto), se ajuste a esa decisión.

 

El documento refiere que el período de descanso seguirá siendo el mismo, 84 días o 12 semanas, y lo único que variará será el tiempo de descanso en relación con la fecha del parto, disminuyendo el de preparto y aumentando el de postparto.

 

Al fundamentar el dictamen, el diputado Javier Salinas Narváez (PRD) destacó que la reforma es en favor de las madres trabajadoras, para que puedan contar con un periodo de tiempo acorde a sus necesidades posteriores al parto.

 

Con esta modificación a la Ley del Seguro Social, dijo, se les permite a las madres trabajadoras estar más tiempo con sus hijos y fortalece los vínculos afectivos, la lactancia materna y el cuidado posnatal.

 

Señaló que al armonizar las Leyes del Seguro Social con la Ley Federal del Trabajo, la asegurada tendrá derecho durante el embarazo y el puerperio a un subsidio en dinero igual al 100 por ciento del último salario diario de cotización.

 

Con la enmienda, añadió, el instituto deberá ajustar el periodo de entrega de dicho subsidio hasta por 14 días anteriores al parto y 70 días posteriores al mismo, cuando la asegurada transfiera sus días de descanso en los términos previstos de la Ley Federal del Trabajo.

 

Al fijar el posicionamiento de su grupo parlamentario, la diputada Socorro de la Luz Quintana León, del PRI, mencionó que si bien la legislación laboral contempla la existencia de licencias de maternidad, ésta carece de flexibilidad y no toma en cuenta que, en ocasiones, las fechas programadas para los partos no se cumplen cabalmente, lo que incide de manera negativa en los subsidios que deben pagarse por embarazo y puerperio.

 

Reconoció que en el periodo de descanso que se le otorga a la mujer para que se recupere y comparta unos días con su hijo antes de reintegrarse a sus labores y sus funciones naturales, es un derecho que no solo tiene como objeto el cuidado del hijo, sino el restablecimiento físico y mental de la mamá.

 

La diputada Esther Quintana Salinas (PAN) dijo que aunque es un importante avance estimar el periodo de descanso por maternidad en 12 semanas, no llegamos al mínimo señalado por la Organización Internacional del Trabajo, que prescribe 14 semanas.

 

Incluso, agregó, estamos lejos de países como Noruega, donde el periodo de descanso por maternidad es de 47 semanas con el 100 por ciento del sueldo, pudiendo alargarlo hasta las 57 semanas con el 80 por ciento del subsidio. Comparativamente, también estamos por debajo de naciones como Chile, donde se otorgan 156 días, en Argentina 90 y en Colombia 98.

 

Ernesto Núñez Aguilar (PVEM) refirió que la reforma se vuelve muy importante, si se toma consciencia de que el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) atiende en promedio mil 261 partos al día, lo cual nos da un total de 460 mil 265 partos al año. De esta cantidad, indicó, un porcentaje significativo corresponde a trabajadoras afiliadas al instituto.

 

Luisa María Alcalde Luján y Zuleyma Huidobro González (MC) coincidieron en que la posibilidad de transferir las semanas para ampliar el periodo de descanso posparto responde a diversos informes de la Organización Mundial de la Salud y del Fondo de Naciones Unidas para la Infancia, que reconocen la necesidad de que las trabajadoras gocen de licencias de maternidad suficientemente prolongadas.

 

Mencionaron que la falta de coherencia entre la Ley del Seguro Social y la Federal del Trabajo, que rigen el mismo supuesto, ha ocasionado que cuando las madres trabajadoras quieren ejercer su derecho de transferir semanas de descanso al periodo posparto, no gozan de los subsidios económicos al que legalmente tienen derecho.

 

Loretta Ortiz Ahlf, del PT, comentó que la reforma reconoce la necesidad y el derecho de las madres trabajadoras a gozar de licencias de maternidad con el propósito de tener una recuperación óptima después del parto y compartir más tiempo con el recién nacido, ya que se sabe que este contacto inicial con el menor proporciona la protección inicial que requieren los infantes tanto nutricional como afectiva, lo que garantiza el sano desarrollo de la infancia.

 

José Angelino Caamal Mena (NA) consideró que con esta modificación quedará armonizada la Ley del Seguro Social con la Ley Federal del Trabajo, para que de esta manera el instituto no vea un conflicto en la aplicación de la ley a la hora de emitir las asistencias e incapacidades, especialmente cuando una trabajadora solicite que se transfieran hasta cuatro semanas de su licencia previas al parto a las posteriores del mismo.

 

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