Boletín N°. 5493 | Aprueban en comisión dictamen a la minuta que establece que senadores se integren a más comisiones ordinarias |
21-04-2015.- La Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias aprobó modificar la Ley Orgánica del Congreso General, para que los senadores pertenezcan hasta a cinco, y no cuatro, comisiones ordinarias, y así evitar la inoperatividad de esas instancias legislativas.
La minuta enviada por la colegisladora, refiere que la falta de integrantes en las comisiones, tiene efectos negativos para su funcionamiento, y en otros casos, las propias mesas directivas de esos órganos se encuentran incompletas.
La Comisión consideró que la solución viable ante esa problemática, es permitir que los legisladores se integren a más de estas instancias legislativas, ya que de esa forma se contribuirá a la pluralidad e inclusión.
Precisó que un criterio de las sociedades democráticas, es que su Parlamento refleje diversidad en su integración. Cuando no es representativo, algunos grupos sociales y comunidades están en desventaja en el proceso político.
Señaló que modificar el numeral 1 del artículo 104 de la Ley Orgánica del Congreso, repercutirá en mayor participación de los grupos parlamentarios y, sobre todo, abonará al diálogo.
Elevar a Ordinaria la Comisión Especial de Programas Sociales
En la reunión, la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias solicitó ampliar la información de una iniciativa turnada por la Mesa Directiva, que modifica el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General, con el fin de elevar a Ordinaria, la Comisión Especial de Programas Sociales, debido a su relevancia.
El promovente de la iniciativa, diputado José Francisco Coronato Rodríguez (MC), presidente de la Comisión Especial, explicó que es responsabilidad del Estado el desarrollo social.
En ese sentido, indicó que la población en condiciones vulnerables merece atención a través de esos programas sin importar género, edad, capacidades diferentes.
De convertir a la comisión, ésta tendrá la función de supervisar la aplicación de los recursos públicos en programas sociales; difundir la información de los mismos, principalmente los federales; implementar mecanismos de evaluación y seguimiento de las reglas de operación, así como ser un instrumento de vinculación con la sociedad.
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